?Somos las mujeres de "peor condici¨®n"?
La autora de este art¨ªculo cree que la decisi¨®n del Tribunal Constitucional de discriminar a la mujer respecto a la herencia de t¨ªtulos nobiliarios es un insulto inadmisible
"De mejor condici¨®n es el var¨®n que la mujer en muchas cosas o en muchas maneras, as¨ª como se muestra abiertamente en las leyes de los t¨ªtulos de ¨¦ste nuestro libro". (Las partidas, ley 2-23-4).Ram¨®n L¨®pez-Vilas, catedr¨¢tico de Derecho Civil y magistrado excedente del Tribunal Supremo, en su art¨ªculo Ante un nuevo derecho nobiliario escribi¨®: "La concepci¨®n mezquina de la mujer tiene su procedente en el Derecho Romano, en el que aparece 'cualificada' por tres notas fundamentales que se consideraban propias del sexo femenino: imbecilitas (inferioridad psicol¨®gica); fragilitas (debilidad o inferioridad f¨ªsica) y levitas animi (frivolidad)". Y se refer¨ªa despu¨¦s el profesor L¨®pez-Vilas a la literatura de la ¨¦poca, en la que la inferioridad de la mujer se nos ofrece como cuesti¨®n indiscutida. "Basta hoiear El Quijote para encontrar refranes tan expresivos como: 'Entre el s¨ª y el no de la mujer no me atrever¨ªa yo a poner una punta de alfiler'; 'La mujer honrada, la pierna quebrada y en casa'; 'La mujer y la gallina, por andar se pierden aina'; 'La doncella honesta, el hacer algo es su fiesta'... O el di¨¢logo entre Teresa Panza y el escudero: 'Que con esta carga nacemos las mujeres de estar obedientes a sus maridos, aunque sean unos perros...".
La mujer estaba, pues, en aquellos tiempos considerada como imb¨¦cil, d¨¦bil y fr¨ªvola, equiparada a la gallina, atada en casa, preferiblemente con la pierna rota.
Afortunadamente todo esto ha quedado siglos atr¨¢s y nos produce una mezcla de asombro, indignaci¨®n, tristeza y risa. Hoy, a la puerta del a?o 2000, la mujer es persona y no objeto, con acceso a cualquier trabajo y con la misma igualdad de oportunidades que aquel "var¨®n de mejor condici¨®n" de las famosas Partidas. "Es cuesti¨®n de Seso y no de Sexo", dijo el conde de Romanones ante la entrada de la primera mujer en la Real Academia.
La mujer, en este final de siglo, puede -si lo desea- ser polic¨ªa o embajador, piloto o ministro (?escrito en masculino o en femenino?), guardia de la circulaci¨®n o presidente. Pero, en cambio, -?oh, asombro!- no. podr¨¢ en Espa?a heredar el t¨ªtulo nobiliario de su familia si existe un hermano var¨®n que ser¨¢ por supuesto de mucha "mejor condici¨®n" que ella. ?C¨®mo podemos explic¨¢rnoslo?
El pasado 3 de julio el Tribunal Constitucional, salt¨¢ndose la Constituci¨®n a la torera, nos dej¨® boquiabiertos con la sentencia que declaraba el derecho preferente del hombre sobre la mujer en la sucesi¨®n de los t¨ªtulos nobiliarios, en contra de la doctrina consolidada de la Sala Primera del Tribunal Supremo que hab¨ªa dejado sentado que "el principio de varon¨ªa debe estimarse discriminatorio y derogado por inconstitucionalidad sobrevenida desde la vigencia de la Constituci¨®n de 1978".
Cristina Alberdi, en un espl¨¦ndido art¨ªculo publicado en estas mismas p¨¢ginas de EL PA?S escribi¨® hace poco tiempo: "?C¨®mo es posible que, con tantos elementos en contra -aboagado del Estado, fiscal general, Jurisprudencia consolidada de la Sala Primera del Tribunal Supremo- se haya atrevido el Tribunal Constitucional a dar este paso? El derecho hist¨®rico est¨¢ plagado de discriminaciones, reflejo de la sociedad de entonces. Hoy, tras la Constituci¨®n, todas est¨¢n prohibidas de forma tajante. ?Se atrever¨ªa el Tribunal a resucitar 'la limpieza de sangre' o el hecho de "no ser cat¨®lico"? La sentencia es un insulto a la inteligencia. De un plumazo, se carga toda una teor¨ªa ya consolidada que hab¨ªa establecido la igualdad entre hombres y mujeres en el orden de suceder en los t¨ªtulos nobiliarios, por el peregrino argumento de que es un asunto privado que s¨®lo tiene un valor simb¨®lico. Precisamente han ido a citar un elemento clave en la emancipaci¨®n femenina. Lo simb¨®lico conforma el universo en el que se produce la socializaci¨®n, y es el escenario privilegiado para la perpetuaci¨®n de los roles diferenciados y la discriminaci¨®n".
Absolutamente de acuerdo con Cristina Alberdi me hago la misma pregunta que ella se hace. Resulta parad¨®jico, sorprendente e inadmisible que sea precisamente el Constitucional quien dicte esta sentencia. ?D¨®nde se ha guardado ese art¨ªculo 14 que pro h¨ªbe toda discriminaci¨®n por raz¨®n de sexo...?
El paso atr¨¢s y la metedura de pata del Tribunal es algo absolutamente incomprensible. ?A qu¨¦ se debe? O, mejor, ?a qui¨¦nes? ?Qu¨¦ ha ocurrido para decir "donde dije, digo..."? Porque recordemos que hace apenas un a?o y medio Margarita P¨¦rez Seoane obtuvo la carta de sucesi¨®n del ducado de Pinohermoso. Y, como ella, otras mujeres en estos ¨²ltimos tiempos. .,?Entonces... ? ?A qu¨¦ juego se est¨¢ jugando? ?Ante qu¨¦ presiones o intereses creados nos hallamos?
El 16 de diciembre de 1983 Espa?a suscribi¨® la Convenci¨®n sobre Eliminaci¨®n de todas las firmas de discriminaci¨®n contra la mujer, aprobada por las Naciones Unidas en 1979, haciendo una reserva y excluyendo de la igualdad entre hombres y mujeres a la Corona espa?ola. Y declar¨® textualmente que "la discriminaci¨®n contra la mujer viola los principios de igualdad de derechos y del respeto a la dignidad humana".
Isabel Hoyos y Mart¨ªnez de Irujo, en su art¨ªculo Una discriminaci¨®n odiosa, publicado en estas mismas p¨¢ginas, escribe: "Conviene saberlo. Los espa?oles hemos dejado de ser iguales ante la ley, al menos en alg¨²n aspecto". Y a?ade: "Que ni por un momento se crea que esto va a ser as¨ª. No nos someteremos a un poder que viola claramente el esp¨ªritu y la letra de la Constituci¨®n. Hoy somos todos iguales ante la ley y no ser¨ªamos leales a nosotras mismas si no luch¨¢semos por nuestros derechos. Digo bien: derechos y no privilegios. Si no hubieran luchado por ello las mujeres que nos precedieron a lo largo de la historia, hoy, entre otras cosas, por incre¨ªble que esto parezca, no tendr¨ªamos ni derecho a votar ni a disponer de nuestros bienes".
Me pregunto qu¨¦ pensar¨¢ de todo esto Mercedes F¨®rmica, esa magn¨ªfica abogada y escritora que tuvo el valor all¨¢ por los a?os cuarenta de agarrar por los cuernos al antediluviano C¨®digo Civil (obra, por cierto, de mi bisabuelo Manuel Alonso Mart¨ªnez) y de librar una batalla colosal a favor de los derechos de la mujer.
Han decidido -ignoro sus nombres- que el tema de los t¨ªtulos debe quedar al margen de lo que proclama nuestra Constituci¨®n. Que no es digno de tenerse en cuenta. Que se trata de una especie de "club privado"... Habr¨ªa que felicitar al listo que ha pensado as¨ª. En la Constituci¨®n no pueden admitirse "apartados". ?0 es que retrocedemos a la ¨¦poca de Las Partidas?
Esa "mejor condici¨®n" por raz¨®n de sexo debe parecernos, como escribe Cristina Alberdi, un insulto intolerable y una inadmisible discriminaci¨®n.
Natalia Figueroa es escritora.
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