?Inversi¨®n o valoraci¨®n de todos los medios probatorios?
El auto de la Sala Segunda es particularmente duro en uno de los motivos m¨¢s sensibles de un recurso de amparo, el de la presunta vulneraci¨®n del derecho a la presunci¨®n de inocencia. El fiscal del Constitucional, Antonio Narv¨¢ez, ya dec¨ªa que la existencia de "posibles elementos de juicio que pudieran llevar al an¨¢lisis m¨¢s detenido de la problem¨¢tica constitucional suscitada, bastar¨ªa por s¨ª solo para que ¨¦ste ministerio solicitara la admisi¨®n a tr¨¢mite del recurso". El fiscal se opuso.Los magistrados se?alan, frente a que se utilizaron "indicios", que el TC, seg¨²n diversas sentencias, "no tiene por qu¨¦ revisar las razones en virtud de las cuales un ¨®rgano judicial da mayor credibilidad a un elemento de juicio que a otro".
Pero, dicho esto, los magistrados cogen el toro. "La sentencia de casaci¨®n", dice el auto notificado ayer, "destaca que junto a la acreditaci¨®n del hecho de la transferencia del dinero (los 600 millones de pesetas) -no cuestionado por nadie- han existido hasta cinco indicios plenamente probados, de los que se infiere que la operaci¨®n [pago a Argentia Trust] se ha realizado en condiciones de semiclandestinidad... Se cumple as¨ª por el Tribunal Supremo la exigencia, derivada del derecho a la presunci¨®n de inocencia, de que los indicios se basen en hechos plenamente acreditados y que el ¨®rgano judicial explicite el razonamiento en virtud del cual, partiendo de los datos probados, llega a la conclusi¨®n de que el acusado realiz¨® la conducta tipificada como delito".
Sobre los medios de prueba, el auto concluye: "Es muy distinto afirmar que determinados medios de prueba no han sido valorados (que es lo que alega el recurrente) a decir que una vez hecha esta valoraci¨®n de todos los medios de prueba, de cargo y de descargo, el tribunal ha quedado convencido de la culpabilidad del recurrente (que es lo que hace la sentencia)".
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