Los usos de Moreiras
EL JUEZ de delitos monetarios, Miguel Moreiras hizo ayer honor a su merecida fama de juez vers¨¢til. En el corto espacio de unas horas adopt¨® dos medidas radicalmente contradictorias entre s¨ª: decretar la prisi¨®n preventiva contra Mario Conde y ordenar su puesta en libertad sin fianza.Si fuera la primera vez que este juez hace una cosa y lo contrario al mismo tiempo habr¨ªa motivos, para extra?arse. Pero contradecirse en sus resoluciones es su habitual forma de comportarse. Lo demuestran sus err¨¢ticas decisiones en casos como el de las facturas del IVA, en enero de 1992, cuando difundi¨® una lista de m¨¢s de 600 sociedades presuntamente compradoras de facturas falsas que no lo eran, las marchas y contramarchas en relaci¨®n al caso KIO, el de las cesiones de cr¨¦dito del Banco Santander, el estramb¨®tico caso Brokerval, etc¨¦tera. Sin olvidar el espectacular y arbitrario encarcelamiento del empresario Benedicto Alfaro en plena boda de su hija.
Sin duda, la excentricidad y el af¨¢n de notoriedad se llevan bien con la personalidad de este juez, aunque muy mal con el rigor y la ponderaci¨®n que deben caracterizar los modos de impartir justicia. La inamovilidad del juez es una garant¨ªa b¨¢sica para su independencia, pero no puede ser un escudo para actuar impunemente y como le venga en gana. Y eso, y no otra cosa, es lo que hizo ayer el juez Moreiras con su rocambolesca actuaci¨®n con Mario Conde. El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), con la debida prudencia, deber¨ªa tomar alguna iniciativa al respecto. La imagen de la justicia est¨¢ en juego. Y los derechos de los justiciables, se llamen o no Conde. No hab¨ªa raz¨®n alguna para decre tar ahora su ingreso en prisi¨®n.
La decisi¨®n de Moreiras de enviar preventivamente a la c¨¢rcel al ex presidente de Banesto por el caso Argentia (supuesta apropiaci¨®n indebida de 600 millones de pesetas pertenecientes al banco) ol¨ªa terriblemente a oportunismo y era siempre tard¨ªa. Ni el momento ni las circunstancias en que se produc¨ªa justificaban tan dr¨¢stica medida.
Las decisiones de Moreiras son a menudo oscuras. De ah¨ª que quepan sospechas sobre sus motivos. Es notoria su ansiedad por quedarse todo el caso Banesto: el caso Argentia, que instruye, y el caso por estafa y apropiaci¨®n indebida de 7.000 millones de pesetas que instruye el juez Garc¨ªa-Castell¨®n. No debe caber duda alguna despu¨¦s de lo habido de que Garc¨ªa-Castell¨®n ha de concluir la instrucci¨®n del caso. Todo lo dem¨¢s es dar p¨¢bulo a sospechas.
Porque ayer, precisamente ayer, se reun¨ªa el Consejo del Poder Judicial para dar luz verde a la creaci¨®n del Sexto Juzgado de la Audiencia Nacional, requisito indispensable para que Garc¨ªa-Castell¨®n pudiera hacerse cargo del caso. Las coincidencias existen, pero en el caso de Moreiras -y Conde- no parece extempor¨¢neo pensar en otras causas, que no la exclusiva del azar. Son un misterio las razones que llevaron al juez a tomar la en¨¦rgica decisi¨®n de llevar al ex banquero a Alcal¨¢-Meco. Si se trataba de asegurar la presencia de Conde en el juicio por el caso Argentia, est¨¢ garantizada con las medidas adoptadas hace tiempo por el juez Garc¨ªa-Castell¨®n. Hay una fianza de 2.000 millones de pesetas, la retirada del pasaporte y la obligaci¨®n de presentarse al juez cada 15 d¨ªas. Condiciones que Conde ha cumplido siempre.
Cabe una ¨²ltima interpretaci¨®n, basada en las declaraci¨®nes del propio Moreiras al final de la agitada tarde de ayer. Seg¨²n el juez, la decisi¨®n de puesta en libertad de Conde vendr¨ªa marcada porque tras el auto de prisi¨®n, el ex banquero decidi¨® hablar y prestar una nueva declaraci¨®n. De ser as¨ª, la utilizaci¨®n como coacci¨®n de la orden de prisi¨®n no deja de ser una interpretaci¨®n muy sui g¨¦neris de este recurso le gal. No es, por desgracia, poco com¨²n ¨²ltima mente desde que alg¨²n juez, como Garz¨®n, ha utilizado este m¨¦todo hasta la saciedad para lograr completar sus instrucciones en el sentido deseado. La primera decisi¨®n de Moreiras era absolutamente desproporcionada. La segunda, incomprensible. De ah¨ª que quepa sospechar que han sido adoptadas por motivos no es trictamente procesales. Una vez m¨¢s.
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