El laberinto presupuestario
No es la primera vez que en Espa?a se aborda el inicio de un nuevo a?o sin los correspondientes Presupuestos Generales del Estado. La pr¨®rroga autom¨¢tica de los del ejercicio econ¨®mico anterior, establecida en el art¨ªculo 134.4 de la Constituci¨®n, ya hab¨ªa operado en dos, ocasiones anteriores, en 1982 y 1989, como consecuencia de la disoluci¨®n previa, de las C¨¢maras. El presidente ahora establecido consiste en que la prorroga tiene lugar tras la presentaci¨®n por elGobierno de un proyecto de presupuestos que, sin ser discutido ni disponer de alternativa, es devuelto por acuerdo de la mayor¨ªa del Congreso. Las razones y la finalidad de esa devoluci¨®n tambi¨¦n singularizan la situaci¨®n creada. Con el rechazo de ese proyecto se pretend¨ªa forzar la disoluci¨®n de las C¨¢maras y la correspondiente convocatoria de elecciones generales antes de las fechas anticipadas por el presidente del Gobierno, por motivos bien distintos a la orientaci¨®n de la pol¨ªtica econ¨®mica y a su m¨¢s con creta formulaci¨®n presupuestaria. Sin embargo, la oposici¨®n no ha optado hasta el momento por utilizar otras v¨ªas previstas en la Constituci¨®n, m¨¢s adecuadas y expl¨ªcitas, para forzar el abandono del Gobierno.La situaci¨®n creada es un laberinto cuya salida es, cuando menos, costosa; un juego en el que por el momento no se han identificado ganadores. Las Cortes no han sido disueltas, a pesar de que es dif¨ªcil que desempe?en hasta su definitiva disoluci¨®n una completa actividad. El Gobierno, con su habitual presidente a la cabeza, sigue en ejercicio, aunque es improbable que con la serenidad y dedicaci¨®n necesarias. Los ciudadanos, por su parte, no encuentran correspondencia entre sus obligaciones como contribuyentes y la facilidad con que sus representantes complican la conducci¨®n de las finanzas p¨²blicas. Cuestionable pedagog¨ªa la exhibida en este proceso cuyo resultado m¨¢s expl¨ªcito no es otro que la generaci¨®n de un problema adicional en una de las ¨¢reas menos afectadas por el deterioro de la convivencia pol¨ªtica espa?ola.
La singulandad no se agota ah¨ª. El proyecto en cuesti¨®n no altera significativamente las l¨ªneas de pol¨ªtica presupuestaria que hasta el ejercicio en curso encontraron apoyo parlamentario mayoritario gracias a la estrecha alianza que, en la definici¨®n del conjunto de la pol¨ªtica econ¨®mica, estableci¨® CiU con el actual Gobierno. Aquel acuerdo parlamentario ser¨¢ probablemente justificado exhibiendo un cuadro de resultados de la econom¨ªa espa?ola en los dos ¨²ltimos a?os, en el que han coexistido tasas razonables de crecimiento de la producci¨®n nacional con la contenci¨®n de los desequilibrios b¨¢sicos, d¨¦ficit p¨²blico incluido. El pretendido fortalecimiento de la denominada econom¨ªa productiva tiene su m¨¢s elocuente expresi¨®n en el nada desde?able crecimiento de las exportaciones de la inversi¨®n privada y de los beneficios empresariales.
No ha sido, en efecto, la acci¨®n presupuestaria la, m¨¢s adversa de las llevadas a cabo por el Gobierno en los dos ¨²ltimos a?os. Con los datos disponibles, no es previsible que la liquidaci¨®n del presupuesto para 1995 arroje desviaciones significativas sobre el aprobado inicialmente por las Cortes, algo no por elemental menos frecuente en a?os anteriores. El proyecto rechazado, independientemente de valoraciones m¨¢s detalladas -entre ellas, alguno de los su puestos sobre la evoluci¨®n de las- variables macroecon¨®micas-, ven¨ªan a reforzar el rigor en el gasto ya introducido en los presupuestos de 1995, para alcanzar ese objetivo compartido mayoritariarnente de situar el d¨¦ficit p¨²blico en el 3% del PIB en 1997, necesario para acceder a la tercera fase de la Uni¨®n Econ¨®mica y Monetaria de Europa.
Un primer grupo de implicaciones de la ausencia de presupuestos estar¨¢ vinculado, en consecuencia, a la quiebra aparente de la coherencia de algunas formaciones pol¨ªticas. Junto a ello, la renuncia a discutir en el Parlamento ese proyecto ha hurtado una valiosa oportunidad a los ciudadanos para conoizer con el necesario detalle las propuestas de los partidos pol¨ªticos, y a la comunidad inversora internacional para asentar su percepci¨®n del riesgo de nuestro pa¨ªs sobre bases m¨¢s objetivas que las meras presunciones sobre la pol¨ªtica presupuestaria de los partidos con aspiraciones de gobierno. El tantas veces reclamado fortalecimiento de la conciencia fiscal de los espa?oles es dif¨ªcilmente compatible con esa ausencia de conocimiento y discusi¨®n de las opciones existentes en nuestro Parlamento acerca del origen y el destino de los recursos p¨²blicos. La conveniencia de ese debate habr¨ªa sido tanto mayor cuanto m¨¢s pr¨®xima est¨¢ la convocatoria de elecciones generales y m¨¢s necesaria es la reducci¨®n de ambig¨¹edad en uno de los pocos campos donde los Gobiernos todav¨ªa disponen de cierta discrecionalidad para condicionar la actividad de sus econom¨ªas y el bienestar de sus ciudadanos.
Si cuestionable es la rentabilidad pol¨ªtica de las actuaciones seguidas en el singular proceso de tramitaci¨®n del proyecto de presupuestos para 1996, las implicaciones estrictamente econ¨®micas y financieras que puede generar la pr¨®rroga de los anteriores tampoco dejan lugar a interpretaciones favorables. Aun cuando el Gobierno disponga de mecanismos legales para que la actividad econ¨®mica de las administraciones p¨²blicas no se colapse, la acci¨®n de aqu¨¦l queda significativamente condicionada y, en todo caso, expuesta a la adopci¨®n de decisiones de dudosa legitimidad pol¨ªtica. Afortunadamente, existen elementos de juicio suficientes para anticipar una orientaci¨®n, en el gasto que, en lo sustancial, se ajustar¨¢ a lo establecido en el proyecto de presupuestos. La pr¨®rroga supone, en principio, la vigencia en 1996 de los cr¨¦ditos presupuestarios aprobados en el presupuesto de 1995 y de las limitaciones presupuestarias introducidas, en el art¨ªculo 11 de la Ley de Presupuestos para ese a?o, que acotaban el crecimiento de los cr¨¦ditos extraordinarios y suplementos de cr¨¦dito al 3% de los cr¨¦ditos aprobados entonces. Ello no implica que el Gobierno llegara a disponer en algunos cap¨ªtulos de gasto de cuant¨ªas superiores a las del periodo qu¨¦ media hasta la constituci¨®n del Gobierno resultante de las previsibles elecciones generales.
M¨¢s all¨¢ de presunciones mejor o peor intencionadas mentadas m¨¢s o menos veros¨ªmilmente, el desenlace del proceso de tramitaci¨®n de la ley m¨¢s importante para la actuaci¨®n econ¨®mica del Gobierno admite pocos paliativos a su adversidad. Hasta el momento en el que se redactaban estas notas esa anomal¨ªa no hab¨ªa sido penalizada de forma diferencial por esos mercados financieros que en no pocas ocasiones han cuestionado severamente la capacidad de la econom¨ªa espa?ola para alcanzar una senda de convergencia con las m¨¢s estables de Europa: con aqu¨¦llas frente a las cuales se definen hoy cuantiosos diferenciales en los tipos de inter¨¦s de la deuda p¨²blica. Son 3,5 billones de pesetas, los pagos en concepto de intereses para 1996 devengados por la deuda p¨²blica espa?ola, un 18% superiores a los de 1995. Una magnitud tanto m¨¢s relevante cuanto que su variaci¨®n est¨¢ significativamente. condicionada por la percepci¨®n que esos mercados tienen de la capacidad de los espa?oles para convenir en la necesidad de situar a la econom¨ªa en una senda de estabilidad y a sus finanzas p¨²blicas con el mismo grado de saneamiento que los m¨¢s solventes de Europa. La cuesti¨®n suscitada tras el laberinto presupuestario creado es si esa solvencia, y la de nuestra clase pol¨ªtica, se ha visto o no fortalecida.
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