La ley del n¨²mero
En el Derecho no hay reactivos qu¨ªmicos, ni microscopios, ni aceleradores de part¨ªculas. El jurista no dispone nada m¨¢s que de la palabra. ?sa es su ¨²nica herramienta para analizar las relaciones humanas y dar respuesta a los conflictos que se plantean en la convivencia entre unos y otros.El Derecho es, por tanto, la m¨¢s fr¨¢gil de todas las ¨¢reas del saber. Y es, sin embargo, con mucha diferencia, la que m¨¢s incidencia tiene sobre nuestra vida, ya que ninguna otra afecta de manera tan directa y con tanta intensidad a nuestra libertad personal y a la valoraci¨®n de nuestra dignidad por los dem¨¢s.
Justamente por eso, porque el Derecho s¨®lo dispone de la palabra y porque a trav¨¦s de la misma se tiene que dar respuesta a conflictos entre seres humanos de carne y hueso mediante la decisi¨®n de otros seres humanos, tambi¨¦n de carne y hueso, que ofician como jueces, es por lo que el progreso cient¨ªfico en el mundo del Derecho se ha expresado siempre en la afirmaci¨®n de criterios y t¨¦cnicas de objetivaci¨®n del razonamiento jur¨ªdico, con la finalidad de, en la medida de lo posible, reducir el subjetivismo y suprimir la arbitrariedad.
As¨ª ha sido en todas las ramas del Derecho. Pero en el Derecho Penal m¨¢s que en ninguna otra. Y en la valoraci¨®n de la prueba de cargo destructora de la presunci¨®n de inocencia m¨¢s que en ning¨²n otro momento en el proceso penal. La inter-subjetividad del conocimiento, es decir, la objetividad del mismo como consecuencia de que todas las personas adecuadamente preparadas entienden lo mismo ante una determinada proposici¨®n, que es el canon de cientificidad de las ciencias de la naturaleza, se debe procurar alcanzar tambi¨¦n en el Derecho en general y en el proceso penal en particular.
Esto es lo que late detr¨¢s de la doctrina del Tribunal Constitucional y del propio Tribunal Supremo sobre los principios que deben presidir la valoraci¨®n de la prueba en el proceso penal. Principios que excluyen el recurso a intuiciones indemostrables o a convicciones puramente subjetivas. La valoraci¨®n de la prueba debe descansar en las reglas de la l¨®gica, en las m¨¢ximas de la experiencia y en conocimientos susceptibles de ser expresados en t¨¦rminos objetivos de general aceptaci¨®n.
Nada de esto se ha respetado en la sentencia dictada por el Tribunal Supremo en el caso Segundo Marey. La sentencia es largu¨ªsima, pero, en lo que a la valoraci¨®n de la prueba de la participaci¨®n de Jos¨¦ Barrionuevo y Rafael Vera se refiere, la argumentaci¨®n jur¨ªdica acorde con las exigencias cient¨ªficas y metodol¨®gicas del Derecho constitucional-penal contempor¨¢neo es pr¨¢cticamente inexistente.
M¨¢s a¨²n. En determinados momentos es aberrante. La valoraci¨®n de la llamada a la Cruz Roja y, sobre todo, la explicaci¨®n de la interrupci¨®n de la prescripci¨®n suponen trasladar al proceso penal del Estado de derecho la forma de argumentar t¨ªpica de la jurisdicci¨®n militar en los supuestos de aplicaci¨®n del Estado de Sitio de nuestra historia predemocr¨¢tica. Realmente, resulta dif¨ªcil entender que nadie con un m¨ªnimo de formaci¨®n jur¨ªdica, de serenidad y de rigor intelectual haya podido poner su firma detr¨¢s de una argumentaci¨®n de este tipo.
Pero as¨ª ha sido. Tras la sentencia no hay nada m¨¢s que la ley del n¨²mero. Jos¨¦ Barrionuevo y Rafael Vera han sido condenados porque siete son m¨¢s que cuatro. Pero nada m¨¢s que por eso.
A pesar de ello, la sentencia es del Tribunal Supremo, que, en el Estado definido por la Constituci¨®n, es "el ¨®rgano jurisdiccional superior en todos los ¨®rdenes, salvo lo dispuesto en materias de garant¨ªas constitucionales."(art. 123 C.E.).
La sentencia tiene, en consecuencia, que ser acatada y respetada. Pero la obligaci¨®n de acatamiento y respeto no s¨®lo no es incompatible, sino que presupone el derecho a disentir de ella y a criticarla p¨²blicamente. En nuestro derecho a disentir y a criticar p¨²blicamente las resoluciones judiciales est¨¢ el fundamento de nuestra obligaci¨®n de acatarlas y respetarlas y no a la inversa. Espero que en esto, al menos, est¨¦ de acuerdo conmigo Javier Pradera.
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