Un lago sin ley
Nadie hab¨ªa previsto un naufragio en el lago de Banyoles, por eso el rescate de los ancianos tuvo que efectuarse a nado o a bordo de los peque?os botes de remos de alquiler. Embarcaciones que nadie revisaba surcaban sus aguas pl¨¢cidas y los vigilantes municipales del lago, contratados ¨²nicamente durante el periodo de verano, hac¨ªan cumplir un reglamento destinado a controlar los desmanes de los domingueros que acampan ilegalmente en las orillas del lago. Nadie se ocup¨® de las graves y chapuceras manipulaciones del casco de la nave siniestrada, efectuadas a la vista de todos, que fueron confundidas con rutinarios trabajos de mantenimiento. Tampoco nadie exigi¨® a L"Oca, antes de hacerse a la mar cargada de pasaje, la estricta documentaci¨®n que regula los salvavidas, las bengalas y los equipos contra incendios. Las competencias sobre la seguridad en las aguas del lago parecen solaparse en algunos aspectos entre dos administraciones, pero ninguna de ellas se decidi¨® a ejercerlas. La ley 27/92 de Puertos del Estado y de la Marina Mercante constata que este organismo tiene jurisdicci¨®n sobre las aguas del Estado, incluidos lagos y aguas continentales. No obstante, el lago de Banyoles parece escapar de la reglamentaci¨®n estatal desde que en 1685, a trav¨¦s de una donaci¨®n real que reconoci¨® la importancia del lago en la vida del municipio, se cedi¨® su titularidad al Ayuntamiento y a sus habitantes. Banyoles se ha dotado del Reglamento de Actividades del Estany (RAE) para regular sus relaciones con la mayor extensi¨®n de agua natural del pa¨ªs. Esta normativa municipal, que proh¨ªbe acampar en la zona, engloba los intereses de todos los que se benefician de sus aguas: empresarios tur¨ªsticos, agricultores, deportistas, ba?istas... B¨¢sicamente, el centenar de art¨ªculos regula aspectos ecol¨®gicos y establece que las embarcaciones de paseo abandonen progresivamente los motores de gasoil en favor de la energ¨ªa el¨¦ctrica. Tambi¨¦n limita el n¨²mero de pasajeros de las barcas. El consistorio de Banyoles mantiene que todo lo que compete a la navegaci¨®n del lago queda fuera de su jurisdicci¨®n. La ley estatal que regula la navegaci¨®n establece que el control de construcci¨®n, botadura, pruebas, inspecci¨®n y autorizaci¨®n de los barcos corresponde solicitarlo y tramitarlo al constructor del nav¨ªo, siendo la inspecci¨®n y autorizaci¨®n del mismo competencia de la comandancia mar¨ªtima competente. Desde la comandancia de Palam¨®s se inform¨® ayer que, legalmente, la construcci¨®n del barco siniestrado no hab¨ªa terminado su proceso. El alcalde record¨® que, pese a las escrupulosas medidas de seguridad desplegadas en la celebraci¨®n de las pruebas de remo en el lago, durante los Juegos Ol¨ªmpicos de 1992, no se contempl¨® la posibilidad de que el Ayuntamiento tuviera que solicitar documentaci¨®n alguna a las numerosas embarcaciones que surcaron sus aguas.
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