Los l¨ªmites de la legalidad
Peri¨®dica y puntual, como la crecida del Nilo, estamos nuevamente inmersos en el debate sobre la ilegalizaci¨®n de la constelaci¨®n de grupos que conforman el mundo radical y antisistema vasco, que tiene por ¨²nica cabeza visible, re gistralmente hablando, a Herri Batasuna. Un repaso de la hemeroteca evidenciar¨ªa que esta petici¨®n no es nueva, y que siempre ha coincidido con momentos de especial acoso a la sociedad civil y a la pac¨ªfica y libre convivencia de los vascos procedentes del terrorismo de ETA o de sus ep¨ªgonos.La situaci¨®n que vivi¨® hace a?os el municipio de Renter¨ªa y que motiv¨® aquel ins¨®lito titular de prensa Ayer no hubo incidentes en Renter¨ªa..., el rosario de ataques a coches franceses o a instalaciones industriales o comerciales vascas concesionarias de marcas francesas o el ataque a sedes de partidos pol¨ªticos, pueden servir de recordatorio de urgencia para constatar que la violencia callejera provocada por j¨®venes que confunden el asalto a un Palacio de Invierno que no existe, con la quema de mobiliario urbano, la impiedad y la amenaza, no es un fen¨®meno nuevo
Lo nuevo es, a mi juicio, una mayor concientraci¨®n de los ciudadanos que frente a inhibiciones pasadas est¨¢ exteriorizando en la calle un comportamiento de firme rechazo al terrorismo y a la violencia, atrevi¨¦ndose a manifestar p¨²blicamente lo que antes se dec¨ªa, y en voz baja, en la intimidad del hogar. Es esa toma pac¨ªfica pero firme de la calle por la ciudadan¨ªa lo que tal vez m¨¢s haya exasperado a los que consideraban ese escenario como cortijo particular. De ah¨ª esa sorprendente pol¨ªtica de "seguidismo" evidenciada en las "contramanifestaciones" que parece proyectarse -l¨®gicamente- en Herri Batasuna, que anuncia una campa?a electoral alrededor de la figura del "contramitin".
No pod¨ªa ser de otro modo, ya que toda esa constelaci¨®n de coordinadoras, gestoras o como se autodenominen, no son sino una particular versi¨®n terrenal de la Trinidad: pluralidad de "personas colectivas" a las que. dan vida unas y mismas personas f¨ªsicas.
A esta situaci¨®n no puede efectu¨¢rsele ning¨²n reproche jur¨ªdico porque la propia Constituci¨®n, en su art¨ªculo 22, al reconocer el derecho de asociaci¨®n, no lo supedita a ning¨²n requisito o control previo. La exigencia de inscripci¨®n en el registro, con su corolario de identificaci¨®n de los responsables o representantes o cuadros directivos, es una exigencia "a los solos efectos de la publicidad", por lo que la voluntad de constituirse en asociaci¨®n ya permite a los integrantes actuar como tal, aunque no se inscriban en ning¨²n registro.
Que esta situaci¨®n permite un uso y abuso de la figura asociativa es tan obvio como que de ello no puede derivarse una impunidad ante hechos delictivos. No debe olvidarse que nuestro sistema de justicia penal se sigue fundamentando en el acto concreto atribuido a personas f¨ªsicas determinadas. La persona jur¨ªdica, inscrita o no, no puede delinquir en nuestro derecho, que, m¨¢s l¨ªmitadamente, s¨®lo permite la responsabilidad personal de quienes act¨²an en nombre y representaci¨®n o, como directivo de una persona jur¨ªdica en los t¨¦rminos previstos en el art¨ªculo 15 bis del C¨®digo Penal, con f¨®rmula no exenta de dificultades t¨¦cnicas, como la doctrina cient¨ªfica y la pr¨¢ctica jurisprudencial han puesto de relieve.
Tambi¨¦n la Constituci¨®n marca el horizonte de legalidad de las asociaciones, est¨¦n o no inscritas. Tal l¨ªmite se encuentra en sus fines o medios delictivos, y en su car¨¢cter secreto o paramilitar. Precepto que tiene su proyecci¨®n en el C¨®digo Penal, donde se tipifican las asociaciones il¨ªcitas en el art¨ªculo 173, equivalente, con alguna matizaci¨®n que no viene al caso, al art¨ªculo 515 del nuevo C¨®digo Penal.
. En este contexto, y cuando la petici¨®n de ilegalizaci¨®n no surge de un an¨¢lisis sereno ni de una exhaustiva acumulaci¨®n de pruebas, sino de una sensaci¨®n de impotencia producida por la creciente violencia provocada por individuos del entorno radical, me parece un espejismo pretender su erradicaci¨®n por medio de la ?legalizaci¨®n de unas organizaciones de corte claramente asambleario porque: a) el desconocimiento de la identidad de sus militantes va a hacer de escasa practicidad tal medida; b) van a existir importantes problemas de prueba, y c) la hipot¨¦tica disoluci¨®n de uno de estos grupos s¨®lo dar¨ªa lugar a la creaci¨®n de otro, con otro nombre, y as¨ª ad infinitum.
En todo caso, habr¨¢ que recordar que corresponde a los tribunales exclusivamente, y a trav¨¦s del oportuno proceso, la declaraci¨®n de ilegalizaci¨®n de cualquier asociaci¨®n o partido pol¨ªtico, como se especifica en el art¨ªculo 22-4 de la Constituci¨®n, y por ello ser¨¢ el principio de legalidad y nunca el principio de oportunidad al que tendr¨¢ que responder la actuaci¨®n judicial.
La tarea no es f¨¢cil, porque posiblemente las dos cosas m¨¢s dif¨ªciles de obtener en una sociedad democr¨¢tica sean las de declarar ilegal un partido pol¨ªtico o asociaci¨®n y la de clausurar un medio de comunicaci¨®n. Tanto uno como otro constituyen la plasmaci¨®n del principio de diversidad ideol¨®gica, que constituye uno de los valores superiores de nuestro ordenamiento jur¨ªdico.
No deber¨ªa concluirse con la frustrante sensaci¨®n de que se est¨¢ inerme ante la violencia. M¨¢s limitadamente, la consecuencia debe ser que existen suficientes resortes para evitar la permisibilidad de hechos delictivos. Basta aplicar la ley con serenidad y sin excepcionalidades. Una mejor coordinaci¨®n policial que mejore su eficacia, una m¨¢s directa vinculaci¨®n de la polic¨ªa a jueces y fiscales en cuanto se refiera a la investigaci¨®n criminal y una no demorada respuesta judicial comprometida con los valores constitucionales ser¨ªan otros tantos puntos donde se puede y se debe mejorar el servicio dado a la sociedad. Pero todo ser¨ªa incompleto si nos mantuvi¨¦semos s¨®lo en la fase sancionadora.
Es absolutamente preciso dise?ar una pol¨ªtica preventiva, extramuros del sistema judicial que difunda en nuestra sociedad los valores de la paz y la tolerancia; es en la familia y en la escuela donde se aprende a convivir, donde se aprende a ser social. El fracaso en esta labor de ambas instituciones, unido a tanta ambig¨¹edad pasada, a tanto partidismo excluyente, preludia la posterior conducta violenta, que s¨®lo es el fracaso de una convivencia no aprendida, y que ha sido sustituida por un adoctrinamiento ideol¨®gico totalitario que agota todo su discurso en la pura fascinaci¨®n del rito violento, es la exaltaci¨®n de la muerte por h¨¢bito, en una interesada confusi¨®n de medios y fines con olvido de que, como dijo Gandhi, los fines est¨¢n en los medios como el ¨¢rbol en la semilla.Joaqu¨ªn Gim¨¦nez es presidente de la ?udiencia Provincial de Bilbao.
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