Multas y arresto para los compa?eros acosadores
El acoso sexual pasa a ser delito tambi¨¦n entre compa?eros de trabajo. El proyecto elaborado por Justicia lo regula claramente: "El que, en el ¨¢mbito de una relaci¨®n laboral, docente o an¨¢loga, solicitare sexualmente a otra persona, para s¨ª o para un tercero, o realizare con ella otros actos de significaci¨®n sexual no deseados, y se produjera para la v¨ªctima una situaci¨®n intimidatoria, hostil o humillante, ser¨¢ castigado, como autor de acoso sexual, con la pena de arresto de seis a doce fines de semana o multa de tres a seis meses".En vigente C¨®digo Penal contempla el acoso sexual s¨®lo cuando existe subordinaci¨®n laboral por parte de la v¨ªctima, es decir, si el acosador tiene adem¨¢s poder dentro de una empresa y la persona objeto de sus requerimientos sexuales depende de ¨¦l para lograr un ascenso o, en ocasiones, simplemente mantener el puesto de trabajo. Este supuesto se mantiene en el proyecto del Gobierno, con iguales penas a las vigentes (arresto de 12 a 24 fines de semana o multa de seis a doce meses).
Y a?ade un tercer art¨ªculo regulador del acoso sexual para proteger a los m¨¢s d¨¦biles: "Cuando la v¨ªctima sea especialmente vulnerable, por raz¨®n de su edad, enfermedad o situaci¨®n" la pena oscilar¨¢ entre los doce fines de semana de arresto y un a?o de prisi¨®n.
El endurecimiento de las penas por acoso, as¨ª- como su ampliaci¨®n a compa?eros -el llamado acoso sexual ambiental- ha sido insistentemente solicitado por la directora general de la Mujer, Concepci¨®n Dancausa, que recog¨ªa a su vez una vieja aspiraci¨®n de sus predecesoras socialistas.
Las secciones de la Mujer de los sindicatos UGT y CC OO han hecho causa com¨²n con Dancausa.
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