El Constitucional anula una condena a EL PA?S, que critic¨® a un tribunal
La informaci¨®n vinculaba a dos magistrados con la ultraderecha
El Tribunal Constitucional notific¨® ayer una sentencia que ampara un editorial y una informaci¨®n de EL PA?S publicados en 1986, por los que el Tribunal Supremo conden¨® al entonces director, Juan Luis Cebri¨¢n, al redactor Bonifacio de la Cuadra y a la empresa editora del peri¨®dico a indemnizar con cuatro millones de pesetas a dos magistrados. El alto tribunal reconoce el derecho de los recurrentes de amparo a las libertades de expresi¨®n e informaci¨®n y, para restablecerles en la integridad de tales derechos fundamentales, anula la sentencia de la Sala Primera de lo Civil del Tribunal Supremo de 20 de mayo de 1994.El origen de este caso fue la cuesti¨®n de inconstitucionalidad planteada en octubre de 1986 por el Tribunal Central de Trabajo (actualmente suprimido) sobre la ley de incompatibilidades. Entre otras cosas, entend¨ªa tal tribunal que dicha ley "infringe el art¨ªculo 33 de la Constituci¨®n espa?ola", que reconoce el derecho a la propiedad privada, porque al desposeer a un empleado p¨²blico de uno de sus dos puestos de trabajo "sin otorgar la pertinente indemnizaci¨®n, puede ser calificado como un supuesto de confiscaci¨®n". La cuesti¨®n fue desestimada por el Tribunal Constitucional en 1990, en una sentencia de la que fue ponente su hoy presidente, ?lvaro Rodr¨ªguez Bereijo.
El 10 de octubre de 1986, EL PA?S public¨® un editorial, titulado Un tribunal contra la historia, muy cr¨ªtico con la decisi¨®n del Tribunal Central de Trabajo; y una informaci¨®n en la que, entre otros datos, se mencionaban circunstancias personales de los magistrados que lo integraban, entre ellas que Jos¨¦ Ram¨®n ,L¨®pez Fando y Eduardo Pardo Unanua eran vinculados por abogados laboralistas "con sectores de extrema derecha".
Ataque a la independencia
El tribunal criticado denunci¨® a EL PA?S. El juez archiv¨® la denuncia. Entonces, dos de sus tres magistrados, L¨®pez Fando y Pardo Unanua, demandaron civilmente al peri¨®dico, en protecci¨®n de su honor El juzgado de primera instancia conden¨® a ambos periodistas y a EL PA?S a pagar dos millones de pesetas a cada uno de los demandantes. La Audiencia Provincial revoc¨® esta condena, pero la Sala Primera de lo Civil del Tribunal Supremo, a la que recurrieron, confirm¨® la inicial sentencia, entre otros motivos, por el ataque a la independencia, intimidad y honor de los magistrados demandantes.EL PA?S recurri¨® al Tribunal Constitucional. El fiscal se opuso al recurso de amparo. Finalmente, el alto tribunal, en una sentencia de su sala primera, de la que ha sido ponente el magistrado Enrique Ruiz Vadillo, anula la condena del Supremo y ampara la libertad de expresi¨®n e informaci¨®n.
El Constitucional se?ala que "decir de alguien que es af¨ªn a unas u otras ideas pol¨ªticas no significa insulto". En cuanto al parentesco de L¨®pez Fando con un antiguo magistrado y despu¨¦s defensor de algunos de los implicados en la intentona golpista del 23-F, el alto tribunal declara que "para nada pod¨ªa suponer una cr¨ªtica, m¨¢s all¨¢ de dar cuenta de esta realidad, puesto que el ejercicio de las funciones judiciales y de la abogac¨ªa suponen la realizaci¨®n efectiva del derecho".
La sentencia del alto tribunal se?ala que la independencia del poder judicial "no se ve afectada por la opini¨®n" que de las decisiones judiciales "puedan expresar ' los ciudadanos". Admite que la expresi¨®n de "filibusterismo" contra la ley, atribuida por el editorial de EL PA?S a los magistrados, "bien pudo sustituirse por otra m¨¢s pac¨ªfica", si bien reconoce que, en todo caso, ambos periodistas y el peri¨®dico demandante "no traspasaron los l¨ªmites constitucionalmente protegidos por las libertades de expresi¨®n e informaci¨®n". En consecuencia, les otorga el amparo.
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