Empresas, accionistas e interesados
El ultim¨¢tum que dio en su d¨ªa Ford a los obreros de Almussafes (Valencia) me ha movido a la siguiente reflexi¨®n: ?Es posible que a estas alturas de la historia haya grandes empresas que no reconozcan compromisos y obligaciones morales para con sus stakeholders? Sit venia verbo! (Perm¨ªtanme usar el t¨¦rmino). Stakeholder significa el interesado, la persona f¨ªsica o moral que tiene un inter¨¦s, stake, en algo, aqu¨ª en una empresa. Las empresas tienen shareholders, los accionistas, que son los propietarios a cuyos intereses se debe dedicar la direcci¨®n m¨¢s que a los suyos propios. Nadie duda de que la empresa -por lo que se debe entender los directivos y gerentes contratados por el consejo de administraci¨®n en nombre de los accionistas- tiene una responsabilidad y compromiso para con los accionistas, responsabilidad que no siempre cumple bien, como por ejemplo, cuando los directivos se enriquecen a costa de los accionistas. Casos hemos visto no hace mucho en Espa?a, y en Chile hace todav¨ªa menos. La teor¨ªa econ¨®mica analiza esta relaci¨®n entre gerencia y propiedad por medio de la teor¨ªa de la agencia, que, entre otras cosas, versa sobre el dise?o de incentivos eficaces, que suelen ser enormes emolumentos con participaci¨®n en las ganancias y en la propiedad, para que los gerentes velen por los intereses de los accionistas como por los suyos propios.Pero las empresas, adem¨¢s de accionistas, que sin duda son los primeros interesados en que marchen bien, tienen otros stakeholders, aqu¨¦llos que dependen quiz¨¢ de una manera m¨¢s inmediata y vital de su buena marcha. Me refiero a todos aqu¨¦llos cuyas vidas profesionales, negocios, ingresos y la provisi¨®n de los medios de vida dependen directa o indirectamente de la vida y actividad de la empresa. Stakeholders son en primer lugar los empleados de la empresa y sus familias, las empresas que suministran materias primas, partes y componentes, las que suministran servicios (vigilancia, inform¨¢tica, catering, limpieza, etc¨¦tera), las comunidades y poblaciones en que se encuentras las empresas y de cuyas facilidades disfrutan a la vez que contribuyen a los gastos p¨²blicos. Estas personas, empresas subsidiarias, organizaciones y grupos humanos, ligados funcionalmente a la empresa, acaban formando con ella, despu¨¦s de una larga relaci¨®n(*), una comunidad de intereses creadora de obligaciones y responsabilidades mutuas. Una gran empresa establecida en una localidad peque?a es como una providencia local para la que trabaja y de la que viven la mayor parte de la poblaci¨®n. La empresa no puede ignorar esta situaci¨®n.
No nos referimos aqu¨ª ¨²nicamente a las obligaciones que se desprenden de los contratos de empleo, suministro, compra de factores de producci¨®n, alquileres, licencias administrativas, etc¨¦tera, que se firmaron en su d¨ªa, sino tambi¨¦n a las obligaciones no contractuales que se derivan de la convivencia, de lamutua dependencia, de haber trabajado juntos en armon¨ªa y con ¨¦xito, y de haber generado expectativas de que esa colaboraci¨®n, si las partes observaban las reglas del juego, podr¨ªa continuar indefinidamente. Estas expectativas de continuidad han llevado a los stakeholders a realizar inversiones espec¨ªficas a la relaci¨®n, para hacer su contribuci¨®n a ella m¨¢s productiva. Pensemos, por ejemplo, en todas las inversiones que la Comunidad de Valencia ha realizado para facilitar los accesos, el transporte de coches, la expansi¨®n de la f¨¢brica, la conservaci¨®n del paisaje en Almussafes.
Esto se ha hecho sin contrato, como una manifestaci¨®n de la voluntad de continuar y cuidar la relaci¨®n por parte de algunos stakeholders. En definitiva, se ha invertido demasiado en la relaci¨®n como para que, llegado un momento de crisis, se amenace con romperla, como si se desconocieran estas obligaciones no contractuales, pero humanas y sociales, que se han generado.
La cuesti¨®n de la ¨¦tica de las empresas, que se debate en todas las escuelas de negocios, empezaron por la de Harvard, por aquello de que "la ¨¦tica paga", versa en primer lugar sobre la responsabilidad de las empresas para con todos los que tienen intereses econ¨®micos y vitales en su funcionamiento y bienestar. Son obligaciones no s¨®lo para con los shareholders, que son obligaciones de justicia conmutativa, sino tambi¨¦n para con los stakeholders, que son obligaciones de justicia social. La corriente ¨¦tica lo afirma en¨¦rgicamente, la corriente pragm¨¢tica o c¨ªnica, insiste en que la primera y m¨¢s importante obligaci¨®n de la empresa es sobrevivir, lo que de hecho puede favorecer a algunos stakeholders, como los accionistas y directivos, en perjuicio de otros. Cada vez m¨¢s las empresas se apuntan a la corriente ¨¦tica y reconocen, dentro de los l¨ªmites -m¨¢s o menos razonables- que marca la competencia, sus responsabilidades y obligaciones, espec¨ªficas y diversas, sin duda, hacia el conjunto de stakeholders.
Por eso me extra?a la actitud de la Ford Espa?a, a quien cre¨ª orientada desde los tiempos de sus fundadores hacia la corriente ¨¦tica. Si una empresa ha estado durante m¨¢s de 20 a?os dando trabajo, negocios y medios de existencia a varias comunidades y a un colectivo de unas 30.000 personas, se ha generado un compromiso moral con ellos y no se puede cortar los lazos de dependencia por una disputa con los sindicatos, un proceso de negociaci¨®n, que es parte de la din¨¢mica de la empresa y para la cual los directivos tienen que estar preparados. La ¨¦tica empresarial es compatible con el uso de medios apropiados para tomar posiciones negociadoras favorables a la propuesta de los directivos; nadie se queja de eso. Pero no es ¨¦tico emplear medios que afectan a lo esencial de su relaci¨®n con los stakeholders, relaci¨®n que se romper¨ªa con unos enormes costos personales y sociales, si la empresa hubiera decidido irse de su actual emplazamiento o traspasara gran parte de su producci¨®n a otras f¨¢bricas.
Se dir¨¢ que, si la empresa reconoce sus obligaciones con todos los stakeholders, los sindicatos negocian con ventaja, porque saben que la empresa est¨¢ "detenida" o capturada como reh¨¦n de los sindicatos. En una relaci¨®n correcta las dos partes tienen obligaciones que respetar y cesiones que hacer. A la responsabilidad de los l¨ªderes sindicales corresponde no acorralar a la empresa, no crearla una situaci¨®n tal que su ¨²ltima y desesperada salida sea liarse la manta a la cabeza y salir corriendo. En otras partes ya lo han hecho, ¨¦tica o no.
* Que por ambas partes se entiende como de alguna manera vinculante.
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