"Invocar la seguridad del Estado no da discrecionalidad al Gobierno"
El nuevo presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Javier Delgado Barrio, naci¨® hace, 63 a?os en Barbastro (Huesca), est¨¢ casado y tiene cuatro hijos. Ha preparado con gran cuidado su discurso sobre la transparencia de la justicia, que expondr¨¢ ma?ana respetuosamente al Rey, pero no se rasga las vestiduras si alguien desentierra el hacha de guerra de. la Rep¨²blica.Pregunta. ?Qu¨¦ opina de las recientes cr¨ªticas al Rey?
Respuesta. En una sociedad democr¨¢tica, con pluralismo y libertad de expresi¨®n ampl¨ªsima, las declaraciones de Julio Anguita me parecen explicables y justificables dentro de nuestro sistema. Otra cosa es la oportunidad que pueda tener en este momento pIantear un tema como la Rep¨²blica, que yo creo que no le preocupa al pueblo espa?ol.
P. Anguita ha presentado sus cr¨ªticas como respuesta a la ruptura del consenso constitucional. Usted, que ha sido magistrado del Tribunal Constitucional, ?qu¨¦ grado de cumplimiento de la ley suprema observa en los poderes p¨²blicos?
R. Yo creo que Anguita estima que ha habido incumplimiento de las prescripciones constitucionales ,que apunjan al Estado social de derecho. Ese es un asunto fundamentalmente pol¨ªtico. Desde el punto de vista estrictamente jur¨ªdico, yo creo que la Constituci¨®n est¨¢ siendo objeto de un cumplimiento amplio por el legislador, porque son pocas las leyes que se recurren, y por el Ejecutivo. En cuanto al poder judicial, de un mill¨®n y medio de sentencias dictadas en 1995, los ciudadanos s¨®lo pidieron amparo al Constitucional contra unas 4.000. Adem¨¢s, los jueces est¨¢n aplicando la legislaci¨®n preconstitucional a la luz de la Constituci¨®n. P. ?Es apetecible para un juez gobernar a los jueces?
R. Para m¨ª, apetecible en absoluto. Este cargo no me apetece nada, sino que es un sacrificio, porque altera mi sistema de vida en relaci¨®n con mi temperamento reflexivo y me introduce en un tipo de trabajo opuesto al m¨ªo tradicional. Ahora bien, rechazarlo no resultaba f¨¢cil, apreciado un conjunto de circunstancias y mi cari?o de siempre a la carrera judicial y la posibilidad de desarrollar una tarea eficaz en beneficio de la justicia para los ciudadanos.
P. En el orden de prioridades de este CGPJ, ?qu¨¦ est¨¢ antes, la defensa de la independencia judicial o el funcionamiento eficaz de la Administraci¨®n de Justicia?
R. Cualitativamente, lo fundamental para este CGPJ; y para todos, es la defensa de la independencia judicial. Con ese objeto, nace en la Constituci¨®n de 1978, al desapoderar al poder ejecutivo de las competencias que antes ten¨ªa respecto a los jueces -potestad disciplinaria, nombramientos, ascensos, etc¨¦tera- y d¨¢rselas al CGPJ. Claro que la sola defensa de la independencia no lleva muchas horas de trabajo durante cinco a?os para 21 personas, por lo que ¨¦ste Consejo tiene que hacer otras cosas, sobre todo colaborar para que la Justicia sea eficaz y menos lenta.
P. ?Qu¨¦ soluciones propone?R. Este Consejo quiere saber exactamente cu¨¢les son los puntos negros que provocan la lentitud. Va a examinar los ¨®rganos judiciales en tres fases: primero, hasta el momento de la sentencia; segundo, la de la sentencia, y tercero, la de su ejecuci¨®n. Y vamos a pedir una participaci¨®n ampl¨ªsima de secretarios judiciales, abogados, procuradores jueces, asociaciones, etc¨¦tera. Identificados los puntos negros, buscaremos las soluciones. Pero tampoco tiene este Consejo una varita m¨¢gica.P. Algunos retrasos son evidentes.R. La jurisdicci¨®n m¨¢s lenta es la contencioso -administrativa, esencial para el Estado de derecho, ya que, por imperativo constitucional, controla la actuaci¨®n de la Administraci¨®n. En 1996 comenzamos con 244.000 asuntos pendientes.P. Uno de los motivos de ese atasco es la no creaci¨®n de los juzgados unipersonales de lo contencioso-administrativo, previstos legalmente. ?Cu¨¢ndo empezar¨¢n funcionar?
R. Es cierto que la ley los prev¨¦, pero hay que advertir que existe una importante pol¨¦mica doctrinal sobre su conveniencia o inconveniencia.
P. Eduardo Garc¨ªa de Enterr¨ªa es uno de los principales oponentes, pero la ley sigue previendo esos juzgados.
R. La pol¨¦mica existe, pe rono me voy a referir a ella. En estos momentos, utilizando un lenguaje de gestor que no me gusta pero que debo utilizar ahora, la creaci¨®n de esos 114 juzgados importar¨ªa unos 6.000 millones de pesetas, dif¨ªcilmente asumibles por los Presupuestos que parece que se avecinan, y producir¨ªa 20.000 sentencias al a?o. En cambio, la creaci¨®n de esas 114 plazas judiciales en las actuales
Salas de lo contencioso-administrativo permitir¨ªan que se dictara el mismo n¨²mero de sentencias con un coste de la d¨¦cima parte.P. Algunos jueces se quejan de que a los que no trabajan lo suficiente, el Poder Judicial les pone un juez de apoyo, lo cual no estimula a los que cumplen religiosamente.
R. Si esas situaciones se dieran, las consecuencias ser¨ªan catastr¨®ficas o por lo menos, rid¨ªculas. En cualquer caso, si el mal estado del juzgado es culpa de una negligencia del juez, debe producirse una actuaci¨®n disciplinaria, claro est¨¢.
P. ?Cree tambi¨¦n sancionables los excesos verbales de algunos jueces en sus resoluciones?
R. La independencia judicial es absolutamente esencial, por lo que cualquier medida que pueda, restringirla o rozarla es siempre peligrosa.
P. Pero al ciudadano le produce una sensaci¨®n de arbitrismo que el juez aproveche el ejercicio de su poder para excesos verbales m¨¢s propios de una tertulia.
R. La resoluci¨®n judicial debe ser motivada. Y esa motivaci¨®n debe conducir a la decisi¨®n. Una parte de la motivaci¨®n es imprescindible para llegar al fallo. Todo lo que conduzca a la decisi¨®n, aunque sea de forma dudosa, hay que respet¨¢rselo al juez. En el extremo opuesto, podemos encontrar manifestaciones del juez que no tienen nada que ver con la decisi¨®n, que son desahogos verbales que no contribuyen en absoluto a justificar la decisi¨®n. Se trata no s¨®lo de cr¨ªticas para otros poderes, sino de expresiones irrespetuosas para el ciudadano. Podemos entender que la independencia no ampara esos excesos verbales.
P. ?Qu¨¦ medidas hay previstas para modernizar la Justicia?
R. Fundamentalmente, la inform¨¢tica.
P. La inversi¨®n anual en inform¨¢tica para la Justicia es de s¨®lo 150 millones de pesetas... Se produce un agravio comparativo con Hacienda, Interior y otros ¨®rganos.R. Yo, que estoy en una relaci¨®n cordial con la ministra de Justicia, no me refiero personalmente, sino sobre todo institucionalmente, espero que nos ayudar¨¢ econ¨®micamente en todo lo que sea posible en estas circunstancias, que no son buenas desde el punto de vista presupuestario.P. ?Qu¨¦ impresi¨®n le produce la presencia intensiva de los jueces en las primeras p¨¢ginas de los peri¨®dicos?
R. Creo que es un fen¨®meno absolutamente inevitable, una vez que hay en los juzgados asuntos que tienen un indudable inter¨¦s para el ciudadano. A m¨ª no me gustar¨ªa nada que trat¨¢ndose asuntos importantes en los _juzgados hubiera una indiferencia p¨²blica hacia esos ¨®rganos judiciales. La Constituci¨®n ha querido otra cosa, cuando dise?a un sistema de justicia tan absolutamente transparente y lo ofrece a la mirada del ciudadano. La publicidad del ejercicio del poder, emanado del pueblo, y la participaci¨®n ciudadana no son posibles en secreto. Y me llama la atenci¨®n que la Constituci¨®n dedique s¨®lo el art¨ªculo 80 a la publicidad del poder legislativo sesiones parlamentarias p¨²blicas], mientras que hay tres preceptos distintos que instauran la transparencia del poder judicial: el art¨ªculo 24.2
[derecho a un proceso p¨²blico], el 120.1
[publicidad de las actuaciones judiciales] y el 120.3
[publicaci¨®n de las sentencias]. ?Tres veces insiste! Si despu¨¦s de eso, el ciudadano volviera la. espalda a esa realidad judicial que la Constituci¨®n ha querido mostrarle, ser¨ªa un poco deprimente y me parecer¨ªa una insensibilidad. . Es decir, la presencia constante de los jueces en la prensa me parece perfectamente normal, con los asuntos que hay en los juzgados: los ciudadanos quieren saber lo que hacen los jueces.
P. ?Hay que recortar o potenciar el poder de los jueces?R. Tal como est¨¢ en nuestra Constituci¨®n, ni una cosa ni otra. Al juez le conf¨ªa la Constituci¨®n la tutela de los derechos e intereses de los ciudadanos. Los poderes del juez son exactamente los que dice la Constituci¨®n y su ejercicio m¨¢s o menos amplio depende exclusivamente de lo que es la realidad espa?ola: si ofrece muchos casos para que los jueces ejerciten sus poderes, no nos encontraremos ante poderes excesivos, sino ante un n¨²mero excesivo de asuntos en los cuales los jueces tienen que ejercitar sus poderes. Todo depende de la litigiosidad que se produzca. En 1995, el poder judicial ha resuelto m¨¢s de cinco millones y medio de asuntos, de los cuales s¨®lo unos pocos provocan la atenci¨®n de los medios de comunicaci¨®n social.
P. ?Cree suficiente el actual control judicial sobre los actos del Ejecutivo?
R. Si cuando hablamos del control judicial nos referimos a la Constituci¨®n, mi respuesta es s¨ª. El Estado de derecho tiene una cl¨¢usula regia que somete toda la actuaci¨®n de la Administraci¨®n al control judicial y que se corresponde con preceptos de la Constituci¨®n como el art¨ªculo 106: "Los tribunales controlan la potestad reglamentaria y la legalidad de la actuaci¨®n administrativa... "P. En la pr¨¢ctica real, ?ese control es suficiente?
R. Ante la jurisdicci¨®n contencioso-administrativa se est¨¢ impugnando todo y si la ley cercena esas posibilidades de acceso a los jueces, estaremos en un caso de posible inconstitucionalidad. Yo lo que destaco es que la Constituci¨®n establece el control judicial sobre los actos de la Administraci¨®n con absoluta generalidad.
P. La seguridad del Estado, invocada para no entregar los papeles del Cesid, ?es argumento suficiente para obstaculizar la investigaci¨®n judicial de un delito?R. La seguridad del Estado est¨¢ aludida en el art¨ªculo 105.b de la Constituci¨®n, como excepci¨®n a la transparencia en puntos concretos de actuaciones del Ejecutivo. Tendr¨ªan que concurrir muchas circunstancias y datos concretos para poder contestar a esa pregunta. Lo que s¨ª puedo destacar es una cosa. En mi opini¨®n, cuando hablamos de la seguridad del Estado, cuando decimos que el Consejo de Ministros puede hacer algo invocando la seguridad del Estado, no estamos diciendo que el Gobierno tiene discrecionalidad para decidir lo que estime oportuno. La seguridad del Estado es un concepto jur¨ªdico indeterminado, por consiguiente reglado. Es decir, queda afectada la seguridad del Estado, ?o no queda afectada. la seguridad del Estado!.
P. ?Y cabe invocar la credibilidad de nuestros servicios secretos en el exterior y argumentar que habr¨ªan padecido mucho si se hubieran desclasificado los famosos documentos del Cesid?
R. (Pausa) Dir¨ªa algo parecido. Suponiendo que ese dato pueda tener alguna virtualidad, ser¨ªa un concepto jur¨ªdico indeterminado.
P. ?Es m¨¢s seguro el Estado cuando permite la impunidad de un delincuente?
R. No.
P. ?Cree que si algunos gobernantes hubieran, asumido la responsabilidad pol¨ªtica habr¨ªan evitado la penal?
R. El problema no es tan sencillo. Aunque se hubieran depurado responsabilidades pol¨ªticas, eso no significar¨ªa que el proceso penal no siguiera su curso. Lo que ocurrir¨ªa ser¨ªa que la decisi¨®n judicial ya no tendr¨ªa consecuencias pol¨ªticas. Que quede muy claro que a¨²n cuando se hubieran exigido responsabilidades pol¨ªticas, eso no paralizar¨ªa la acci¨®n de la justicia.
P. Entre las consecuencias penales, ?cree normal la presencia ante los jueces, como testigos o imputados, de dirigentes pol¨ªticos, incluso el presidente del Gobierno, o es l¨®gica cierta alarma pol¨ªtica?
R. Tenemos que acostumbrarnos a pensar que ministros, diputados, etc¨¦tera, son personas como las dem¨¢s y, por consiguiente, la igualdad ante la ley produce perfectamente, con naturalidad, su presencia en los tribunales.P. ?Cree que tras algunas investigaciones penales hay venganzas pol¨ªticas, intenciones torcidas u operaciones de acoso y derribo?
R. Por parte del juez, no. No lo creo.
P. Personalmente, ?cu¨¢l es su criterio sobre la vuelta a la judicatura de los jueces dedicados a la pol¨ªtica?R. Coincido con lo que se?al¨® el Consejo General del Poder Judicial. Habr¨ªa que realizar un contraste entre lo que hizo el juez en la pol¨ªtica y lo que va a hacer cuando vuelva a la judicatura, porque si la actuaci¨®n pol¨ªtica no puede influir para nada en lo que va a hacer despu¨¦s en el cargo judicial, yo no veo necesaria esa espera de tres a?os.
P. Usted se qued¨® en minor¨ªa en el pleno del Poder Judicial que devolvi¨® al fiscal general del Estado a la presidencia del acto de apertura del a?o judicial. ?Se sentir¨¢ inc¨®modo ma?ana en esa presidencia?
R. (Se r¨ªe abiertamente) A lo largo de mi vida he participado en much¨ªsimas deliberaciones y no es, desde luego, la primera vez que me quedo en minor¨ªa. ?se es un acontecimiento absolutamente ordinario en la vida profesional del juez.
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