Un tribunal europeo confirma el secreto profesional del periodista
Fallo a favor de un reportero que ocult¨® la fuente al juez
El Tribunal Europeo de los Derechos Humanos reconoci¨® ayer el derecho de los periodistas a proteger sus fuentes informativas incluso ante el juez. Por once votos contra siete, el tribunal da la raz¨®n a William Goodwin, que hab¨ªa sido multado en el Reino Unido con 5.000 libras (un mill¨®n de pesetas) por negarse a revelar la fuente de una informaci¨®n que afectaba a Tetra, una empresa de inform¨¢tica. Y acuerda que se indemnice al periodista con una suma equivalente a 7,5 millones de pesetas
En el caso examinado, el tribunal entiende "leg¨ªtimo" que la compa?¨ªa afectada tratara de impedir la divulgaci¨®n de datos confidenciales, lo cual consigui¨® al obtener un interdicto que hizo imposible la publicaci¨®n del art¨ªculo. Pero considera "desproporcionado" que, adem¨¢s se obligara al periodista a revelar su fuente, de acuerdo con la reclamaci¨®n formulada por la misma compa?¨ªa para poder perseguir al an¨®nimo suministrador de los datos.El varapalo a la justicia brit¨¢nica se ve acompa?ado de un razonamiento de car¨¢cter general. La ausencia de protecci¨®n del secreto profesional -razona el tribunal- "podr¨ªa disuadir a las fuentes period¨ªsticas de ayudar a la prensa a informar al p¨²blico sobre cuestiones de inter¨¦s general", lo cual minusvalorar¨ªa el "papel indispensable" de la prensa como "perro guardi¨¢n", seg¨²n los t¨¦rminos empleados en la sentencia del tribunal europeo, que tiene su sede en Estrasburgo (Francia).
La orden de revelar la fuente y la multa que fue impuesta al periodista por no cumplirla "no pueden pasar por necesarias en una sociedad democr¨¢tica' con la finalidad de defender los derechos de Tetra en virtud de la legislaci¨®n inglesa, incluso teniendo en cuenta el margen de apreciaci¨®n dejado a las autoridades nacionales". En consecuencia, el tribunal europeo declara que el Reino Unido ha vulnerado en este caso la Convenci¨®n Europea de los Derechos Humanos.
Un reportero de 23 a?os
El caso juzgado se remonta a 1990. Goodwin, entonces un reportero de 23 a?os de la revista The Engineer, se neg¨® a revelar la identidad de la persona que le suministr¨® informaci¨®n sobre la compa?¨ªa de ordenadores Tetra Limited. La empresa en cuesti¨®n, alertada por una llamada del propio Goodwin hecha con el prop¨®sito de comprobar su informaci¨®n, recurri¨® a la justicia para pedir el embargo del art¨ªculo de Goodwin y obligar al periodista a revelar la identidad del que le hab¨ªa filtrado los datos. Los jueces fallaron a favor de la empresa. Y cuando Goodwin se neg¨® a cooperar, le impusieron 5.000 libras de multa. Dos recursos posteriores a los tribunales brit¨¢nicos fallaron estrepitosamente. Ni el Tribunal de Apelaci¨®n, ni la C¨¢mara de los Lores -m¨¢xima instancia judicial en el Reino Unido- atendieron la reclamaci¨®n del reportero.En su sentencia, el tribunal europeo reconoce como "leg¨ªtima" la protecci¨®n de los derechos de la empresa Tetra, cuyos datos confidenciales llegaron a poder del informador cuando aquella negociaba un pr¨¦stamo. Sin embargo, la mayor¨ªa de dicho tribunal entiende desproporcionado que se exigiera al reportero la revelaci¨®n de su fuente y se le castigara por negarse a hacerlo.
"Un aspecto capital de la amenaza de perjuicio comercial que pesaba sobre [la empresa] Tetra hab¨ªa sido neutralizada en gran parte gracias a la prohibici¨®n de publicaci¨®n [del art¨ªculo]", razona el tribunal. Por el contrario, la orden de divulgar la fuente implicaba una "restricci¨®n suplementaria a la libertad de expresi¨®n" no suficientemente justificada desde el punto de vista de la Convenci¨®n Europea de Derechos Humanos.
En Espa?a, el reconocimiento constitucional del derecho al secreto profesional de los periodistas nunca ha sido desarrollado en normas de rango inferior. Los informadores suelen alegar directamente la protecci¨®n constitucional en los casos que se plantean ante los tribunales. A partir de ahora existe, adem¨¢s, la referida sentencia europea.
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