El Colegio de Abogados acepta participar en los juicios r¨¢pidos
El Colegio de Abogados de Madrid ha comunicado al decanato de los juzgados madrile?os su conformidad con el protocolo de actuaci¨®n establecido para poder celebrar juicios en menos de diez d¨ªas desde la puesta a disposici¨®n judicial del detenido. El protocolo deber¨¢ ser ratificado a¨²n por la Fiscal¨ªa del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. "Hemos dado nuestra conformidad, aunque ser¨¢ la experiencia la que marcar¨¢ el camino para adaptar la actuaci¨®n de todos a las exigencias del ciudadano. Para el colegio es esencial tutelar el derecho de defensa en todo momento, para que los juicios r¨¢pidos no mermen garant¨ªas procesales", afirma Luis Mart¨ª Mingarro, decano del colegio.
El protocolo se?ala que los juicios r¨¢pidos, que necesitan de la aquiescencia del detenido, se limitar¨¢n a aquellos delitos cuyo enjuiciamiento y fallo sea competencia de los juzgados de lo penal (y, por tanto, correspondan a delitos con penas inferiores a cinco a?os), aunque pueda ampliarse tambi¨¦n a los de la Audiencia Provincial. Los juicios r¨¢pidos se podr¨¢n aplicar asimismo a parte de los atestados que corresponden a los juzgados de guardia.
A disposici¨®n de estos servicios judiciales y del fiscal habr¨¢ tanto un perito judicial, para efectuar tasaciones, como un laboratorio de an¨¢lisis cl¨ªnicos, donde, bajo la direcci¨®n del m¨¦dico forense, se determinar¨¢ la presencia de drogas, estupefacientes o alcohol en sangre u orina. Adem¨¢s, los an¨¢lisis farmacol¨®gicos de las sustancias intervenidas se realizar¨¢n por un laboratorio de la Direcci¨®n General de Farmacia o del Instituto Nacional de Toxicolog¨ªa.
El juez y el fiscal se coordinar¨¢n para seleccionar aquellos atestados que puedan ser objeto de tramitaci¨®n acelerada. Cuando el abogado defensor considere previsible el acuerdo de su representado se le facilitar¨¢ el acceso al detenido aun antes de su primera declaraci¨®n.
En el momento de la declaraci¨®n se le notificar¨¢ al detenido la decisi¨®n de incoar un juicio r¨¢pido para que su letrado manifieste si est¨¢ conforme con el mismo.
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