El tribunal excluye tres presuntas estafas del juicio del 'caso Banesto'
El tribunal del caso Banesto anunci¨® ayer, a trav¨¦s de una resoluci¨®n incorporada al acta del juicio oral, que ha acordado dejar sin efecto el enjuiciamiento de Mario Conde por tres operaciones de presunta estafa que le imput¨® la Sala de lo Penal, Secci¨®n Segunda, de la Audiencia Nacional (locales comerciales, Telson y Veblinsa), lo que es aplicable a Arturo Roman¨ª (Telson y Veblinsa) y a Eugenio Mart¨ªnez Jim¨¦nez (Telson y Veblinsa).
El tribunal, asimismo, ha admitido la prescripci¨®n de una presunta estafa (locales comerciales) de la que se acusaba al ex consejero Ramiro Nu?ez y ha declarado el sobreseimiento libre del delito. La resoluci¨®n convalida sin fisuras la instrucci¨®n del juez Manuel Garc¨ªa Castell¨®n.Tras la decisi¨®n conocida ayer, Conde sigue acusado por los mismos delitos que merecieron la calificaci¨®n del fiscal Florentino Orti, por los que solicit¨® 35 a?os de prisi¨®n: tres presuntas estafas (Isolux, Promociones Hoteleras y Cementeras); dos presuntas apropiaciones indebidas (extracci¨®n de 300 millones de caja y operaci¨®n Carburos Met¨¢licos) y un delito de falsedad de cuentas.El furg¨®n policial que transport¨® a Conde y otros reclusos de Alcal¨¢ Meco ingres¨® ayer en el garaje de la Audiencia Nacional un poco antes de las 10 de la ma?ana.Sobre las 10,30 horas, las defensas comenzaron a recibir una copia de la resoluci¨®n. Las 100 cuestiones previas planteadas por las defensas de los 11 acusados y de 12 sociedades con presunta responsabilidad civil se despachan en 179 f¨®lios.
El presidente, Siro Garc¨ªa, explic¨® que se trata de una resoluci¨®n no de un auto, palabra que, por error, aparece en el texto. El tribunal, pues, ha aplicado la circular 1/ 89 de la Fiscal¨ªa General del Estado y la doctrina que aparece, entre otras, en la sentencia del 18 de noviembre de 1991 del Tribunal Supremo. Basta con una resoluci¨®n incorporada al acta para resolver las cuestiones previas.
La resoluci¨®n no se limita a una defensa del juez Manuel Garc¨ª-Castell¨®n contra los ataques que lo defin¨ªan como un juez que vulner¨® derecho al juez predeterminado por ley y el derecho a un juicio con todas las garant¨ªas e igualdad de armas. Es una defensa razonada de os aspectos centrales de su insrucci¨®n.
En cambio, el tribunal ha decidido excluir del juicio oral una de las decisiones adoptadas por la sala de lo Penal, secci¨®n segunda, en su auto de 23 de diciembre de 1996, en respuesta a un recurso de apelaci¨®n de Banesto contra una decisi¨®n del juez. Se trata de la decisi¨®n por la cual en el plenario del juicio oral tambi¨¦n deb¨ªan debatirse en relaci¨®n con Mario Conde las operaciones de presunta estafa llamadas locales comerciales, Telson Veblinsa.
Conde declar¨® una sola vez durante la instrucci¨®n, en diciembre de 1994. No se le pregunt¨® por ninguna de las tres operaciones. Roman¨ª tampoco fue preguntado por Telson y Veblinsa; tampoco Eugenio Mart¨ªnez Jim¨¦nez fue informado sobre estas ¨²ltimas dos.
La resoluci¨®n afirma que no se les puede enjuiciar y anula la acusaci¨®n, "sin perjuicio de que se deduzca testimonio" de las mismas. Si alguna acusaci¨®n as¨ª lo entiende, puede pedir que las actuaciones sobre dichos asuntos sean enviadas a otro juzgado y all¨ª solicitar la imputaci¨®n de Conde y quienes considere oportuno. La resoluci¨®n, que no puede ser objeto de recurso alguno, estima la prescripci¨®n del ¨²nico presunto delito de que se acusaba a Ramiro N¨²?ez por encubrimiento de la operaci¨®n locales comerciales, a instancias del auto de 23 de diciembre de 1996 de la sala de lo Penal, secci¨®n segunda.
Ni el fiscal ni las acusaciones se opusieron a la prescripci¨®n estimada en tres a?os desde el momento al que se remontan los hechos (1990), lo que ha dado lugar al sobreseimiento libre.
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