Venta fatal
En 1993 vend¨ª mi coche como parte del pago para adquirir otro. En 1995 me lleg¨® una denuncia del Ayuntamiento de Madrid por una infracci¨®n de tr¨¢fico reciente, imputable probablemente al nuevo propietario del viejo autom¨®vil, y se me hac¨ªa ver que si yo no era el causante de la infracci¨®n deb¨ªa decir qui¨¦n lo era, y que si, yo no era ya el propietario del veh¨ªculo deb¨ªa acreditar qui¨¦n era el actual previa certificaci¨®n de la Direcci¨®n General de Tr¨¢fico (DGT).Pues bien: despu¨¦s de arreglos en el trabajo para disponer de la ma?ana, fui a la DGT de la calle de Arturo Soria e hice la pertinente cola. Charlando con los all¨ª reunidos me enter¨¦ de que todos est¨¢bamos para lo mismo y que el chico que iba delante de m¨ª me consideraba un suertudo, puesto que ¨¦sa era mi primera cola y ¨¦l ya llevaba tres (se ve que el comprador de su coche era m¨¢s d¨ªscolo). Aquello me pareci¨® tan aberrante que elabor¨¦ una queja al. Ayuntamiento y hasta ahora no he recibido una r¨¦plica.
Tambi¨¦n elabor¨¦, con la misma documentaci¨®n, una queja al Defensor del Pueblo, y esto ha generado una investigaci¨®n que ha concluido ahora. A m¨ª me parec¨ªa inaudito que fuese yo el que tuviese que establecer mi inocencia y que el Ayuntamiento ignorase p¨¢rrafos enteros de la Constituci¨®n, a pesar de disponer de la maquinaria del Estado a su servicio.
La acci¨®n del Defensor del Pueblo se refleja en seis cartas que me ha remitido entre septiembre de 1995 y mayo de 1997, y resumo las diligencias efectuadas as¨ª:
1. Existe un convenio de cooperaci¨®n entre la DGT y el Ayuntamiento en lo que se refiere a veh¨ªculos que se remonta a junio de 1986. Este convenio se traduce en el env¨ªo de datos de forma peri¨®dica (trimestral). Desde junio de 1994, esa cooperaci¨®n est¨¢ informatizada.
2. La DGT contest¨® cumplidamente a los requerimientos del Defensor del Pueblo e hizo ver cu¨¢les hab¨ªan sido los avatares hist¨®ricos y c¨®mo las diversas instituciones que ten¨ªan que ver con el tr¨¢fico de veh¨ªculos estaban coordinadas.
3. El Ayuntamiento de Madrid mantuvo una postura cerril y no respondi¨® a los reiterados requerimientos del Defensor del Pueblo sobre el tema suscitado.
4. La DGT comunic¨® en los primeros meses de 1997 que, aceptando las sugerencias del Defensor del Pueblo, establec¨ªa un mecanismo m¨¢s din¨¢mico para enviar al Ayuntamiento datos sobre altas, bajas y alteraciones de titularidad de veh¨ªculos (mensual, en vez del trimestral anterior).
La conclusi¨®n es obvia:
a) La DGT ha actuado de forma profesional y diligente y ha aportado elementos para mejorar su gesti¨®n.
b) El Ayuntamiento de Madrid actu¨® mal, no quiso reconocerlo y fue desconsiderado con el Defensor del Pueblo, una instituci¨®n de las Cortes Generales.
c) El Defensor del Pueblo fue muy receptivo con mi queja cuando consider¨® que inclu¨ªa elementos de su competencia y el tratamiento que hizo de ella fue excelente, considerando los l¨ªmites de ese organismo.-
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