Mayores... con reparos
Parados de larga duraci¨®n, mayores de 40 o 50 a?os. Drama personal y familiar agravado por la dificultad que a?ade la edad al dif¨ªcil mercado laboral. Pero los peri¨®dicos siguen publicando anuncios con m¨¢rgenes de edad para acceder a algunos puestos de trabajo.
El suplemento Negocios de este peri¨®dico acoge un importante n¨²mero de ofertas de trabajo, e inclu¨ªa en su pen¨²ltimo n¨²mero, del pasado domingo d¨ªa 18, hasta catorce anuncios con precisiones de edad para ser candidato a determinados empleos.
Todos ellos fijaban topes de edad, algunos con cierta flexibilidad, y uno, curiosamente, marcaba una discriminaci¨®n que podr¨ªamos llamar positiva -frente a la negativa que habitualmente se mantiene a partir de cierta edad- al exigir personas mayores de 35 a?os.
Valent¨ªn Play¨¢, abogado y asesor de Senun, una asociaci¨®n de parados mayores de 40 a?os, se ha dirigido al Defensor y se?ala que para estas personas es muy deprimente leer este tipo de anuncios que establecen l¨ªmites de edad para los candidatos a un trabajo.
Play¨¢ se?ala el art¨ªculo 14 de la Constituci¨®n y el art¨ªculo 4.2 del Estatuto de los Trabajadores para apoyar jur¨ªdicamente su convencimiento de que los l¨ªmites de edad para acceder al empleo son ilegales por inconstitucionales.
El lector admite abiertamente que EL PA?S "no tiene responsabilidad directa en la publicaci¨®n de estos anuncios", pero pide que el peri¨®dico sea sensible a este problema y pregunta: "?Publicar¨ªan ustedes anuncios u ofertas de empleo que solicitaran abstenerse a gitanos, negros o jud¨ªos?". El lector concluye que "la discriminaci¨®n por edad es, en general, absolutamente arbitraria, tiene la misma protecci¨®n legal y los mismos nefastos perjuicios para los interesados y para la sociedad que la discriminaci¨®n por raz¨®n de raza, sexo religi¨®n, etc¨¦tra".
Play¨¢ incluye, junto a su carta, una serie de resoluciones de la Inspecci¨®n de Trabajo de Madrid en las que se reconoce la ilegalidad de este tipo de ofertas.
Una resoluci¨®n de la Subdirecci¨®n General de Asistencia T¨¦cnica, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, advert¨ªa, en 1997, al jefe de la Inspecci¨®n Provincial de Trabajo de Madrid que las limitaciones de edad en las ofertas de trabajo son ilegales y se apoyaba en la doctrina establecida por el Tribunal Constitucional que declar¨® discriminatorio que el requisito de edad fuese un presupuesto excluyente para acceder a un puesto de trabajo, aunque admit¨ªa que pueda figurar en un anuncio el requisito de una determinada edad "justific¨¢ndola razonablemente".
Este mismo escrito, que respond¨ªa a una consulta de la Inspecci¨®n de Trabajo de Madrid, se?alaba que "no procede realizar actuaciones sobre los diarios" que puedan incluir anuncios de este tipo. Queda, por tanto, a salvo la legalidad de la actuaci¨®n del peri¨®dico, pero el problema, en opini¨®n del Defensor, no debe plantearse en t¨¦rminos estrictamente jur¨ªdicos por lo que respecta a la publicaci¨®n.
Con la Constituci¨®n
Claro que no es posible olvidar el art¨ªculo 14 de la Constituci¨®n, que proclama la igualdad de todos los espa?oles ante la ley y proscribe cualquier discriminaci¨®n "por raz¨®n de nacimiento, raza, sexo, religi¨®n, opini¨®n o cualquier otra condici¨®n o circunstancia personal o social". Afortunadamente, la Constituci¨®n no se olvida en este peri¨®dico. Tanto, que bajo el apartado de Trabajo, en la secci¨®n diaria de anuncios breves, se incluye, como recordatorio, el texto del art¨ªculo 35 de la Carta Magna, el art¨ªculo 42 de la Ley B¨¢sica de Empleo, y recoge, adem¨¢s, el principio de igualdad entre hombre y mujer que consagran varias directivas de la Uni¨®n Europea en este campo.
Ricardo Casillas, director del departamento de publicidad del peri¨®dico, ha respondido al Defensor, ante la queja del lector, y se?ala que ¨¦l y sus colaboradores encuentran textos publicitarios como ¨¦stos: "Trabajo de 30 a 40 a?os". "Empleo s¨®lo para se?oritas". "Secretarias de 30 a 35 a?os, rubias". "Hombres de 45 a?os, anglosajones".
"Todos estos ejemplos", dice Casillas, "los encontramos en la preparaci¨®n, maquetaci¨®n, diagramaci¨®n y montaje de las p¨¢ginas de oferta de empleo en el suplemento de Negocios".
Casillas cita textualmente el art¨ªculo 35 de la Constituci¨®n, que consagra el deber de trabajar y el derecho al trabajo..., "sin que en ning¨²n caso pueda hacerse discriminaci¨®n por raz¨®n de sexo".
Concluye que "la direcci¨®n de publicidad de EL PA?S intenta, dentro de la cantidad de p¨¢ginas con ofertas de empleo que aparecen en dicho suplemento, tener en cuenta este art¨ªculo de la Constituci¨®n y, en la medida de sus posibilidades, rechaza anuncios con textos como los anteriormente mencionados".
El definitiva, el Defensor piensa que el peri¨®dico no tiene ninguna responsabilidad en la inclusi¨®n de este tipo de anuncios, pero debe extremarse el cuidado para excluir todos los que sean abiertamente discriminatorios, incluidos los que se apoyen en razones de edad injustificadas para ofrecer un empleo.
Empleo y relax
Hay otra queja con respecto a la publicidad de ofertas de trabajo. Desde que el actual Defensor inici¨® su tarea en el mes de enero, ha venido recibiendo la llamada recurrente de un lector que advierte de que en la secci¨®n de ofertas de trabajo, en los anuncios breves, se cuelan algunas que pertenecen al mundo que, eufem¨ªsticamente, se denomina del relax El propio Casillas ha indicado que el peri¨®dico ha querido diferenciar con mucho cuidado este campo, de modo que ha creado una secci¨®n general para ofertas de trabajo y una espec¨ªfica de anuncios de empleo con el r¨®tulo "Ofertas/Relax", aunque admite que, en ocasiones, puede colarse alguna, por inadvertencia o por la habilidad de algunos anunciantes, con textos ambiguos que se prestan a confusi¨®n.
Los lectores pueden escribir al Defensor del Lector por carta o correo electr¨®nico (defensor@elpais.es), o tel¨¦fonearle al n¨²mero 91 337 78 36.
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