La mayor¨ªa de la Sala Segunda reclamar¨¢ la competencia del 'caso GAL' para el pleno
El pleno de la Sala Segunda de lo Penal del Tribunal Supremo celebrar¨¢ hoy una reuni¨®n, presentada como "informal" y carente, por tanto, de orden del d¨ªa, en la que por primera vez los 13 magistrados que la componen abordar¨¢n en conjunto las vicisitudes, al menos procesales, del caso GAL. Aunque la reuni¨®n se producir¨¢ en el marco del encuentro pendiente sobre la modificaci¨®n, mantenimiento o interpretaci¨®n de las normas de reparto de asuntos desde el nombramiento de Fernando Cotta como presidente, fuentes del Supremo aseguran que la mayor¨ªa de la sala reclamar¨¢ ya hoy la competencia del pleno de ¨¦sta para decidir sobre un caso en el que se encuentran implicados el presidente del Gobierno y otros tres aforados
Durante la semana pasada Cotta quit¨® importancia a esta reuni¨®n, que el viernes no hab¨ªa sido convocada formalmente y en la que no se descartan ausencias. Sin embargo, en la mayor¨ªa de los 13 componentes de la sala (12 a partir del 13 de septiembre, si el pleno del Consejo General del Poder Judicial acepta ese d¨ªa, como se espera, la renuncia de Marino Barbero) reside la posibilidad de que el pleno asuma la competencia del caso GAL que, por el momento, lleva la Sala de Admisi¨®n integrada por Cotta, Jos¨¦ Augusto de Vega y Francisco Soto.La ley org¨¢nica del Poder Judicial (LOPJ) es tajante cuando, como excepci¨®n a la regla general de que "bastar¨¢n tres magistrados para formar sala", establece en su art¨ªculo 197: "Ello no obstante, podr¨¢n ser llamados, para formar sala, todos los magistrados que la componen, aunque la ley no lo exija, cuando el presidente, o la mayor¨ªa de aqu¨¦llos, lo estime necesario para la administraci¨®n de justicia".
Uno de los magistrados que pertenece a la mayor¨ªa favorable a que sea el pleno de la sala el que decida en este asunto discrepa, sin embargo, tanto del retraso de Cotta en poner el caso en manos del pleno como de la posici¨®n gubernamental de excluir a algunos magistrados. Esta ¨²ltima posici¨®n fue manifestada el martes ¨²ltimo (v¨¦ase El PA?S del 30 de agosto) desde fuentes de la Secretar¨ªa de Estado de Justicia, que estimaron probable que los tres magistrados de la Sala de Admisi¨®n quedaran "contaminados para enjuiciar el asunto".
"No hay salas semiplenas"
El magistrado del Supremo citado, en coincidencia con otras fuentes jur¨ªdicas, manifest¨®: "No existen salas semiplenas; o son plenas, o nada. Los aforados no pueden a la vez disfrutar del fuero y de las garant¨ªas propias de quienes no son juzgados en primera instancia por el Supremo". Estas fuentes s¨ª admiten que en los casos de aforados quede excluido del pleno que enjuicie el caso el magistrado instructor. As¨ª lo dispone, recuerdan, el art¨ªculo 57.2 de la LOPJ, que establece, para los casos de aforados, que "se designar¨¢ de entre los miembros de la sala, conforme a un turno preestablecido, un instructor, que no formar¨¢ parte de la misma para enjuiciarlos".La no designaci¨®n hasta ahora de instructor ha llevado a medios gubernamentales a considerar una irregularidad procesal tal omisi¨®n, que probablemente recurrir¨¢ el abogado del Estado si antes del 8 de septiembre -d¨ªa en que acaba el plazo para recurrir sobre aspectos "procedimentales y de fondo"- no son subsanados por la sala.
Varios magistrados de la Sala Segunda discrepan de la composici¨®n de la Sala de Admisi¨®n espec¨ªfica para el caso GAL. Estiman, y as¨ª lo piensan plantear hoy algunos de ellos, que la nueva Sala de Admisi¨®n debi¨® constituirse por el presidente y los magistrados m¨¢s antiguo -De Vega- y m¨¢s moderno -C¨¢ndido Conde-Pumpido Tour¨®n-, de modo anal¨®gico a como se constituyen por ley las salas especiales. En todo caso, consideran que la Sala de Admisi¨®n ya ha cumplido su papel y ahora corresponde trasladar al pleno de la sala la competencia sobre las decisiones clave del asunto, la primera de ellas designar instructor, para que ¨¦l llaga las comprobaciones necesarias antes de llevar adelante el caso.
Tales magistrados recuerdan, "guardando las distancias", dicen, el caso Crillon, en el que, tras realizar el instructor, Eduardo Moner, una serie de averiguaciones, la sala que inicialmente lo admiti¨®, lo archiv¨®. En el caso GAL se considera imprescindible que el instructor investigue las imputaciones realizadas.
La tesis gubernamental es, que tal investigaci¨®n del instructor, como ocurri¨® en el caso Crillon, no afecte a los aforados, sino a quienes han hecho las imputaciones. Desde el Supremo se considera muy probable que el magistrado instructor tenga que tomar declaraci¨®n al menos al ex ministro del Interior Jos¨¦ Barrionuevo, en una estrategia de "investigaci¨®n ascendente".
Otro de los cuatro aforados, el diputado socialista Jos¨¦ Mar¨ªa Benegas, est¨¢ dispuesto a declarar voluntariamente ante el todav¨ªa no designado juez instructor del Supremo, si es llamado para ello, seg¨²n informa hoy Cambio 16. "Est¨¢ loco por ir, pues nada tiene que temer ni ver con lo que se le iinputa", ha declarado su abogado, Horacio Oliva, al citado semanario.
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