De dos a cinco a?os para cumplir
La mayor¨ªa de las disposiciones de la Ley de Pol¨ªtica Ling¨¹¨ªstica, que entr¨® en vigor el pasado 29 de enero en Catalu?a, tendr¨¢n un plazo de aplicaci¨®n de entre dos y cinco a?os. Ese argumento y la voluntad pol¨ªtica expresada por el presidente de la Generalitat catalana, Jordi Pujol, de aplicar la ley con prudencia, han servido para calmar los ¨¢nimos de quienes ven la norma como una imposici¨®n.Pese a ello, los detractores de la norma recuerdan que, de forma inmediata, se establece que todos los organismos p¨²blicos deben utilizar el catal¨¢n en sus comunicaciones y en los procedimientos administrativos. Tambi¨¦n ha entrado en vigor desde el primer d¨ªa la exigencia de que el personal al servicio de esos organismos deba tener un conocimiento adecuado y suficiente de las dos lenguas. Del mismo modo, a un ciudadano de Catalu?a le asiste ya el derecho a relacionarse oralmente o por escrito con la Administraci¨®n del Estado en Catalu?a en catal¨¢n y a ser atendido sin que se le exija traducci¨®n.
Desconocimiento
En la pr¨¢ctica, la utilizaci¨®n de ese derecho a expresarse en catal¨¢n puede suponer un retraso, a veces considerable, en los tr¨¢mites, que no existir¨ªa si se utilizase el castellano. El ejemplo m¨¢s evidente es la Administraci¨®n de Justicia, donde el desconocimiento del catal¨¢n afecta a buena parte de jueces, secretarios judiciales y fiscales.La excepci¨®n a esa regla son los notarios, a los que se les concede un plazo de dos a?os para que adquieran un conocimiento adecuado y suficiente del catal¨¢n. Lo mismo ocurre con el profesorado de las universidades. Ese mismo periodo de dos a?os para la entrada en vigor es el que se establece para garantizar que se utilizar¨¢ el catal¨¢n a la hora de formalizar los contratos de adhesi¨®n, t¨ªtulos de valores, cheques, pagar¨¦s y talonarios. Las empresas y establecimientos que presten un servicio p¨²blico tambi¨¦n estar¨¢n obligadas dentro de dos a?os a usar el catal¨¢n en su rotulaci¨®n, megafon¨ªa y en las comunicaciones escritas.
El mayor margen, de cinco a?os, se concede a los trabajadores aut¨®nomos para cumplir las exigencias fijadas al comercio o bien para el etiquetado de productos. La ley no concreta el tiempo en el que el que el etiquetado de productos industriales y sus instrucciones de uso deber¨¢ hacerse tambi¨¦n en catal¨¢n, ni las cuotas de cinematograf¨ªa, ni cuando se hayan de proveer plazas en la administraci¨®n de justicia. En todos los casos se regular¨¢ por un reglamento.
La asociaci¨®n Convivencia C¨ªvica Catalana (CCC), que ha canalizado a buena parte de los detractores de la norma, encarg¨® un estudio al catedr¨¢tico de la Universidad Complutense Tom¨¢s Ram¨®n Fern¨¢ndez en el que se asegura que no existe deber constitucional de conocer la lengua catalana. La ley fija entre sus objetivos alcanzar la plena igualdad de derechos y deberes ling¨¹¨ªsticos "y de forma especial los de conocer las dos lenguas oficiales y usarlas".
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