La falta de instalaci¨®n para TV digital podr¨¢ ser multada con 50 millones
El acuerdo de un tercio de los propietarios bastara en imnuebles ya habitados
El Ministerio de Fomento va a acelerar la legislaci¨®n sobre antenas parab¨®licas. Las normas para instalar la infraestructura necesaria para que se reciba televisi¨®n por sat¨¦lite y cable tanto en edificios de nueva construcci¨®n como en los antiguos se aprobar¨¢n por la v¨ªa de urgencia como decreto-ley, previsiblemente en el Consejo de Ministros del pr¨®ximo viernes. El decreto-ley sancionar¨¢ con multas de hasta 50 millones de pesetas al constructor que no incluya esta infraestructura en sus nuevas obras, y bastar¨¢ el acuerdo de un tercio de los propietarios para su instalaci¨®n en los inmuebles ya habitados.
El decreto-ley introduce algunas modificaciones sobre el anterior anteproyecto de ley que regulaba la instalaci¨®n de la infraestructura necesaria para dotar de nuevos servicios de telecomunicaci¨®n -televisi¨®n por sat¨¦lite y por cable y telefon¨ªa b¨¢sica-.Entre las novedades destacan las siguientes: bastar¨¢ el acuerdo de un tercio de los propietarios de un edificio ya construido para proceder a la instalaci¨®n de dicha infrestructura en lugar de la mitad m¨¢s uno de los copropietarios de la comunidad como se dec¨ªa antes; se reduce de dos a?os a seis meses el plazo previsto para que el due?o del edificio o el presidente de la comunidad lleve a cabo la instalaci¨®n comunitaria y pueda negar por tanto una instalaci¨®n individual y se establece un nuevo r¨¦gimen sancionador.
?ste est¨¢ recogido en el art¨ªculo 11 del decreto-ley, en el que se se?ala en su punto 1 que "el incumplimiento de la obligaci¨®n impuesta al constructor [la instalaci¨®n de la infraestructura para nuevos servicios de telecomunicaci¨®n] en los edificios de nueva construci¨®n se castigar¨¢ con multa de 5.000.0001 hasta 50.000.000 de pesetas, gradu¨¢ndose su importe en funci¨®n de la gravedad de la infracci¨®n".
En el punto 2 se dice que "la no instalaci¨®n de la infraestructura por los obligados a ello [en el caso de los edificios ya habitados] se sancionar¨¢ con multa de hasta 5.000.000 de pesetas".
Motivos de urgencia
La urgencia para la aprobaci¨®n de esta norma la justifica Fomento en dos motivos. Por una parte, para evitar "la proliferaci¨®n de sistemas individuales y cableados exteriores en los edificios de nueva construcci¨®n, que afectar¨ªan negativamente a la est¨¦tica de los mismos". Por otra, por la necesidad de "dotar a los usuarios, en un momento en el que es patente la r¨¢pida diversificaci¨®n de la oferta en los servicios de telecomunicaciones, de los medios jur¨ªdicos que garanticen la efectividad de su derecho a optar entre ellos". Tambi¨¦n se pretende "remover las trabas" para que los operadores act¨²en en igualdad de condiciones.Ambas razones est¨¢n claras teniendo en cuenta la estructura de la vivienda en Espa?a. Seg¨²n un estudio realizado por el Instituto DYM para la compa?¨ªa de sat¨¦lites Astra a mediados del a?o pasado, de los 11,7 millones de hogares espa?oles con televisor que existen, tan s¨®lo el 28% de las viviendas (3,24 millones) son unifamiliares. El resto son bloques de edificios: el 3% (380.000) de dos viviendas; el 10% (1,17 millones) de tres a seis viviendas; el 18% (2,16 millones) de siete a 12; el 22% (2,52 millones) de 13 a 25; el 14% (1,63 millones) de 26 a 50; y el 5% restante (600.000) de m¨¢s de 50 viviendas por bloque.
Poderes municipales
En este sentido, el decreto-ley mantiene la facultad de los ayuntamientos tanto para obligar a la instalaci¨®n de antenas colectivas "cuando se considere peligrosa o antiest¨¦tica la colocaci¨®n de antenas individuales" en un edificio como para desaconsejar dicha infraestructura si el bloque no re¨²ne las "condiciones para soportarla".El sector -operadores de servicios, fabricantes de equipos e instaladores- que ha colaborado con la secretar¨ªa de Estado de Comunicaci¨®n en la redacci¨®n de la norma y aplaude la iniciativa mantiene, sin embargo, una reserva. El decreto-ley hace recaer en su art¨ªculo 6 el coste de la instalaci¨®n comunitaria en los edificios ya construidos en los propietarios que ya disponen de antenas individuales. El sector conf¨ªa en que el Ministerio de Fomento elimine la "penalizaci¨®n" a estos usuarios en la versi¨®n final del decreto-ley.
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