Las escuchas se iniciar¨¢n sin permiso judicial si hay urgencia
La creaci¨®n de un juez ad hoc encargado de autorizar y controlar la interceptaci¨®n de comunicaciones -tanto telef¨®nicas, como postales o de otro tipo- que realiza el servicio secreto es la principal innovaci¨®n de la futura ley.Ser¨¢, seg¨²n el anteproyecto, un magistrado del Supremo, elegido por el Consejo General del Poder Judicial a partir de una terna de candidatos presentada por la Sala de Gobierno del alto tribunal. Los aspirantes deber¨¢n contar con un m¨ªnimo de a?os de experiencia, tanto en el Supremo como en la jurisdicci¨®n penal, y antes de su nombramiento ser¨¢ o¨ªda la Comisi¨®n de Secretos Oficiales del Congreso.
Esta f¨®rmula de elecci¨®n, que a¨²n podr¨ªa sufrir variaciones, ha sido preferida tras estudiar otros procedimientos de car¨¢cter autom¨¢tico, como la designaci¨®n del magistrado m¨¢s antiguo de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.
En todo caso, las escuchas ser¨¢n autorizadas o denegadas por dicho juez previa presentaci¨®n de una solicitud motivada por parte del director del Cesid, quien deber¨¢ especificar a qu¨¦ personas afecta y el lugar donde se realizar¨¢ la intervenci¨®n. El permiso se conceder¨¢ por un tiempo limitado, entre seis meses y un a?o, el procedimiento tendr¨¢ car¨¢cter secreto y las grabaciones ser¨¢n destruidas una vez archivada la investigaci¨®n.
Uno de los apartados que resultar¨¢ previsiblemente m¨¢s pol¨¦mico es el que permite al director del Cesid ordenar una escucha sin autorizaci¨®n judicial por razones de urgencia. En ese supuesto, la solicitud deber¨¢ presentarse al juez especial en un plazo m¨¢ximo de 24 horas, para que ¨¦ste confirme la intervenci¨®n o la revoque con car¨¢cter inmediato.
La competencia de este juez especial no se limitar¨¢ a controlar las restricciones del derecho a la inviolabilidad de las comunicaciones por parte del Cesid, sino tambi¨¦n del derecho a la inviolabilidad del domicilio. Dado que algunos pinchazos telef¨®nicos requieren penetrar en inmuebles, dicha entrada tambi¨¦n deber¨¢ tener autorizaci¨®n judicial.
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