Lia?o replica en un auto a la Audiencia y niega que citar al fiscal Aranda fuera "perturbador"
El juez Javier G¨®mez de Lia?o ha dado un plazo de tres d¨ªas al fiscal jefe de la Audiencia Nacional, Jos¨¦ Aranda, para que le remita un informe sobre los contactos que mantuvieron el fiscal Ignacio Gordillo y el abogado de Herri Batasuna I?igo Iruin al reiniciarse el caso Lasa-Zabala [secuestro, torturas y asesinato de dos presuntos etarras]. Lia?o reclama este informe diez d¨ªas despu¨¦s de que la Audiencia rechazara que Aranda declarase ante ¨¦l como testigo. El magistrado acata y ejecuta el fallo de la Secci¨®n Segunda pero, parapetado en su "independencia judicial", replica que aquella proyectada declaraci¨®n no era "innecesariamente perturbadora" como la calific¨® el tribunal que la rechaz¨®, y advierte a Aranda que, si el informe "resulta incompleto", le pedir¨¢ cuantas aclaraciones estime necesarias.
Al juez Javier G¨®mez de Lia?o no parece haberle gustado la decisi¨®n de la Secci¨®n Segunda de lo Penal de la Audiencia Nacional de dejar sin efecto la declaraci¨®n del fiscal jefe Jos¨¦ Aranda, y menos que tal diligencia fuese calificada como "innecesariamente perturbadora". Por eso, en el auto notificado ayer se queja con su habitual arrogancia de que con aquellas dos palabras empleadas "se haya dicho cosa distinta de la que se quiso decir", e "incluso que una y otra envolviesen aquello que no se deseaba expresar". El juez se extiende despu¨¦s en precisiones terminol¨®gicas sobre lo que en castellano quiere decir "perturbador" e "innecesariamente", locuciones que a su entender no son "superponibles ni intercambiables".Sin embargo, el magistrado no ha tenido m¨¢s remedio que dejar sin efecto la declaraci¨®n testifical de Aranda, si bien ahora le exige un informe, en el plazo de tres d¨ªas y advirti¨¦ndole reiteradamente de "las muy amplias posibilidades de ulteriores aclaraciones" si considerase que ¨¦ste resulta incompleto.
As¨ª pues, el fiscal jefe deber¨¢ informar, por escrito y de forma que al juez no le parezca incompleta, sobre si existieron contactos entre el fiscal Ignacio Gordillo y el abogado de HB I?igo Iruin antes de reabrirse el caso Lasa Zabala. En caso afirmativo, Aranda deber¨¢ explicar "cu¨¢les fueron los t¨¦rminos y el contenido de esas relaciones" y en su caso, "si de dichas o en dichas conversaciones particip¨® el fiscal jefe o prest¨® su conformidad al respecto".
G¨®mez de Lia?o exige tambi¨¦n a Aranda que precise si las relaciones entre Gordillo e Iruin "tuvieron reflejo en alg¨²n acta, documento o soporte de audio, o se elabor¨® por el responsable de la fiscal¨ªa alg¨²n dictamen o informe". Aranda tambi¨¦n deber¨¢ informar, precisamente al propio juez, "si dio cuenta al juzgado y en concreto a su titular y dem¨¢s partes personadas".
"Se rogar¨¢ que el informe est¨¦ a disposici¨®n del juzgado en el plazo de tres d¨ªas", prosigue Lia?o, y "se interesar¨¢ que de existir alg¨²n documento sobre tales extremos, se remita al juzgado". "Y todo ello, como dice el tribunal, sin perjuicio de que si el informe fuese incompleto se pedir¨¢n cuantas aclaraciones se estimen necesarias", reitera el magistrado.
G¨®mez de Lia?o tambi¨¦n reprocha al tribunal que prescindiese de reproducir los motivos por los que ¨¦l acord¨® la declaraci¨®n de Aranda. As¨ª que, para "general comprensi¨®n", los reproduce y recuerda que fue ¨¦l quien sugiri¨® primero recabar un informe a Aranda, y que fue Aranda quien manifest¨® que le era indiferente el informe o la declaraci¨®n. Lia?o agrega que otro fiscal, Gordillo, ya ha declarado sobre los mismos hechos, y que, en definitiva, un informe no difiere en mucho de una declaraci¨®n por escrito.
En otro apartado, Lia?o se?ala que el tribunal ha creado un precedente al haber admitido el recurso de queja de Aranda, "salt¨¢ndose el recurso de reforma", lo que deber¨¢ tenerse en cuenta para en lo sucesivo, dice, advertir a las partes que contra cualquier diligencia que se acuerde cabe interponer "recurso de queja".
La declaraci¨®n del fiscal jefe de la Audiencia Nacional fue interesada por G¨®mez de Lia?o coincidiendo con una inspecci¨®n en la fiscal¨ªa de la Audiencia Nacional, con el pretexto de que este peri¨®dico hab¨ªa publicado que dicha inspecci¨®n hab¨ªa detectado la existencia de contactos telef¨®nicos y personales entre el fiscal Gordillo y el abogado Iruin coincidiendo con la aparici¨®n de los restos de Lasa y Zabala.
En realidad, tales contactos hab¨ªan sido admitidos y reconocidos p¨²blicamente por Gordillo mucho tiempo atr¨¢s, y fueron admitidos tambi¨¦n por Iruin. Ambos declararon ante G¨®mez de Lia?o y dejaron caer que sus conversaciones en torno a la aparici¨®n de los restos de Lasa y Zabala fueron conocidas por el fiscal jefe Jos¨¦ Aranda y el anterior titular del juzgado, Carlos Bueren.
El fracasado intento de citar a declarar a Aranda fue el inmediato paso de Lia?o, que ahora ha tenido que sustituir el interrogatorio por un "completo" informe escrito.
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