Un comandante 'legal'
Acusan a un oficial de desobediencia por negarse a que 23 reclutas sirviesen como camareros en una celebraci¨®n
A los militares de reemplazo "no se les podr¨¢n encomendar tareas ajenas al servicio". El comandante Antonio Romero Mato se reley¨® el pasado 27 de noviembre el art¨ªculo 27 de la Ley del Servicio Militar de 1991, con la que el Parlamento pretendi¨® erradicar la inveterada costumbre de utilizar a los reclutas para trabajos que poco o nada tienen que ver con la defensa de Espa?a, y lleg¨® a la conclusi¨®n de que la orden que hab¨ªa recibido de su superior era ilegal.El comandante Romero era el responsable del N¨²cleo de Instrucci¨®n de Reclutas W-9, en el Regimiento Mixto de Artiller¨ªa n¨²mero 94, con sede en Las Palmas de Gran Canaria, y su superior era el coronel Jes¨²s Pumar Moreira, quien le entreg¨® una lista con los nombres de 23 soldados de reemplazo del cuarto llamamiento de 1995, y le orden¨® que los agregara a la unidad de servicios del cuartel de Loma Las Coloradas desde el 30 de noviembre hasta el 4 de diciembre pasados, con el fin de que sirvieran como camareros en los actos conmemorativos de la festividad de santa B¨¢rbara, patrona de Artiller¨ªa.
La respuesta del comandante Romero fue un escrito en el que recordaba al coronel que los 23 reclutas llevaban s¨®lo 15 d¨ªas de mili, por lo que estaban siguiendo el periodo b¨¢sico de instrucci¨®n, que seg¨²n las normas vigentes requiere dedicaci¨®n exclusiva, y citaba una serie de art¨ªculos del Reglamento del Servicio Militar y de las Reales Ordenanzas de las Fuerzas Armadas para argumentar el car¨¢cter ilegal de lo que le mandaba.
El coronel le contest¨® que cumpliese la orden y que luego reclamase por escrito si no estaba de acuerdo con ella. El comandante remiti¨® efectivamente un parte por escrito al general jefe de tropas de Las Palmas de Gran Canaria, pero se neg¨® a enviar a los 23 reclutas a servir como camareros porque, dijo, no se debe cumplir una orden ilegal.
Su actitud cost¨® al comandante un arresto preventivo de 48 horas y la apertura de un expediente disciplinario por falta grave, castigada con hasta tres meses de privaci¨®n de libertad en establecimiento militar. Todav¨ªa no hab¨ªa concluido el arresto cuando el coronel le llam¨® de nuevo para comunicarle que quedaba relevado del mando del N¨²cleo de Instrucci¨®n de Reclutas
El d¨ªa 4 de diciembre, cumplida ya la sanci¨®n preventiva, Antonio Romero acudi¨® al vino que, tras el acto militar, se ofreci¨® en el cuartel de artiller¨ªa para celebrar la patrona, pero lo abandon¨® tras comprobar que los reclutas que hasta pocos d¨ªas antes estaban bajo su responsabilidad serv¨ªan como camareros a los invitados. Efectivamente, la primera orden que recibi¨® el sucesor del comandante Romero fue la misma que ¨¦ste se hab¨ªa negado a cumplimentar.El asunto no qued¨® ah¨ª. El juzgado togado militar n¨²mero 52 de Canarias abri¨® el 11 de diciembre diligencias previas contra el citado comandante por considerar que con su conducta podr¨ªa haber incurrido en un delito tipificado en el C¨®digo Penal Militar, que castiga con hasta dos a?os de prisi¨®n al militar que se negare a obedecer "¨®rdenes leg¨ªtimas de sus superiores relativas al servicio". Tres d¨ªas despu¨¦s, sin embargo, el mismo juzgado militar abr¨ªa diligencias previas contra el coronel Jes¨²s Pumar, a quien el comandante denunci¨® por excederse arbitrariamente en sus facultades, incumplir sus deberes militares y abusar de su autoridad.
Dado el empleo militar de los implicados, todas las diligencias han sido remitidas a los juzgados togados centrales, con sede en Madrid, donde estos d¨ªas se realizan las pesquisas necesarias para comprobar la veracidad de los hechos denunciados, antes de resolver si las archiva o si abre sumario contra alguno de los dos mandos o contra ambos.
El comandante Romero no ha negado nunca que desobedeciera la orden, pero ha argumentado en su descargo que sigui¨® el conducto reglamentario, informando verbalmente y por escrito al coronel y dando parte a la autoridad superior.
Adem¨¢s, seg¨²n su testimonio, nadie en ning¨²n momento de todo el proceso, pese a la insistencia en que cumpliese lo mandado, intent¨® siquiera rebatirle su argumento fundamental: que la orden era manifiestamente ilegal.
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