La vincul¨¢ci¨®n al Banco de Espa?a no justifica la recusaci¨®n de los peritos
La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, en un auto inapelable notificado ayer, rechaz¨® la petici¨®n de Mario Conde y otros acusados de anular la participaci¨®n de los peritos Juan Rom¨¢n y Juan Carlos Monje en el juicio oral del caso Banesto. Los tres magistrados que formar¨¢n el tribunal -Siro Garc¨ªa, Jos¨¦ Antonio Chocl¨¢n y Antonio D¨ªaz Delgado- sostienen que su dependencia org¨¢nica al Banco de Espa?a ni su participaci¨®n indirecta en el acto de intervenci¨®n de Banesto son causas de recusaci¨®n.
El largo auto de 19 folios delimita, seg¨²n la doctrina, los conceptos de inter¨¦s en la causa y concluye que los recusantes no han demostrado la existencia de razones para apoyar la recusaci¨®n y la anulaci¨®n de la prueba pericial en el juicio oral.Fuentes judiciales dijeron a ¨¦ste peri¨®dico que el auto sale al paso a diversos argumentos que en los ¨²ltimos tiempos sostienen ilustres abogados en juicios sonados. Algunos de estos abogados son, al mismo tiempo, catedr¨¢ticos renombrados que llevan aquellos argumentos a sus cursos universitarios. En resumen, se trata de impugnar la pertinencia de que funcionarios de diversas instituciones oficiales act¨²en como auxiliares del Ministerio Fiscal en la instrucci¨®n de casos de delincuencia econ¨®mico-financiera y que, m¨¢s tarde, presenten el resultado de sus hallazgos en el plenario del juicio oral.
Inter¨¦s general
El auto notificado ayer niega que se trate de la defensa a ultranza de la "divinizaci¨®n del funcionario p¨²blico", como ha apuntado cierto sector de la doctrina, sino de de reconocer el hecho de la existencia de funcionarios especialmente cualificados que deben colaborar con la Administraci¨®n de -Justicia- en atenci¨®n a su servicio del inter¨¦s general al que sirve la Administraci¨®n. "No constituye", dice el auto, "causa de recusaci¨®n- la dependencia org¨¢nica de los peritos del Banco de Espa?a ni la incidencia indirecta en el acto de intervenci¨®n de Banesto. Tampoco es causa de recusaci¨®n en el proceso penal el auxilio del perito al Ministerio Fiscal en la fase previa de la investigaci¨®n".Los magistrados explican que tener inter¨¦s en la causa no es equivalente a haber prestado asistencia al Banco de Espa?a, primero y al Ministerio Fiscal, parte acusadora, despu¨¦s. "No cabe reconocer en nuestro Derecho una cl¨¢usula general de recusaci¨®n de peritos no tipificada expresamente".
El auto matiza que si bien la posibilidad de un causa supralegal de recusaci¨®n de peritos pudiera derivarse de la Constituci¨®n -el derecho a un proceso con todas las garant¨ªas-, lo cierto es que "en la medida en que se ven implicados otros derechos, tambi¨¦n de car¨¢cter fundamental, como el derecho a la prueba, aquella posibilidad no resulta tan evidente".
Los magistrados vuelven, asimismo, sobre un aspecto que han destacado ya en varias resoluciones relacionadas con el caso Banesto, a saber, que m¨¢s all¨¢ de la pericia, est¨¢ la funci¨®n del juicio oral y la contradicci¨®n de las pruebas en el plenario. "Resulta evidente, dicen, "que el juez sentenciador debe dictar sentencia sobre lo percibido en el acto de juicio oral; por el contrario el perito, el perito debe debe fundamentar su pericia sobre documentos o circunstancias preexistentes, de suerte que resulta irrelevante que haya conocido el objeto de la pericia antes de ser encargada por el juez, pues, en todo caso debe valorar una situaci¨®n ya dada"
Prueba pericial
El auto concluye haciendo referencia a que "no basta la apariencia de parcialidad para la recusaci¨®n de peritos", a diferencia de lo que ocurre con jueces y magistrados, y al hecho de que "la causa de recusaci¨®n debe ser plenamente probada". No hallando, pues, inter¨¦s directo o indirecto y enemistad manifiesta, los magistrados rechazan la recusaci¨®n de los peritos y ordenan practicar su prueba pericial en el juicio oral.En cuanto a la extra?a propuesta de David Arce, administrador de Banesto, como perito por la Asociaci¨®n de Estudios Penales, dirigida por Emilio Rodriguez Men¨¦ndez, la sala se limita a decir que el propio Arce ya ha declarado que no ser¨ªa ¨¦tica su funci¨®n como perito en el juicio oral. Fuentes jur¨ªdicas dijeron que esta propuesta s¨®lo hab¨ªa servido como maniobra procesal para que los acusados pudieran esgrimir que "uno de los peritos" hab¨ªa ca¨ªdo.
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