Una juez niega el seguro de paro a Salce Elvira por ser dirigente sindical
El Juzgado de lo Social n¨²mero 5 de Madrid ha denegado a Salce Elvira el derecho a cobrar el seguro de desempleo por los a?os cotizados cuando era dirigente de CCOO y liberada a sueldo del sindicato. La sentencia afirma que la actividad como sindicalista es "de naturaleza asociativa y representativa", lo que excluye la relaci¨®n laboral, y no considera vinculante un fallo en sentido contrario del Juzgado n¨²mero 25 de Madrid que s¨ª reconoci¨® la prestaci¨®n por desempleo a Agust¨ªn Moreno.
Salce Elvira, que sigue formando parte de la ejecutiva de CCOO, aunque no liberada con derecho a sueldo al formar parte del sector cr¨ªtico, prepara con su abogado, Juan Dur¨¢n, un recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Mientras tanto, s¨®lo tiene la posibilidad de cobrar prestaci¨®n de paro durante ocho meses, por la etapa que ha trabajado como profesora del Ministerio de Educaci¨®n y Cultura entre septiembre de 1996 y el mismo mes de 1998. El fallo judicial, al igual que hab¨ªa hecho antes el Inem, no le reconoce derecho por sus cotizaciones en los cuatro a?os anteriores de dirigente sindical.
La resoluci¨®n se produce cuando el Ministerio de Trabajo baraja normalizar estas relaciones, y prev¨¦ incluir en la ley a los cargos de direcci¨®n de las centrales. Adem¨¢s, el propio sindicato CCOO se enfrentar¨¢ en los pr¨®ximos meses a un proceso de congresos en el que pueden abandonar sus responsabilidades ejecutivas personas que no tienen empresa a la que volver, como es el caso del actual secretario general, Antonio Guti¨¦rrez, o que pertenecen a compa?¨ªas en reconversi¨®n.
30 a?os cotizados
Salce Elvira cotiza a la Seguridad Social desde 1964, y sali¨® de Westinghouse (ahora grupo ABB) cuando, a ra¨ªz de la reestructuraci¨®n de 1990, cerraron las oficinas centrales de Cenemesa. El fallo judicial no tiene en cuenta esos a?os cotizados, y argumenta que s¨®lo cabe "la retroacci¨®n en la b¨²squeda de cuotas" por desempleo cuando existe una excedencia forzosa por cargo p¨²blico. La titular del juzgado, Margarita Silva, entiende que ¨¦ste no es el caso, y que la demandante "estuvo ejerciendo funciones sindicales y no laborales en el sindicato CCOO". En cuanto al no reconocimiento a efectos de la prestaci¨®n de paro del periodo como dirigente sindical, afirma que de ello "no cabe deducir un quebranto o afectaci¨®n del derecho a la libertad sindical". Con esos argumentos, la juez desestima la demanda contra el Inem. Tambi¨¦n se dirig¨ªa contra CCOO, aunque el abogado del sindicato Enrique Lillo, en su calidad de "representante de la empresa", ha defendido que se reconozca el derecho a la prestaci¨®n de desempleo.
El Inem ya se lo hab¨ªa denegado anteriormente, en 1994, al exdirigente de UGT Ant¨®n Sarac¨ªbar, aunque no llev¨® el caso a los tribunales. Lo mismo hizo en 1996 con los miembros de CCOO Agust¨ªn Moreno y Salce Elvira. Moreno obtuvo una sentencia favorable en febrero de 1997, donde se argumenta que ser¨ªa un error discriminar a una persona por el hecho de trabajar como cargo sindical, y crear¨ªa una indefensi¨®n a quienes se dedican a esa actividad.
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