El TSJC rechaza el reparto de alumnos "especiales" entre las escuelas
El Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a (TSJC) ha desestimado el recurso que presentaron las asociaciones de padres de Girona para lograr una distribuci¨®n equitativa de los alumnos con necesidades educativas especiales. La demanda planteada contra la Generalitat pretend¨ªa que el Departamento de Ense?anza hiciera cumplir una resoluci¨®n de 10 de marzo de 1997 que obliga a todos los centros privados concertados a reservar dos plazas por aula para alumnos que requieren atenci¨®n personalizada.
Las asociaciones de padres argumentan que la concentraci¨®n de hijos de inmigrantes extranjeros y de etnia gitana en los centros p¨²blicos les perjudica frente a los centros privados subvencionados y dificulta que puedan ofrecer una ense?anza de igual calidad. En el recurso, las asociaciones de padres apuntaban que la coincidencia de muchos alumnos con necesidades educativas especiales impide seguir un ritmo lectivo normal y dificulta su integraci¨®n. Adem¨¢s se ha constatado que esta situaci¨®n provoca cierto grado de rechazo social y algunas familias optan por llevar a sus hijos a otras escuelas. Por estos motivos, requirieron a la Generalitat que interviniera para inducir una distribuci¨®n m¨¢s equilibrada, ya que el curso pasado, de los 107 alumnos con necesidades especiales del ¨¢rea de Girona, 105 se matricularon en centros p¨²blicos y s¨®lo dos en centros privados concertados. La sentencia considera positiva la intenci¨®n de la propuesta y comparte la necesidad de evitar la desigualdad de la calidad de la ense?anza. La resoluci¨®n del Tribunal Superior de Justicia asevera que "no podr¨ªa considerarse plenamente satisfecho el derecho a la educaci¨®n sin el necesario respeto al principio de igualdad". El texto tambi¨¦n apunta que esto implica que los centros privados sostenidos con fondos p¨²blicos deben asumir la parte correspondiente a la educaci¨®n de los ni?os con necesidades educativas especiales con objeto de lograr una distribuci¨®n equilibrada. Sin embargo, el tribunal entiende que por encima de todo est¨¢ "el derecho de opci¨®n de los padres" para escoger el tipo de educaci¨®n que habr¨¢ de darse a sus hijos. Por ello concluye que "no se ha vulnerado el derecho a la educaci¨®n de los 107 ni?os con necesidades educativas especiales" puesto que a los dos que pidieron matricularse en una escuela concertada se les aprob¨® su solicitud. En cuanto a los otros 105, que prefirieron un centro p¨²blico, la sentencia afirma que no se ha probado que el nivel de educaci¨®n que reciben sea menor. "Uso escrupuloso" La delegaci¨®n territorial de Ense?anza en Girona considera que la desestimaci¨®n del recurso demuestra que act¨²an correctamente en los procesos de matriculaci¨®n y que hacen un "uso escrupuloso" de la normativa vigente. La asignaci¨®n de las plazas a alumnos con necesidades educativas especiales corresponde a las comisiones de matriculaci¨®n, que est¨¢n integradas por diferentes representantes del ¨¢mbito educativo, entre los que figuran el padre de un alumno de un centro p¨²blico y el padre de un alumno de un centro concertado. El pasado mes de mayo, CiU, con el apoyo del PP, impidi¨® que prosperara una moci¨®n presentada por el PSC en el Parlament para revisar las normas de preinscripci¨®n y matriculaci¨®n en los centros escolares de Catalu?a financiados con fondos p¨²blicos -lo que pretend¨ªa incluir a las escuelas concertadas- para evitar las concentraciones excesivas de inmigrantes reparti¨¦ndolos entre todas las escuelas. El diputado popular Josep Maria Francas dijo entonces: " no tiene que hacer nada, sino dejar a los inmigrantes que vayan a las escuelas que quieran". Esta postura coincide con la adoptada por el consejero de Ense?anza Xavier Hern¨¢ndez, quien a las cr¨ªticas que le llueven desde la izquierda acus¨¢ndole de cruzarse de brazos ante el fen¨®meno de la inmigraci¨®n, siempre ha respondido que "una pol¨ªtica integradora no tiene por qu¨¦ basarse en repartos forzosos de alumnos". El TSJC les ha dado la raz¨®n.
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