El Tribunal Superior recuerda a la polic¨ªa que no puede expulsar a un inmigrante alegando que le ha detenido
El Tribunal Superior de Madrid recuerda en una sentencia que no se puede expulsar de Espa?a a un inmigrante por el mero hecho de que ha sido detenido por la polic¨ªa o est¨¢ inmerso en un procedimiento judicial penal. Recuerdan los jueces que el principio de presunci¨®n de inocencia no es exclusivo de los espa?oles, sino que rige tambi¨¦n para los extranjeros residentes en Espa?a. ?stas son las premisas que emplea la Secci¨®n Primera del alto tribunal madrile?o para derogar la orden de expulsi¨®n que dict¨® en 1994 la Delegaci¨®n del Gobierno de Madrid contra el inmigrante Dariuzs Staniszewiaki. La delegaci¨®n le expuls¨® de Espa?a y le prohibi¨® pisar el pa¨ªs durante tres a?os, argumentando que estaba implicado en un supuesto delito contra la libertad y seguridad en el trabajo. "El mero hecho de estar implicado en unas diligencias policiales o judiciales no constituye, por s¨ª mismo, la realizaci¨®n de una actividad contraria al orden p¨²blico", se?ala el tribunal. Para echarle es necesario "demostrar" que el inmigrante ha cometido efectivamente un delito, y la ¨²nica forma v¨¢lida de acreditarlo es mediante una sentencia judicial firme. Por tanto, hay que esperar a que el juez penal se pronuncie para, en su caso, acordar la expulsi¨®n del reo.
Staniszewiaki, que dispon¨ªa de los permisos de trabajo y residencia en Espa?a, fue expulsado por la "mera sospecha" policial de que hab¨ªa atentado contra la seguridad en el trabajo. El juez de la plaza de Castilla que investig¨® el caso termin¨® archiv¨¢ndolo por entender que la actuaci¨®n del inmigrante no era susceptible de reproche penal. Pero, para entonces, Staniszewiaki ya hab¨ªa sido expulsado de Espa?a. "Los extranjeros", apostillan los jueces, "tambi¨¦n est¨¢n amparados por la presunci¨®n de inocencia" y "los hechos que constituyan el motivo administrativo de la expulsi¨®n han de quedar probados". As¨ª pues, no basta alegar "presunciones, indicios o sospechas". Por todo ello, el tribunal anula la citada orden gubernamental de expulsi¨®n y ordena que se restituyan al inmigrante los permisos de residencia y trabajo arrebatados.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
?Tienes una suscripci¨®n de empresa? Accede aqu¨ª para contratar m¨¢s cuentas.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.