Creaci¨®n art¨ªstica y libertad de expresi¨®n
El vicerrector rechaza que la Aut¨®noma haya censurado una exposici¨®n y defiende "que la libertad absoluta de creaci¨®n art¨ªstica no implica un derecho absoluto a a la comunicaci¨®n de esa creaci¨®n"
Un suceso acaecido los d¨ªas pasados en el campus de Cantoblanco de la Universidad Aut¨®noma de Madrid ha alcanzado tal difusi¨®n en ambientes universitarios y en algunos medios de comunicaci¨®n, y ha dado lugar a una pol¨¦mica tan viva, que no resulta improcedente relatar aqu¨ª los hechos y exponer algunos argumentos con objeto de dar cumplida informaci¨®n general, justificar p¨²blicamente la actuaci¨®n y suscitar la reflexi¨®n y la cr¨ªtica.Por iniciativa de un profesor y varios estudiantes del departamento de Historia y Teor¨ªa del Arte, la Universidad Aut¨®noma de Madrid convoc¨® a finales de 1998 un concurso para montar instalaciones temporales con fines art¨ªsticos en espacios p¨²blicos universitarios sin perjudicar el desarrollo habitual de la actividad docente e investigadora. Los autores de la idea, por delegaci¨®n al menos impl¨ªcita de responsables de la universidad, difundieron la convocatoria y seleccionaron siete propuestas entre unas cincuenta que concursaron. Se solicit¨® permiso a los decanos de los centros donde se iban a montar las instalaciones, que, en efecto, fueron preparadas durante el fin de semana previo al lunes 19 de abril, fecha prevista para la inauguraci¨®n. Esa misma ma?ana, responsables de la universidad recibieron protestas contra una instalaci¨®n, consistente en la exhibici¨®n de fotos fijadas a las paredes, v¨ªdeos y objetos de contenido pornogr¨¢fico, en los aseos y en las escaleras que descienden a los mismos desde el vest¨ªbulo de la Facultad de Filosof¨ªa y Letras, tras una cortina de ba?o colgada en un vano del per¨ªmetro de acceso al edificio. Ante las protestas, el rector comunic¨® en la inauguraci¨®n que suspend¨ªa temporalmente la divulgaci¨®n de la instalaci¨®n en aquel lugar para recabar informaci¨®n, evitar que fuera visitada por menores y, en su caso, someter la aprobaci¨®n de su exhibici¨®n a los ¨®rganos colectivos de la universidad. Este vest¨ªbulo, en efecto, es frecuentado por hijos de profesores y de otras personas que trabajan all¨ª, que estudian en el colegio p¨²blico que hay en el campus, y por ni?os que visitan el Museo de Artes y Tradiciones Populares. Ante esto, los concursantes seleccionados anunciaron su retirada y salieron de la sala. Ese mismo d¨ªa aparecieron carteles contra la decisi¨®n del rector. Al d¨ªa siguiente, martes, reunidos los responsables del departamento, de la facultad y de la universidad, y los promotores de las jornadas, se acord¨® por unanimidad, y con la aceptaci¨®n de todos los autores de las propuestas seleccionadas, divulgar la instalaci¨®n con una advertencia sobre su contenido, indicar que no debe ser visitada por menores, cerrar la visi¨®n mediante una cortina para permitir el paso por el zagu¨¢n sin presenciar la intervenci¨®n, estudiar cualquier otra actuaci¨®n no prevista en el proyecto de intervenci¨®n seleccionado en su d¨ªa y prohibir la exhibici¨®n de un animal vivo que preve¨ªa el proyecto, todo ello bajo la supervisi¨®n de un estudiante. El claustro, convocado en sesi¨®n ordinaria para otros temas, fue informado y dio su visto bueno al acuerdo.
Este episodio ha suscitado la pol¨¦mica en ¨¢mbitos universitarios. La discusi¨®n intelectual sosiega ¨¢nimos, elimina aspectos posiblemente escabrosos y ofrece ocasi¨®n para reflexionar sobre el arte. Los argumentos esgrimidos se pueden resumir as¨ª. Para unos es intolerable que se permita divulgar pornograf¨ªa en un recinto universitario, aunque sea en el marco de unas jornadas de intervenci¨®n art¨ªstica, pues las obras de contenido pornogr¨¢fico no pueden ser art¨ªsticas. Este modo de pensar supone determinar previamente qu¨¦ contenidos son de naturaleza art¨ªstica. Como hay obras literarias y pl¨¢sticas de contenido pornogr¨¢fico que son socialmente consideradas art¨ªsticas, al menos por la forma con la que est¨¢n expresadas, es imposible predecir cu¨¢les tendr¨¢n esa categor¨ªa antes de examinar su forma.
Para otros es intolerable lo que califican como censura de una obra creativa, porque atenta contra la libertad de creaci¨®n art¨ªstica. A quienes argumentan as¨ª hay que responder que la libertad absoluta de creaci¨®n no implica derecho absoluto a la comunicaci¨®n p¨²blica de la creaci¨®n. Por ejemplo, las manifestaciones p¨²blicas de racismo se penan, pero no las opiniones expresadas en el ¨¢mbito dom¨¦stico, aunque son ¨¦ticamente reprobables. Adem¨¢s, si la divulgaci¨®n se realiza en un espacio p¨²blico, ¨¦sta puede entrar en conflicto con las libertades de otros usuarios del mismo espacio.
Algunos a?aden que s¨®lo los profesionales del arte, creadores, cr¨ªticos y profesores o estudiantes de t¨ªtulos universitarios relacionados con las artes poseen capacidad para enjuiciar las obras concebidas con pretensi¨®n de ser art¨ªsticas, y que los dem¨¢s no tienen derecho a emitir su opini¨®n. La aceptaci¨®n de este argumento supondr¨ªa negar el derecho a opinar sobre cada tema a los que no son profesionales y, en ¨²ltimo t¨¦rmino, negar el voto a los que carecen de conocimientos pol¨ªticos.
Algunas personas estiman que alguien m¨¢s, aparte de los promotores, deber¨ªa haber tenido conocimiento previo exacto sobre el contenido de la instalaci¨®n y haber tomado medidas cautelares para impedir su divulgaci¨®n. Esta conducta habr¨ªa tenido, sin duda, la ventaja de reducir la dimensi¨®n del eventual esc¨¢ndalo, pero quiz¨¢ habr¨ªa constituido un acto de censura y habr¨ªa atentado seguramente contra la libertad de c¨¢tedra, en cuanto que podr¨ªa haber constituido una interferencia sobre la ense?anza. Como es obvio, s¨®lo las ense?anzas impartidas, sean o no ¨¦ticamente condenables, son legalmente punibles. Aparte de eso, es sabido que la organizaci¨®n acad¨¦mica se basa en el principio de la confianza rec¨ªproca.
La decisi¨®n adoptada es fruto de un acuerdo un¨¢nime que conjuga la libertad de expresi¨®n del concursante y de los promotores con la libertad de opci¨®n de los transe¨²ntes, la tutela de la infancia y la salvaguardia del derecho de la universidad a su propia imagen. Esperemos que este suceso haya despertado en algunos miembros de nuestra sociedad la reflexi¨®n sobre el bien cultural que es la creaci¨®n art¨ªstica. Si es as¨ª, bienvenida sea la pol¨¦mica.
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