El fallo que proh¨ªbe cobrar por mantener las cartillas de ahorro ya es firme
La sentencia dictada el 10 de marzo ¨²ltimo por la magistrada Catalina Moragues, juez civil de Palma de Mallorca, que anul¨® el cobro de comisiones por el mantenimiento de cartillas de ahorro, ya es firme, al no haber apelado, dentro del plazo fijado, la Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Baleares (Sa Nostra). Seg¨²n la Asociaci¨®n de Usuarios de Servicios Bancarios (Ausbanc), entidad demandante, Sa Nostra dejar¨¢ de cobrar unos 800 millones anuales. A nivel estatal, las 2.000 pesetas anuales que se cobran por los 29 millones de libretas de ahorro abiertas, seg¨²n la Confederaci¨®n Espa?ola de Cajas de Ahorro (CECA), significan unos 58.000 millones anuales de ingresos.La letrada de Ausbanc Mar¨ªa Mateos Ferr¨¦s, que llev¨® el caso contra Sa Nostra, considera que los afectados directamente por la sentencia deben reclamar las percepciones ilegalmente cobradas.
La abogada reconoce que la sentencia vincula directamente s¨®lo a las dos partes -Sa Nostra y Ausbanc-, si bien, partiendo de los datos de CECA, admite el efecto expansivo de este fallo, por lo que cree que los clientes de otras cajas "deben reclamar, invocando los fundamentos jur¨ªdicos de la sentencia".
La sentencia de la juez Moragues, adelantada por este peri¨®dico el 18 de marzo, razona que "la comisi¨®n de mantenimiento incluida en los contratos relativos a libretas de ahorro, en cualquiera de sus modalidades, viola lo dispuesto en el art¨ªculo 29 del Estatuto de las Cajas de Ahorro, por cuanto supone la infracci¨®n del mandato de gratuidad contemplado en dicho precepto". Agrega que tal comisi¨®n "se percibe con independencia de los servicios espec¨ªficos recabados por el titular, es decir, ( ... ) se cobra simplemente por mantener una cuenta abierta en vigor".
Fuentes de la CECA estiman necesario que las cajas obtengan beneficios para sus "obras sociales, asistenciales, de investigaci¨®n y educativas". Sin embargo, la no apelaci¨®n de Sa Nostra indica la aceptaci¨®n del criterio judicial respecto a la comisi¨®n de mantenimiento.
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