El Supremo propone el indulto de la mitad de las penas impuestas a Flores por el caso Filesa
La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha propuesto un indulto parcial para el ex delegado de Filesa en Madrid, Alberto Flores, para que se le conmuten todas las penas de prisi¨®n que le fueron impuestas "por otras cuya duraci¨®n sea exactamente la mitad". Si el Gobierno accede a la petici¨®n del Supremo, Alberto Flores ver¨ªa reducida su condena a cuatro a?os y medio de c¨¢rcel. La propuesta del Supremo tiene presente que los delitos se cometieron hace diez a?os y que durante ese tiempo el condenado, ha sufrido un juicio paralelo ante la opini¨®n p¨²blica.
Alberto Flores fue condenado a dos penas de tres a?os de prisi¨®n por dos delitos continuados de falsedad en documento mercantil; otra de dos a?os de prisi¨®n por asociaci¨®n il¨ªcita, y otra de dos a?os por delito fiscal. El total de esas penas privativas de libertad asciende a diez a?os, que, quedan autom¨¢ticamente reducidos a nueve, al no poder exceder el tiempo m¨¢ximo de cumplimiento del triplo de la pena m¨¢s grave -el triplo de tres a?os- en aplicaci¨®n del art¨ªculo 70.2 del antiguo C¨®digo Penal.La propuesta de indulto del Supremo se refiere textualmente a la conmutaci¨®n de "todas las penas" por "otras cuya duraci¨®n sea exactamente la mitad". Del tenor literal de esa propuesta, cada una de las penas impuestas quedar¨ªa reducida a la mitad, es decir, que la condena a Flores quedar¨ªa en dos penas de a?o y medio, y otras dos penas de un a?o cada una, que totalizan cinco a?os. Pero en aplicaci¨®n de la misma regla del art¨ªculo 70.2, el m¨¢ximo de cumplimiento quedar¨ªa en cuatro a?os y medio, resultado de aplicar el triplo de la pena m¨¢s grave, que ahora sena la de a?o y medio.
Dado que el C¨®digo Penal aplicado a los condenados de Filesa fue el de 1973, vigente cuando se produjo la financiaci¨®n ilegal del PSOE, los condenados pueden acogerse a los beneficios penitenciarios de reducci¨®n de penas por el trabajo. Esa reducci¨®n, a raz¨®n de un d¨ªa de condena por cada dos trabajados, reducir¨ªa virtualmente a la mitad el tiempo de estancia en prisi¨®n.
La propuesta del Supremo recuerda que la propia Sala Segunda ha dicho frecuentemente que la lejan¨ªa en el tiempo de un hecho delictivo no puede dejar de tener influencia en la cuant¨ªa de la pena, reduci¨¦ndola.
El informe recuerda que los hechos enjuiciados acontecieron hace aproximadamente diez a?os, "lo que permite suponer que su eco se haya amortiguado sensiblemente en la sana conciencia del ciudadano medio".
Al Supremo no le parece "descaminado" que se aproveche la v¨ªa excepcional del indulto para hacer posible una "individualizaci¨®n suavizadora de las penas", que adem¨¢s considera "aconsejable" desde el punto de vista de la equidad, dado que Flores "ha debido sufrir a lo largo de los a?os que han precedido a la sentencia una sanci¨®n difusa pero real como consecuencia del juicio paralelo a que se ha visto sometido ante la opini¨®n p¨²blica".
Multas
La propuesta del Supremo no incluye las penas econ¨®micas ni las accesorias impuestas a Alberto Flores: dos penas de 100.000 pesetas de multa cada una por los dos delitos continuados de falsedad; seis a?os y un d¨ªa de inhabilitaci¨®n especial para cargo p¨²blico y derecho de sufragio activo y pasivo y otra multa de 250.000 pesetas por el delito de asociaci¨®n il¨ªcita, y una multa de m¨¢s 258 millones de pesetas por el delito contra la Hacienda P¨²blica.Al pedir el indulto, Flores aleg¨® ante el Supremo que, al haber sido juzgado con otros aforados, se hab¨ªa visto privado de una de las dos instancias judiciales a las que cualquier ciudadano tiene derecho. El tribunal dice que no se le oculta "la inevitable inquietud que es susceptible de crear en el justiciable la imposibilidad leal de que su condena y la pena que se le haya impuesto sean sometidas a un tribunal superior". El Supremo afirma que aunque desde la perspectiva de un Estado de derecho no es satisfactoria la sustituci¨®n de un inexistente recurso por la solicitud de la gracia, "tampoco se puede ignorar ni minusvalorar la funci¨®n subsidiaria que la instituci¨®n del indulto puede desempe?ar, en tanto no se arbitren v¨ªas adecuadas en nuestro ordenamiento jur¨ªdico".
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