El decreto contra el ruido limita a casos "urgentes" las obras nocturnas en la calle
La normativa regional restringe el sonido de las alarmas antirrobo a cinco r¨¢fagas de un minutoLa normativa unifica los niveles m¨¢ximos de ruido en los 179 municipios de la regi¨®n
M¨¢s de cuatro millones de madrile?os, el 80% del total, viven sometidos a niveles de ruido superiores a los m¨¢ximos recomendados por las autoridades sanitarias. Ninguna ordenanza municipal ha logrado hasta ahora paliar un problema que atormenta a los ciudadanos en forma de obras p¨²blicas, sirenas, alarmas, coches o aviones. En un intento por poner orden en un terreno casi virgen, la Consejer¨ªa de Medio Ambiente ha elaborado su primer decreto contra la contaminaci¨®n ac¨²stica, que establece el ruido m¨¢ximo permitido y las sanciones por incumplirlo. Una de las restricciones m¨¢s llamativas ata?e a las obras en la v¨ªa p¨²blica, que de noche quedan limitadas a los casos urgentes. Por su parte, las alarmas antirrobos que lucen miles de establecimientos p¨²blicos s¨®lo podr¨¢n sonar hasta cinco veces, durante un m¨¢ximo de 60 segundos por r¨¢faga y con intervalos de silencio de al menos medio minuto.
El ruido es un enemigo cotidiano para las cuatro quintas partes de los madrile?os, pero las administraciones p¨²blicas no han sabido, hasta la fecha, c¨®mo combatirlos. De hecho, en la legislaci¨®n regional s¨®lo hay un par de textos en los que se menciona el problema de la contaminaci¨®n ac¨²stica, y siempre de manera tangencial: la Ley para la Protecci¨®n del Medio Ambiente (1991) y la Ley de Espect¨¢culos P¨²blicos y Actividades Recreativas (1997).
En cuanto a los municipios, son s¨®lo 28 los que han promulgado ordenanzas espec¨ªficas en la materia, apenas un 15% de los 179 que conforman la geograf¨ªa regional. Por lo general, estos textos "se han mostrado insuficientes o t¨¦cnicamente desfasados" para combatir el problema, seg¨²n el diagn¨®stico de los t¨¦cnicos de la consejer¨ªa de Medio Ambiente. Adem¨¢s, rara vez los ayuntamientos disponen de inspectores que velen por el buen cumplimiento de las normas relativas a la salubridad ac¨²stica en sus localidades.
PASA A LA P?GINA 3
Prevenci¨®n urban¨ªstica
El decreto regional impone reductores de ruido a las sirenas de ambulancias y polic¨ªa
Junto a todas estas exigencias, la Administraci¨®n regional tambi¨¦n asume alg¨²n que otro compromiso en este decreto. Poco concreto, eso s¨ª. Por lo pronto, el art¨ªculo 35 refleja que la Comunidad de Madrid y los ayuntamientos "podr¨¢n establecer las medidas econ¨®micas, financieras y fiscales adecuadas para el fomento de la prevenci¨®n de la contaminaci¨®n ac¨²stica". Despu¨¦s, la normativa regional apunta que las administraciones "promover¨¢n el uso de maquinaria y equipos de baja emisi¨®n p¨²blica, en particular en el marco de la contrataci¨®n p¨²blica". Tan prudente es el articulado, en el tramo final del decreto, que no especifica el montante de las sanciones en el caso de actuaciones contra la salubridad ac¨²stica. Se dice, eso s¨ª, que, cuando se supere el m¨¢ximo permitido en 10 decibelios por el d¨ªa o siete por la noche, la Administraci¨®n "podr¨¢ ordenar la suspensi¨®n, precintado o clausura del foco emisor del ruido".
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