El Supremo no ve alevos¨ªa en un hombre que apu?al¨® a su esposa mientras dorm¨ªa
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que no aprecia la agravante de alevos¨ªa en un hombre que atac¨® a su mujer mientras dorm¨ªa y la asest¨® ocho pu?aladas en las manos y el cuello, por lo que le rebaja de ocho a?os y medio de c¨¢rcel a siete a?os y medio la pena que le hab¨ªa impuesto la Audiencia Provincial de Valencia. El Supremo considera que el relato de hechos de la sentencia de instancia apunta claramente a que coincidieron en el caso las dos condiciones que exige la agravante de alevos¨ªa, que son el aseguramiento de la agresi¨®n y la falta de riesgo para el agresor proveniente de la defensa que pudiera hacer el ofendido, ya que en este caso la v¨ªctima dorm¨ªa.
Sin embargo, a?ade que, en un an¨¢lisis m¨¢s atento, la sentencia suscita una "fundada duda" sobre la forma en que realmente se desarroll¨® la agresi¨®n, al no precisar la posici¨®n que la v¨ªctima ten¨ªa cuando fue alcanzada por la primera cuchillada en una mano. En el caso de que el ataque se hubiera producido teniendo la v¨ªctima la mano alcanzada sobre el cuello o pr¨®xima al mismo, la estimaci¨®n de la alevos¨ªa no ofrecer¨ªa duda razonable.
El Supremo a?ade que, en la sentencia, se explica que tras el primer corte se inici¨® un forcejeo entre la v¨ªctima y el acusado, durante el cual el hombre le dijo que la iba a matar y le asest¨® las restantes pu?aladas, "en unas circunstancias tales -de activa defensa de la v¨ªctima- en las que no resulta ya evidente la calificaci¨®n de alevosa para la agresi¨®n del acusado".
"Ante tal duda -imposible de aclarar con los datos facilitados en la sentencia- estima este tribunal que lo procedente en Derecho, de acuerdo con el principio in dubio pro reo [en caso de duda, a favor del reo], es no apreciar la concurrencia de dicha circunstancia en el presente caso", dice el Supremo.
Los hechos probados de la sentencia se?alan que, el 30 de mayo de 1995, Mar¨ªa Jos¨¦ C. A. plante¨® a su marido, Francisco Fern¨¢ndez Moreno, con quien llevaba casada 18 a?os y hab¨ªa tenido cuatro hijos, que quer¨ªa poner t¨¦rmino a la relaci¨®n, lo que desencaden¨® una discusi¨®n entre ambos, ya que ¨¦l quer¨ªa seguir la convivencia marital.
Tras la cena, la mujer se acost¨® en el sof¨¢ de la sala de su casa, y, ya en la madrugada del 31 de mayo, Francisco Fern¨¢ndez cogi¨® un cuchillo de cocina y, sin mediar palabra, agredi¨® a su compa?era, que en esos momentos dorm¨ªa, y que no despert¨® hasta notar el primer corte. El hombre le dijo entonces la frase "te voy a matar", y le asest¨® otras siete pu?aladas en el cuello y zonas cercanas.
La Audiencia de Valencia conden¨® al hombre a ocho a?os y medio de prisi¨®n por un delito de asesinato (lo que implica que se apreci¨® la agravante de alevos¨ªa) en grado de tentativa, con la atenuante de arrepentimiento espont¨¢neo.
El alto tribunal le condena a siete a?os y medio de prisi¨®n mayor por un delito de homicidio en grado de frustraci¨®n.
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