El Supremo rechaza la revisi¨®n de la condena a Navarro en el "caso Filesa"
La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha rechazado la admisi¨®n a tr¨¢mite del recurso de revisi¨®n de la sentencia del caso Filesa, que conden¨® al ex diputado socialista Carlos Navarro a 11 a?os de prisi¨®n por delitos de falsedad en documento mercantil, asociaci¨®n il¨ªcita, y delito fiscal. El tribunal admite que despu¨¦s de la sentencia de Filesa se han aplicado en otras criterios opuestos, pero no considera que el cambio de criterio jurisprudencial se haya consolidado y, aunque as¨ª fuera, se considera insuficiente para dar lugar a la revisi¨®n.
El ex diputado socialista solicit¨® la revisi¨®n de la sentencia de Filesa con el prop¨®sito de que se revocase su condena a seis a?os de prisi¨®n por dos delitos continuados de falsedad en documento mercantil. Navarro argument¨® que en la sentencia del caso Argentia Trust, posterior a la de Filesa, consider¨® despenalizados en el nuevo C¨®digo Penal los delitos de falsedad ideol¨®gica -faltar a la verdad en la narraci¨®n de los hechos-, lo que supuso una reducci¨®n de la condena al ex banquero Mario Conde.El auto del Tribunal Supremo, del que ha sido ponente el magistrado Eduardo M¨®ner, explica que no puede afirmarse categ¨®ricamente que se haya consolidado un cambio jurisprudencial con la sentencia de "Argentia Trust" en un tema "tan disputado en la doctrina cient¨ªfica" como el de la falsedad ideol¨®gica.
Se?ala el tribunal que para que se produzca un cambio jurisprudencial ser¨ªa preciso que previamente se re¨²na el pleno de la Sala Segunda y, tras la oportuna deliberaci¨®n, se acordase as¨ª por todos los integrantes de la misma. "Ello no ha sucedido en el caso que se examina", a?ade la resoluci¨®n, que tampoco explica los motivos por los que no se ha reunido la Sala.
De todas formas, "a¨²n admitiendo el cambio jurisprudencial", prosigue el Supremo, "¨¦ste carecer¨ªa de fuerza para quebrar los efectos de la cosa juzgada formal en una sentencia firme, y constituir¨ªa, de aceptarse la tesis contraria, un elemento perturbador del principio de seguridad jur¨ªdica".
El certificado de penales
Por otro lado, fuentes del tribunal indicaron que el informe sobre el indulto a Carlos Navarro se emitir¨¢ de forma inminente, al haberse recibido ya el certificado de antecedentes del condenado. Esta demora provoc¨® que el pasado d¨ªa 22 la Sala dictase una providencia instando al Ministerio de Justicia a entregar la certificaci¨®n de la anotaci¨®n de la sentencia en el plazo de 48 horas, con la advertencia de que en caso contrario pondr¨ªan el hecho en conocimiento del fiscal del asunto.Por su parte, Justicia neg¨® ayer en una nota oficial que haya estado obstruyendo el expediente de indulto a Navarro, y culp¨® al Tribunal Supremo de no haberle remitido la "nota de condena" de ¨¦ste "debidamente cumplimentada".
Seg¨²n una nota de Justicia, el certificado de antecedentes penales de Navarro se encuentra en el Supremo desde el pasado 20 de mayo. La condena qued¨® inscrita siete d¨ªas antes, el d¨ªa 13 de mayo, porque el Supremo no le envi¨® la nota de condena "debidamente cumplimentada" hasta el 28 de abril. Con anterioridad, el ministerio "se vio obligado" a devolver en dos ocasiones la nota de condena al Supremo para que se aportasen los datos de filiaci¨®n -los nombres de los padres- del condenado.
Por su parte, el Supremo remiti¨® la nota de condena el 13 de noviembre de 1977 y reclam¨® el certificado de penales el pasado 12 de marzo, reiter¨® la petici¨®n el 18 del mismo mes, la reprodujo el 23 de abril y la requiri¨® "en 48 horas" el 12 de mayo, un d¨ªa antes de que Justicia inscribiese la condena.
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