Una sentencia del Tribunal Superior anula una multa no notificada en mano
No basta con introducir la notificaci¨®n de las multas en el buz¨®n. Eso es lo que dice una sentencia del Tribunal Superior de Justicia, del pasado 30 de abril, que obliga al Ayuntamiento a devolver el importe de una multa a una conductora a la que no se le notific¨® personalmente el inicio del procedimiento de apremio por impago de la infracci¨®n. El servicio de Correos, encargado de entregar la notificaci¨®n, no la hall¨® nunca en casa, por lo que el tribunal considera que la "actuaci¨®n administrativa es nula".La sentencia recuerda que los carteros se limitaron a se?alar en los resguardos que la conductora estaba ausente, que alguien de la casa hab¨ªa rehusado la entrega o que se hab¨ªa depositado un resguardo en el domicilio, sin "hacer referencia [expresa] a la denuncia y sanci¨®n impuesta".
En la notificaci¨®n de la multa, seg¨²n la resoluci¨®n, "se ha dejado de cumplir el precepto legal que hace referencia a la entrega de las notificaciones administrativas al propio destinatario o, en su defecto, a un familiar o vecino suyo mayor de 14 a?os. Este requisito no puede ser suplido por la certificaci¨®n del funcionario de Correos encargado del reparto en la que consta simplemente el hecho del rehuse de la carta sin identificar a la persona con la que se intent¨® la notificaci¨®n".
Dos visitas
Actualmente, el servicio de Correos, que desde la semana pasada vuelve a notificar las multas municipales, efect¨²a dos visitas al domicilio del sancionado. Si en esas dos visitas el cartero no consigue notificar la sanci¨®n, el nombre del infractor aparece en el Bolet¨ªn Oficial de la Comunidad de Madrid, paso previo al embargo de su cuenta corriente.
Emilio Mariat, presidente de la Asociaci¨®n contra los Abusos sobre la Circulaci¨®n (Ciro), afirm¨® ayer: "Tenemos ahora la esperanza de que los criterios que ha venido manejando el Ayuntamiento, de educar mediante sanciones o atribuir a priori mala fe a los conductores, pasen a una nueva fase m¨¢s acertada. Va siendo hora de que el colectivo de conductores madrile?os [mill¨®n y medio aproximadamente] deje de ser visto por nuestros ediles como un pozo sin fondo".
Mariat reconoce, no obstante, que esta sentencia no crea jurisprudencia, ya que no procede del Tribunal Supremo. "De todas formas, el Ayuntamiento debe tener muy en cuenta este tipo de sentencias, pues no es la primera vez que un tribunal falla en este sentido".
Seg¨²n el presidente de la Asociaci¨®n contra los Abusos sobre la Circulaci¨®n, "ser¨ªa beneficioso para todos que la Administraci¨®n mantuviese un escrupuloso respeto a la ley y confiase en el ciudadano despu¨¦s del fracaso de la empresa EDS".
Esta entidad privada se encarg¨® de las notificaciones entre septiembre y diciembre. El Ayuntamiento le rescindi¨® el contrato al descubrir miles de irregularidades en las notificaciones.
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