Cultura no podr¨¢ negar ayuda a discogr¨¢ficas y autores no catalanes, seg¨²n el Supremo
El Tribunal Supremo ha establecido, mediante una sentencia que se dio a conocer ayer, que la Generalitat no puede excluir de los concursos de ayudas para promocionar el uso del catal¨¢n a las compa?¨ªas discogr¨¢ficas que no tengan sede en Catalu?a o que produzcan a autores no catalanes pero que canten en esa lengua. El Supremo confirma otra sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a que en 1992, a instancias de un recurso presentado por el Ministerio de Cultura, anul¨® dos puntos de una convocatoria de ayudas de 1989 del Departamento de Cultura. Los dos requisitos anulados se refieren a que las empresas discogr¨¢ficas tengan sede social o delegaci¨®n en Catalu?a y a que el autor o int¨¦rprete sea catal¨¢n. El texto de la sentencia se?ala que la condici¨®n de que los discos sean producidos por empresas con sede en Catalu?a "contraviene el principio de libre concurrencia a las convocatorias p¨²blicas". En cuanto al requisito de que los autores sean catalanes, el Tribunal Supremo se?ala que producir¨ªa "una discriminaci¨®n injustificada". El Departamento de Cultura, sin embargo, consider¨® "positiva" la sentencia. A juicio de Vicen? Villatoro, director general de Promoci¨®n Cultural, la sentencia del Supremo "refuerza la l¨ªnea estrat¨¦gica del departamento, que es la de favorecer la oferta discogr¨¢fica en catal¨¢n". "Cre¨ªamos", continu¨®, "que s¨®lo pod¨ªamos favorecer a los autores catalanes y a las empresas radicadas en Catalu?a, pero la sentencia va m¨¢s all¨¢". Fuentes del departamento a?adieron que la sentencia "hace posible las ayudas fuera de las fronteras administrativas de Catalu?a".
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