El juez absuelve al ex alcalde de Torres de tres supuestos delitos
La Audiencia Nacional ha absuelto de un presunto de delito de malversaci¨®n de fondos, otro de falsedad y un tercero de fraude al ex alcalde socialista de Torres de la Alameda (3.950 habitantes), Antonio Rodr¨ªguez del Barrio. El ex alcalde, que gobern¨® el municipio hasta las ¨²ltimas elecciones de 1995, hab¨ªa sido acusado por la Agrupaci¨®n de Vecinos Independientes (AVI), grupo pol¨ªtico de la oposici¨®n, de haber malversado 5,2 millones de pesetas recibidos de la Comunidad. En vez de destinarlos a adecuar 150 acometidas de agua a la normativa del Canal de Isabel II, Rodr¨ªguez del Barrio destin¨® parte de este dinero a reparar el alcantarillado del pueblo. Una empresa municipal llamada Emtasa realiz¨® los trabajos. Un economista de esta empresa realiz¨® la factura.En la sentencia, los jueces absuelven de todas las acusaciones a Rodr¨ªguez del Barrio. Y aunque reconocen que el alcalde no destin¨® el dinero a arreglar las acometidas, recuerdan que el dinero de la Comunidad "no fue destinado al patrimonio del acusado". Los jueces fallan que "no se puede considerar desviaci¨®n de la subvenci¨®n el destinarla a obras de saneamiento, reforma y reparaci¨®n de la red de aguas, dado que en el concepto t¨¦cnico de acometidas domiciliarias se incluye tanto el alcantarillado como los tramos de tuber¨ªas y las redes de distribuci¨®n".
AVI ped¨ªa para el ex regidor un total de siete a?os de c¨¢rcel y una indemnizaci¨®n de 5,2 millones de pesetas. Los jueces se muestran muy duros contra los denunciantes. AVI se querell¨® contra el alcalde, pero no contra el funcionario municipal que realiz¨® las facturas. "Lo primero que sorprende es que se impute falsedad al alcalde y, en cambio, no se formule imputaci¨®n contra la persona que confeccion¨® la factura. Parece que a la acusaci¨®n no le interesan las imputaciones que se apartan del ¨¢mbito pol¨ªtico. Y es que carece de explicaci¨®n razonable que se acuse al presunto inductor de la falsedad y no al presunto autor material del documento que tildan de falso". La sentencia puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
?Tienes una suscripci¨®n de empresa? Accede aqu¨ª para contratar m¨¢s cuentas.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.