El nuevo sistema de retenciones sobre las rentas del trabajo
El autor califica de hito fundamental la implantaci¨®n del nuevo sistema de retenciones en el Impuesto de la Renta de las Personas F¨ªsicas y subraya que pretende evitar la injusticia del anterior.
El pasado 18 de diciembre el Gobierno aprob¨® un nuevo modelo de retenciones. Este nuevo procedimiento para el c¨¢lculo de los pagos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas F¨ªsicas (IRPF) permite anticipar para 1999 y para el conjunto de los asalariados y pensionistas espa?oles la primera rebaja del impuesto sobre la renta de la historia de la democracia, recientemente aprobada por el Parlamento.La modificaci¨®n del sistema de retenciones y, en especial, el cambio operado en el r¨¦gimen de retenciones del trabajo, resultaba necesario tras la reciente aprobaci¨®n del nuevo Impuesto sobre la Renta de las Personas F¨ªsicas. En concreto el dise?o del nuevo impuesto m¨¢s bajo, m¨¢s equitativo y m¨¢s sencillo, gracias al cual m¨¢s de cinco millones de contribuyentes con rentas del trabajo inferiores a 3.500.000 pesetas no van resultar obligados a presentar declaraci¨®n, exig¨ªa, por su propia configuraci¨®n, un sistema de retenciones distinto al hasta ahora vigente.
El sistema que se sustituye adolec¨ªa de importantes problemas. En primer lugar, porque consegu¨ªa un escaso grado de ajuste entre el importe de las retenciones a cuenta y la tributaci¨®n final que soportaban los contribuyentes. Los trabajadores y los pensionistas estaban obligados a anticipar a la Hacienda P¨²blica, a trav¨¦s de retenciones, una cuant¨ªa de impuesto muy superior a la tributaci¨®n final que efectivamente les correspond¨ªa en funci¨®n de su nivel de renta para que, con posterioridad, la Administraci¨®n Tributaria les practicase la correspondiente devoluci¨®n de las cantidades indebidamente retenidas. Esta falta de ajuste ha provocado que, por ejemplo, en la ¨²ltima declaraci¨®n del IRPF presentada, casi 10.800.000 contribuyentes solicitase la devoluci¨®n de cantidades retenidas en exceso, por un importe total superior al bill¨®n de pesestas.
Adem¨¢s el modelo de retenciones era ineficiente y perjudicaba la creaci¨®n de empleo. La falta de ajuste entre el impuesto correspondiente a las rentas salariales percibidas y la retenci¨®n soportada por los trabajadores incrementaba el importe de la llamada "cU?a fiscal", es decir, el importe de la diferencia entre lo efectivamente satisfecho por el empresario en concepto de salario y la cuant¨ªa neta efectivamente percibida por los trabajadores. Este diferencial perjudica claramente la creaci¨®n de empleo.
Finalmente, el sistema de c¨¢lculo de las retenciones generaba el denominado "error de salto" lo que supon¨ªa que incrementos m¨ªnimos del sueldo generasen incrementos de la retenci¨®n que superaban incluso el importe del incremento de la retribuci¨®n este efecto provocaba que, en ocasiones, subidas salariales de reducida cuant¨ªa pudieran provocar incrementos de la retenci¨®n a soportar tan importantes. que acababan por minorar el importe del salario l¨ªquido percibido efectivamente por el trabajador.
Para solucionar todos estos problemas se ha dise?ado un sistema de retenci¨®n es que pretende conseguir tres objetivos principales. En primer lugar, trasladar a los asalariados y pensionistas, desde la primera n¨®mina de 1999, la rebaja del Impuesto sobre la Renta de las Personas F¨ªsicas. Esta rebaja va a suponer que la renta disponible en manos de los, trabajadores se incremente a lo largo de 1999 por la modificaci¨®n de las retenciones del trabajo en el entorno de 1770.000 millones de pesetas. De la rebaja del impuesto que recoge la nueva ley del IRPF (unos 550.000 millones) el 90% (unos 490.000 millones) es directamente imputable a los trabajadores pensionistas y se recoge en el propio ejercicio 1999 a, trav¨¦s del nuevo mecanismo de retenciones del trabajo. En segundo lugar, el nuevo modelo pretende mejorar el ajuste entre retenciones a cuenta y tributaci¨®n final. De este modo se procura evitar la injusticia que supone que los contribuyentes adelanten a la Hacienda P¨²blica una cantidad mayor que el importe de la tributaci¨®n final que les corresponde. Este mayor ajuste permitir¨¢ reducir el importe de las devoluciones a efectuar en el a?o 2000 en el entorno de 300.000 millones de pesetas. Finalmente, el nuevo mecanismo de retenciones pretende evitar los problemas ya apuntados que se derivan del mecanismo actual y que perjudican las posibilidades de creaci¨®n de empleo de nuestra econom¨ªa.
Conseguir estos objetivos y, en particular, conseguir un mayor ajuste entre retenciones y trIbutaci¨®n final exig¨ªa dise?ar un nuevo sistema de retenciones en el que la tradicional tabla de doble entrada con 26 tramos utilizada para el c¨¢lculo del tipo de retenci¨®n fuese sustituida por una tarifa de seis tramos que posibilita la adecuaci¨®n de los pagos a cuenta la tributaci¨®n definitiva y evita el denominado error de salto al que anteriormente hac¨ªa referencia. Este nuevo sistema de retenciones no supone que las empresas asuman un papel diferente al que actualmente desarrollan como consecuencia de su participaci¨®n en la gesti¨®n del Impuesto sobre la Renta de la Personas F¨ªsicas. Es cierto que el mayor ajuste entre retenci¨®n y tributaci¨®n final, necesario para una correcta gesti¨®n del impuesto correspondiente a los cinco millones de contribuyentes que no estar¨¢n obligados a presentar declaraci¨®n, exige a los empresarios asumir la aplicaci¨®n de un sistema diferente al que hasta ahora estaba en vigor pero que, sin embargo, no genera para. las empresas obligaciones muy distingas a las que hasta ahora ven¨ªan asumiendo en su trascendental tarea como colaboradoras de la gesti¨®n del tributo.
En todo caso, y para facilitar la aplicaci¨®n pr¨¢ctica del nuevo sistema, la Agencia Tributar¨ªa
ha puesto a disposici¨®n de los empresarios sistemas de ayuda, hasta hora inexistentes, que cubren las necesida des de adaptaci¨®n a las nuevas reten ciones de cualquier empresa. As¨ª, se han desarrollado herramientas de apoyo a la progra maci¨®n y progra mas inform¨¢ticos de ayuda -puestos a disposi ci¨®n de los retenedores de manera gratuita- para aquellas empresas, grandes, medianas o peque?as que gestionen de manera inform¨¢tica sus n¨®minas y desean adaptar sus sistemas de informaci¨®n. Igualmente, y por primera vez en, la historia, se ofrece a los peque?os empresarios que as¨ª lo soliciten la, posibilidad de que sea la propia Administraci¨®n Tributaria la que calcule, para cada caso concreto, el tipo de retenci¨®n aplicable a los trabajadores de la empresa.
Pero conseguir ese mayor ajuste entre retenci¨®n y tributaci¨®n efectiva exige calcular la retenci¨®n tomando en consideraci¨®n las circunstancias personales de los asalariados. Sin embargo, la informaci¨®n solicitada a los asalariados no supone de facto que la empresa deba conocer datos distintos de los que ya hoy tiene en su poder para el c¨¢lculo del tipo de retenci¨®n. En concreto, la aplicaci¨®n del sistema de retenciones hasta ahora vigente exig¨ªa conocer, por parte de los empresarios, informaci¨®n relativa al a?o de nacimiento del trabajador, el n¨²mero de hijos y su a?o de nacimiento, que la cuant¨ªa de sus rentas anuales no exced¨ªa del salarlo m¨ªnimo interprofesional o el importe de las pensiones compensatorias a favor de los c¨®nyuges que los trabajadores estuvieran obligados a satisfacer.
Otra informaci¨®n, ahora relevante para el mejor ajuste de la retenci¨®n, como la relativa al grado de minusval¨ªa del trabajador, era conocida por los empresarios a efectos de la aplicaci¨®n de otros incentivos fiscales. Igualmente, la minusval¨ªa de los hijos se comunica ya hoy a los empresarios -de conformidad con lo establecido por diferentes convenios colectivos- para la obtenci¨®n de determinadas ventajas de naturaleza laboral. M¨¢s all¨¢ de esta informaci¨®n el nuevo reglamento de retenciones s¨®lo plantea la posibilidad de que el trabajador comunique, de manera voluntaria y para conseguir un mejor ajuste de la cuant¨ªa total de las retenciones, si tiene c¨®nyuge a su cargo. Esta informaci¨®n, que es por su naturaleza similar a la que hoy se facilita al empresario al efecto del c¨¢lculo de las retenciones, no parece afectar a la intimidad de los trabajadores m¨¢s all¨¢ de lo que ya hoy sucede con otra informaci¨®n -matrimonio, fallecimiento o enfermedad de familiares cercanos, etc¨¦tera- que el propio Estatuto de los Trabajadores exige que los asalariados justifiquen ante sus empleadores para disfrutar de permisos u otras ventajas laborales concretas.
En definitiva, podemos afirmar que el nuevo sistema de retenciones del trabajo supone un hito fundamental en la implantaci¨®n de la reforma del Impuesto sobre la Renta de las Personas F¨ªsicas. Primero, porque articular la rebaja del impuesto sobre la renta desde principios de 1999 para los 10 millones de perceptores de rentas del trabajo que hoy est¨¢n sometidos a retenci¨®n. Segundo, porque adecua el importe de la retenci¨®n a la tributaci¨®n final en la medida que toma en consideraci¨®n las circunstancias personales y familiares que concurren en el trabajador y que son tenidas encuenta para el c¨¢lculo de la retenci¨®n. En tercer lugar, porque esta adecuaci¨®n permite atenuar la injusticia del actual sistema de retenciones que obliga a los asalariados y pensionistas a anticipar en concepto de retenci¨®n una cuant¨ªa muy superior al importe de su tributaci¨®n definitiva. Finalmente porque se corrigen importantes deficiencias funcionales de las que adolec¨ªa el sistema hasta ahora vigente. Parece l¨®gico que un sistema como el que se propone, en la medida que es nuevo, genere cierta incertidumbre derivada de su propia novedad y de la inquietud que produce en quienes tienen que modificar pautas de comportamiento plenamente consolidadas. Sin embargo, los objetivos que se persiguen y los resultados que los ciudadanos podr¨¢n observar, a partir de la primera n¨®mina de 1999 justifican plenamente la colaboraci¨®n que se sol¨ªcita de los que tienen que aplicar directamente el nuevo sistema.
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