El AMI, un acuerdo casi clandestino
Su contenido casi no se conoce. No se han suscitado debates oficiales sobre el mismo. No existen explicaciones. Apenas se ha desarrollado en los medios de comunicaci¨®n, salvo en los especializados o en los muy cr¨ªticos. Se est¨¢ negociando desde 1995 y hay la posibilidad -as¨ª se hab¨ªa programado- de que sea aprobado en abril. Se ha dado escasa publicidad al hecho de que el Parlamento Europeo, a mediados de este mes, lo haya rechazado, pedido a los Parlamentos nacionales que no lo aprueben en su actual redacci¨®n, y denunciado por la forma secreta en la que se han llevado a cabo las conversaciones. Y sin embargo se trata de un convenio trascendental para la econom¨ªa del fin de siglo.Se llama Acuerdo Multilateral de Inversiones (AMI). El director general de la Organizaci¨®n Mundial de Comercio (OMC), Renato Ruggiero, lo ha definido como "la Constituci¨®n de una econom¨ªa mundial unificada", y un l¨ªder socialista franc¨¦s -es decir, del partido que gobierna en uno de los pa¨ªses m¨¢s ricos del mundo-, por el contrario, como "una forma de s¨®viet econ¨®mico mundial animado por los dirigentes de los grandes grupos multinacionales, y excluido del control de las naciones".
El AMI es un proyecto de acuerdo negociado en el seno de la OCDE, que agrupa a las 29 naciones m¨¢s favorecidas del mundo, que busca la apertura total de los mercados para las inversiones de los pa¨ªses de la organizaci¨®n, con igualdad de trato entre nacionales y extranjeros. Una especie de liberalizaci¨®n uniforme de las inversiones, como la que ya existe en la OMC para los bienes y los servicios. En resumen, el AMI proh¨ªbe que los Gobiernos restrinjan, condicionen o discriminen a los inversores internacionales;es decir, que ejerzan su acci¨®n sobre las inversiones.
Por ejemplo, un Gobierno ya no podr¨¢ poner como requisito para instalarse en un pa¨ªs la obligaci¨®n de crear un determinado n¨²mero de puestos de trabajo; tampoco habra limitaciones para los extranjeros a la compra de empresas p¨²blicas en proceso de privatizaci¨®n; no ser¨¢ posible: la discriminaci¨®n positiva hacia los inversores nacionales. El AMI facilita a las sociedades acudir a los tribunales internacionales para demandar al Gobierno que haya incumplido estas normas, y demandar indemnizaciones por los da?os reales o los beneficios potenciales no obtenidos. Deja caduca, por tanto, la Carta de los Derechos y Deberes Econ¨®micos de los Estados, de la ONU, que indica que "cada naci¨®n tiene el derecho inalienable de regular las inversiones extranjeras y ejercer su control sobre esas inversiones".
Las reacciones al AMI (ninguna en Espa?a: ?se ha o¨ªdo a alg¨²n miembro del Ejecutivo hablar del mismo?) tienen dos tipos de graduaciones. Las de los que afirman que se trata de una especie de golpe de Estado de las multinacionales, que instaura un para¨ªso para las mismas, en el que el voto ciudadano ser¨¢ irrelevante.Y las que, como mal menor, buscan excepciones al Acuerdo; estas ¨²ltimas tienen como protagonistas a algunos pa¨ªses europeos -y Canad¨¢- (adem¨¢s de la mencionada negativa del Parlamento Europeo), que entienden que el AMI conduce a liberalizaciones uniformes en sectores tan sensibles como el audiovisual y la propiedad intelectual, s¨ªmbolos de la diversidad y de la tradici¨®n cultural europea; el AMI ser¨ªa otra forma de acabar, por la puerta de atr¨¢s, con la excepci¨®n cultural europea.
Por otra parte, temen que su aplicaci¨®n conllevar¨¢ la reducci¨®n irremediable del Estado del bienestar y de la protecci¨®n al medio ambiente (nivelaci¨®n a la baja). Por ¨²ltimo, y no menos importante, entienden que una aut¨¦ntica revoluci¨®n como la que supone el AMI merece un debate p¨²blico que no s¨®lo no se ha producido, sino que ha pretendido ocultarse. La OCDE tendr¨¢ una reuni¨®n ministerial los d¨ªas 27 y 28 de abril para concluir el acuerdo.
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