Los jueces otorgan el tercer grado a un violador en contra de Prisiones
La Audiencia Provincial de Madrid critica en un auto a la Direcci¨®n General de Instituciones Penitenciarias por haber negado a un agresor sexual, sin justificaci¨®n, el tercer grado penitenciario (este beneficio supone que el interno s¨®lo tendr¨¢ que acudir a prisi¨®n para pernoctar y que puede trabajar durante el d¨ªa en la calle). Aun reconociendo la gravedad del delito cometido por Emilio G.E., condenado a seis a?os de c¨¢rcel en 1994 por un delito de agresi¨®n sexual, el tribunal lamenta que la Direcci¨®n General de Instituciones Penitenciarias utilice ocho escuetas l¨ªneas con "motivaciones gen¨¦ricas" para negarle al interno ese beneficio.El tribunal ha concedido el tercer grado a este interno en contra del criterio de la Direcci¨®n General de Instituciones Penitenciarias y del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria n¨²mero 2 de Madrid, pero de acuerdo con la junta de tratamiento de la prisi¨®n. ?sta dictamin¨® por unanimidad otorgar el tercer grado al preso, pero la direcci¨®n general revoc¨® la decisi¨®n.
La Audiencia Provincial de Madrid afirma que es un mandato legal no mantener a un interno en un grado inferior "cuando por la evoluci¨®n de su tratamiento se haga merecedor" de tener otro m¨¢s beneficioso. Emilio G.E. cumple todos los requisitos para ello, como advierte la junta de tratamiento; sin embargo, la direcci¨®n general le revoca el tercer grado "en un impreso normalizado" de apenas ocho l¨ªneas en el que, a grandes rasgos, se opone al tercer grado "dada la gravedad del delito", una raz¨®n que, seg¨²n la Audiencia, "la ley no tiene por tal".
Trabajo y familia
El tribunal admite que el delito es grave, pero matiza que ocurri¨® hace cuatro a?os, que el interno ha estado en libertad provisional e ingres¨® voluntariamente en prisi¨®n cuando la sentencia deriv¨® en firme, ha resarcido por la v¨ªa civil a la v¨ªctima, goza de un buen ambiente familiar, tiene asegurado un trabajo si accede al tercer grado y los informes de la prisi¨®n "no pueden ser mejores ni m¨¢s expl¨ªcitos"."En tales condiciones", se?ala el tribunal, "s¨®lo el miedo puede paralizar la concesi¨®n del tercer grado al interno, miedo a una improbabil¨ªsima pero terriblemente dolorosa reiteraci¨®n del delito; miedo a ese sector de opini¨®n que en tales casos convierte a la Administraci¨®n o al juez en cooperador del delincuente y en corresponsable de la infracci¨®n; miedo al propio sentimiento de culpa por el sufrimiento de terceros inocentes evitable si lo que a posteriori se revela como un error se hubiera mostrado como tal a priori".
A lo cual, los magistrados a?aden: "Tras algunos a?os ocup¨¢ndose de la segunda instancia penitenciaria, este tribunal siente continuamente ese miedo, pero al mismo tiempo es consciente de que, si se deja vencer por ¨¦l, ser¨¢ incapaz de cumplir la funci¨®n que constitucionalmente se le asigna".
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