Un tercer peritaje mantiene el delito fiscal a dos vicepresidentes y 10 clientes de Bankpyme
El tercer y ¨²ltimo peritaje sobre los ingresos de 10 clientes y los dos vicepresidentes del Banco de la Peque?a y Mediana Empresa (Bankpyme), procedentes de dos fondos de inversi¨®n no declarados al fisco, les mantiene por encima del l¨ªmite legal del delito fiscal, al rebasar la cuota de 15 millones de pesetas no declarados. Este tercer y definitivo peritaje lo ha hecho, a instancias de los afectados, un experto nombrado por el juzgado para aclarar las diferencias de dos periciales anteriores. Los vicepresidentes son Ram¨®n Solanellas y Francesc Busquets.
Esta tercera prueba es la ¨²ltima posible legalmente. Los dos peritajes anteriores, uno hecho por t¨¦cnicos de Hacienda y otro por expertos designados por los afectados, hab¨ªan arrojado diferencias importantes en la cuota no ingresada. En algunos casos hab¨ªa clientes que pod¨ªan quedar exentos de delito fiscal porque la cuota estaba por debajo de 15 millones de pesetas.El caso Bankpyme estall¨® en diciembre 1993. La investigaci¨®n abierta por la juez Montserrat Comas de Argemir, del Juzgado de Instrucci¨®n n¨²mero 3 de Barcelona, revel¨® que 879 titulares de dos fondos de inversi¨®n administrados por el banco no hab¨ªan pagado los rendimientos a Hacienda. Regularizaron su situaci¨®n fiscal todos los clientes, lo que supuso unos ingresos para Hacienda de 7.100 millones de pesetas. Fuentes pr¨®ximas a Hacienda afirman que a esta cantidad hay que a?adir los recargos que se han girado, con lo cual se han ingresado 10.000 millones de pesetas.
Medios pr¨®ximos al banco restan importancia a la prueba pericial y dicen que se recurrir¨¢ a la Audiencia de Barcelona para lograr el sobreseimiento de todos los casos
Regularizaci¨®n y delito
La Audiencia desestim¨® en junio la petici¨®n de sobreseimiento solicitada por Solanellas. La Audiencia dice que no cabe el sobreseimiento porque, aunque hizo dos complementarias por 30,3 millones, la regularizaci¨®n no le exime de delito fiscal porque tuvo "conocimiento personal y completo de los hechos imputados cuando tuvo lugar la regularizaci¨®n". Sus abogados aportar¨¢n pruebas de que regulariz¨® el 28 de diciembre de 1993, antes de ser inculpado, para demostrar que no hubo delito fiscal. Busquets, por su parte, present¨® una declaraci¨®n complementaria de 20,8 millones por rendimientos no pagados y est¨¢ imputado por el juzgado n¨²mero tres de Barcelona en delito fiscal.Adem¨¢s de los dos vicepresidentes, est¨¢n inculpados por el juzgado de instrucci¨®n n¨²mero 3 de Barcelona los directivos del banco Josep Mar¨ªa Fabregat, presidente del consejo de administraci¨®n, Josep Jan¨¦ Sol¨¤, presidente de la comisi¨®n ejecutiva, y el apoderado Albert Rivillo. Los tres est¨¢n inculpados por supuesta cooperaci¨®n necesaria, ya que ninguno de ellos ten¨ªa fondos no declarados. Los tres rechazan que aconsejaran a los clientes no declarar los rendimientos y niegan, por tanto, la imputaci¨®n de cooperaci¨®n necesaria para el presunto delito que realiza el juzgado.
Las 12 personas que seg¨²n este peritaje rebasan la cantidad m¨ªnima exigida para que exista delito fiscal son las ¨²nicas que quedan de una lista inicial de 84 imputados por el juzgado. En a?o y medio la Audiencia ha ido eximiendo de delito a todos los afectados menos a los 12 citados. En unos casos han quedado exentos tras subir de 5 a 15 millones la cuota m¨ªnima para que exista delito; en otros porque la Audiencia entiende que regularizaron voluntariamente y, por tanto, no cometieron delito fiscal. En este sentido, la Audiencia sostiene que no basta con recibir en el domicilio la comunicaci¨®n de inicio de actuaciones, sino que debe recibirse personalmente para que se pueda afirmar que se tiene conocimiento de actuaciones judiciales.
En paralelo, la propia juez ha denegado sobreseer las imputaciones por presunto delito fiscal y cooperaci¨®n necesaria a los 12 clientes y 3 directivos del banco. La entidad ha recurrido esta decisi¨®n ante la propia juez y acudir¨¢ a la Audiencia si la magistrada deniega el sobreseimiento.
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