El Constitucional rechaza revisar la sentencia sobre los 'papeles del Cesid'
El Tribunal Constitucional decidi¨® el lunes pasado rechazar el recurso de amparo interpuesto por la acci¨®n popular del caso GAL contra la sentencia del Tribunal de Conflictos de Jurisdicci¨®n que dio la raz¨®n al Ministerio de Defensa en su contencioso con Baltasar Garz¨®n, titular del Juzgado Central de Instrucci¨®n n¨²mero 5, por los llamados papeles del Cesid. El recurso de la acci¨®n popular se basaba en que el tribunal de conflictos no le permiti¨® intervenir en el proceso.Seg¨²n la acci¨®n popular, esta negativa supuso la vulneraci¨®n de tres derechos fundamentales: a la tutela judicial efectiva, a la igualdad de armas en el proceso y al juez ordinario predeterminado por la ley. Sin embargo, la Secci¨®n Primera del Constitucional, de la que forma parte el presidente del tribunal, ?lvaro Rodr¨ªguez Bereijo, considera que no hubo tal vulneraci¨®n.
As¨ª, el auto se?ala que la tutela judicial "no es un derecho absoluto susceptible de ser ejercido en todo caso y al margen del proceso legalmente establecido", sino que corresponde a jueces y tribunales interpretar la legalidad.
El alto tribunal razona que "la decisi¨®n adoptada por los ¨®rganos jurisdiccionales s¨®lo ser¨¢ susceptible de revisi¨®n ante este tribunal si puede ser considerada manifiestamente il¨®gica y arbitraria", lo que no se ha producido en este supuesto.
Prematuro y sin contenido
La resoluci¨®n se?ala que, "sin necesidad de abordar otras posibles causas de inadmisiblidad, como pudiera ser su car¨¢cter prematuro", por no haber agotado "todos los recursos utilizables dentro de la v¨ªa judicial", la demanda "incurre, ante todo, en el motivo de carencia manifiesta de contenido".La decisi¨®n del Constitucional de rechazar este recurso avala la sentencia del Tribunal de Conflictos de Jurisdicci¨®n del 14 de diciembre pasado, que resolvi¨® en favor del entonces ministro de Defensa, Gustavo Su¨¢rez Pertierra, su contencioso con Garz¨®n. Este fallo atribuy¨® al Gobierno la facultad de decidir si entrega o no al juez documentos secretos tras "valorar los intereses en juego, principalmente el de la seguridad del Estado, cuya exclusiva interpretaci¨®n", subray¨®, "le corresponde en esta materia".
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