Estrasburgo anula la pena impuesta por un tribunal militar similar al de Perote
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos, con sede en Estrasburgo (Francia), anul¨® ayer la condena de tres meses y medio de c¨¢rcel impuesta a un coronel espa?ol, por considerar que dos de los tres jueces militares que le juzgaron carec¨ªan de imparcialidad objetiva por haber intervenido en la instrucci¨®n. Esta doctrina puede llevar a la anulaci¨®n de la sentencia del caso Perote y de la mayor¨ªa de las dictadas por la jurisdicci¨®n castrense.
El Tribunal de Estrasburgo difundi¨® ayer una sentencia en la que estima la demanda interpuesta por el coronel Ricardo Castillo Algar y condena al Estado espa?ol, al que considera responsable de haber violado el art¨ªculo 6.1 del Convenio de Roma, que consagra el derecho a un juicio justo.La sentencia europea da la raz¨®n al abogado del militar, Gonzalo Mu?iz Vega, quien aleg¨® que dos de los tres jueces que condenaron a su cliente hab¨ªan incurrido en "falta de imparcialidad objetiva", pues intervinieron durante la instrucci¨®n del sumario (rechazaron el recurso contra el auto de procesamiento) y pudieron formarse un "prejuicio".
El 25 de mayo de 1994, el Tribunal Militar Central conden¨® al coronel Ricardo Castillo Algar a tres meses y medio de prisi¨®n por un delito contra la hacienda militar, cometido cinco a?os antes, cuando estaba al frente del Grupo de Operaciones Especiales de Granada, donde exist¨ªa un fondo econ¨®mico irregular.
El presidente y el ponente del tribunal sentenciador, los generales togados Eugenio S¨¢nchez Guzm¨¢n y Jos¨¦ Luis Rodr¨ªguez- Villasante, formaron parte de la sala que, el 7 de julio de 1992, rechaz¨® el recurso del coronel contra su procesamiento, en un auto en el que avalaban "la existencia de indicios suficientes pa-ra concluir la comisi¨®n de un delito militar".
El Gobierno espa?ol neg¨® que ambos jueces quedaran contaminados por su participaci¨®n en la instrucci¨®n, ya que se limitaron a aplicar lo dispuesto por el Tribunal Supremo, que oblig¨® a reabrir el sumario provisionalmente archivado, y ni siquiera fueron recusados por el defensor del coronel antes del juicio.
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos, al que acudi¨® el militar tras fracasar su recurso al Constitucional en 1995, considera, por el contrario, que "en las circunstancias de la causa, la imparcialidad del tribunal juzgador puede suscitar serias dudas y los temores del demandante pueden estar objetivamente justificados".
En consecuencia, condena al Estado espa?ol por violar la Convenci¨®n de Roma y le obliga a pagar al militar 760.000 pesetas en concepto de responsabilidad civil. Rechaza, por el contrario, el pago de una indemnizaci¨®n por los da?os morales, pues "la constataci¨®n de la violaci¨®n del derecho a un juicio justo es una satisfacci¨®n suficiente".
La importancia de esta sentencia radica en que las circunstancias estimadas por el Tribunal de Estrasburgo para anular la condena del coronel Castillo Algar se repiten en la mayor¨ªa de las sentencias dictadas por la jurisdicci¨®n militar. En concreto, dos de los miembros del tribunal que el 10 de julio de 1977 conden¨® al ex coronel Juan Alberto Perote a siete a?os de prisi¨®n por el robo de los papeles del Cesid formaron parte de la sala que resolvi¨® los m¨²ltiples recursos presentados durante el instrucci¨®n. El abogado de Perote, Jes¨²s Santaella, plante¨® sin ¨¦xito la recusaci¨®n del presidente del tribunal y del ponente, los generales togados Rodr¨ªguez-Villasante y Diego Ramos Cancedo, por este motivo.
Tras perder los recursos ante el Tribunal Supremo y el Constitucional, Santaella anunci¨® su prop¨®sito de acudir a Estrasburgo y ayer fue una de las personas que habl¨® con el abogado del coronel Castillo Algar para conocer de primera mano la sentencia.
En realidad, los casos afectados son innumerables, ya que se trata de un problema estructural de la jurisdicci¨®n castrense. El Tribunal Militar Central, reservado a los oficiales de alta graduaci¨®n, cuenta con cinco jueces togados. Como la sala que resuelve los recursos debe estar formada por tres jueces y la que juzga la integran tambi¨¦n tres -junto a dos vocales militares-, es casi inevitable que al menos uno de los jueces repita en ambas.
Lo mismo sucede con la mayor¨ªa de los tribunales militares territoriales, competentes para juzgar a soldados, suboficiales y oficiales hasta comandante.
Lo sorprendente es que la ley que reorganiza las demarcaciones y plantillas de la jurisdicci¨®n militar, que actualmente se tramita en el Parlamento, no resuelve este problema, conocido por los afectados desde hace tiempo, sino que lo agudiza, al suprimir una de las secciones del tribunal militar territorial de Madrid.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.
Sobre la firma
Archivado En
- Juan Alberto Perote
- Tribunal Estrasburgo
- Consejo de Europa
- Uni¨®n Europea
- Fuerzas armadas
- Justicia militar
- Organizaciones internacionales
- Relaciones exteriores
- Espa?a
- Caso escuchas Cesid
- Cesid
- Escuchas telef¨®nicas
- Servicios inteligencia
- Intromisi¨®n intimidad
- Seguridad nacional
- Corrupci¨®n pol¨ªtica
- Espionaje
- Casos judiciales
- Corrupci¨®n
- Defensa
- Fuerzas seguridad
- Delitos
- Justicia
- Pol¨ªtica