Penas de hasta seis a?os y 36 millones de multa
Con hasta seis a?os de c¨¢rcel y hasta 36 millones de pesetas de multa, entre otras penas, podr¨¢n ser sancionados los responsables penales del desastre ecol¨®gico de Do?ana, seg¨²n el nuevo C¨®digo Penal, en vigor desde mayo de 1996, que endureci¨® notablemente los castigos para los delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente. La persecuci¨®n penal afecta no s¨®lo a los directivos de las industrias contaminantes, sino tambi¨¦n a las autoridades o funcionarios p¨²blicos que, por acci¨®n u omisi¨®n, hayan contribuido a la actividad contaminante. El C¨®digo Penal vigente castiga el delito ecol¨®gico con de seis meses a cuatro a?os de prisi¨®n, multa de hasta 36 millones de pesetas e inhabilitaci¨®n especial para profesi¨®n u oficio de uno a tres a?os.
Las conductas relacionadas con lo ocurrido en Do?ana aparecen descritas como la provocaci¨®n o realizaci¨®n directa o indirecta de vertidos en las aguas terrestres, mar¨ªtimas o subterr¨¢neas, si se contravienen las leyes o disposiciones sobre medio ambiente.
La pena podr¨ªa elevarse a seis a?os de c¨¢rcel, entre otros casos, cuando se hayan desobedecido las ¨®rdenes de la autoridad administrativa de correcci¨®n o suspensi¨®n de las actividades descritas, se haya obstaculizado la actividad inspectora de la Administraci¨®n o se haya producido un riesgo de deterioro irreversible y catastr¨®fico.
Funcionarios
El C¨®digo Penal sanciona tambi¨¦n a la autoridad o funcionario p¨²blico que, a sabiendas, hubiere informado favorablemente la concesi¨®n de licencias ilegales que autoricen el funcionamiento de las industrias o actividades contaminantes, o que con motivo de sus inspecciones hubieren silenciado la infracci¨®n de leyes o disposiciones. Adem¨¢s de inhabilitaci¨®n especial para empleo o cargo p¨²blico de siete a 10 a?os, se podr¨¢n imponer penas de prisi¨®n de seis meses a tres a?os y multa de hasta 36 millones. El juez o tribunal podr¨¢ imponer a las industrias que incurran en las actividades contaminantes descritas la clausura de la empresa, sus locales o establecimientos con car¨¢cter temporal o definitivo, o bien la intervenci¨®n de la empresa.
Otra modalidad de delito ecol¨®gico, en este caso castigada con multas de hasta 27 o hasta 36 millones y arresto de 18 a 24 fines de semana, es la que consiste en establecer ?dep¨®sitos o vertederos de desechos o residuos s¨®lidos o l¨ªquidos que sean t¨®xicos o peligrosos y puedan perjudicar gravemente el equilibrio de los sistemas naturales o la salud de las personas?.
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