Perote ser¨¢ juzgado por filtrar las cintas de las escuchas del Cesid, y Manglano por ordenarlas
El coronel Juan Alberto Perote ser¨¢ juzgado por un delito de revelaci¨®n de secretos, castigado con hasta 28 meses de c¨¢rcel, por la filtraci¨®n a El Mundo de conversaciones telef¨®nicas grabadas por el Cesid. Perote se sentar¨¢ en el banquillo junto al ex director del centro, Emilio Alonso Manglano, el ex jefe del Gabinete de Escuchas, Jos¨¦ Manuel Navarro Benavente, y otros cinco funcionarios del Cesid, a los que se imputa un delito de interceptaci¨®n de comunicaciones privadas, penado con hasta seis meses arresto. Los tres primeros est¨¢n acusados tambi¨¦n de prevaricaci¨®n, por lo que podr¨ªan ser inhabilitados.
La titular del juzgado n¨²mero 43 de Madrid, Ana Mar¨ªa P¨¦rez Marug¨¢n, ha dictado el auto de apertura de juicio oral del caso de las escuchas del Cesid, con el que se pone fin a la instrucci¨®n de este sumario, iniciada en junio de 1995. Las conclusiones del auto, contra el que no cabe recurso, fueron adelantas ayer por El Mundo, que est¨¢ personado en esta causa como acusaci¨®n., La juez ha optado por sentar en el banquillo a los ocho ex miembros del servicio secreto y no s¨®lo al antiguo jefe de su Agrupaci¨®n Operativa, Juan Alberto Perote, como pidi¨® el fiscal. Perote es, sin embargo, el m¨¢s perjudicado por la resoluci¨®n judicial, ya que es el ¨²nico al que se imputan los tres presuntos delitos derivados de la instrucci¨®n -interceptaci¨®n de comunicaciones, revelaci¨®n de secretos y prevaricaci¨®n- y el ¨²nico que podr¨ªa acabar en la c¨¢rcel, al enfrentarse a una pena superior a dos a?os de prisi¨®n.
Los acusados se benefician de la circunstancia de que cuando ocurrieron los hechos, entre 1984 y 1995, no estaba en vigor el nuevo C¨®digo Penal, que ha elevado las penas previstas para el delito de escuchas telef¨®nicas ilegales desde seis meses de arresto y 500.000 pesetas de multa como m¨¢ximo hasta cuatro a?os de c¨¢rcel y 12 de inhabilitaci¨®n.
La juez ha decidido tambi¨¦n abrir una pieza separada de responsabilidad civil y ha emplazado a Perote, Manglano, Navarro Benavente y Juan Miguel Nieto Rodr¨ªguez, destinado en el Gabinete de Escuchas del Cesid entre 1989 y 1993, para que en el plazo de cinco d¨ªas presten conjuntamente una fianza de 20 millones de pesetas, con la advertencia de que de no hacerlo se proceder¨¢ al embargo de sus bienes. El Estado ha sido declarado responsable civil subsidiario en caso de insolvencia de los acusados.
El auto de la juez va mucho m¨¢s lejos de lo que pretend¨ªa el fiscal y no s¨®lo porque la acusaci¨®n, que el Ministerio P¨²blico limitaba a Perote, la extiende por arriba a Manglano y por abajo a los funcionarios del Gabinete de Escuchas, sino tambi¨¦n porque ampl¨ªa el n¨²mero de delitos. Mientras el fiscal s¨®lo apreciaba la interceptaci¨®n de comunicaciones, la juez estima que hay indicios racionales de prevaricaci¨®n y de revelaci¨®n de secretos.
La inclusi¨®n de este ¨²ltimo delito supone que en el juicio, a celebrar en la Audiencia Provincial de Madrid, no s¨®lo deber¨¢ dilucidarse la presunta ilegalidad de la interceptaci¨®n y grabaci¨®n de conversaciones privadas a trav¨¦s de tel¨¦fonos m¨®viles que realiz¨® el Gabinete de Escuchas del servicio secreto desde 1984 a 1991, sino la tambi¨¦n filtraci¨®n al diario El Mundo en 1995 de documentos secretos y cintas sustra¨ªdas del Cesid.
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