Justicia para la naturaleza
El 12 de julio de 1993 la Audiencia Provincial de Sevilla confirmaba la absoluci¨®n de los implicados en el llamado caso Do?ana. Los tribunales no hab¨ªan podido castigar la conducta de agricultores o funcionarios p¨²blicos, dos de los colectivos presuntamente responsables de la masiva mortandad de aves ocurrida en este espacio protegido en 1986. La pol¨¦mica sentencia conclu¨ªa deseando que "no haya lugar a volver a pronunciarse (...) con motivo de un nuevo desastre ecol¨®gico en el Parque de Do?ana o su entorno". La rotura de la balsa minera de Aznalc¨®llar, que dio lugar a una cat¨¢strofe ambiental de peores consecuencias que la juzgada en 1993, ha truncado esta esperanza. "No olvid¨¦is Do?ana". ?ste es el lema de la campa?a de Greenpeace en defensa de este espacio natural y, como se?ala F¨¦lix Herzog, catedr¨¢tico de Filosof¨ªa del Derecho de la Universidad Humboldt de Berl¨ªn, "muchos ciudadanos habr¨¢n reclamado la aplicaci¨®n del derecho penal frente al olvido, pidiendo el castigo para los responsables o el endurecimiento de las leyes por delitos contra el medio ambiente". Sin embargo, esta aspiraci¨®n no es f¨¢cil de materializar. "No olvides Do?ana, pero tampoco conf¨ªes en que el derecho penal sea capaz de preservar tu recuerdo", concluye Herzog. Para este catedr¨¢tico, que, a partir del pr¨®ximo jueves, participar¨¢ en Huelva en el IV Congreso de Justicia Penal, dedicado este a?o a los delitos ecol¨®gicos, "no se puede decir que el derecho penal solucione los conflictos sociales". Si la propia Administraci¨®n recurre con frecuencia a los tribunales para proteger la naturaleza, a?ade, es porque "resulta m¨¢s barato, y provoca menos conflictos, endurecer el derecho penal aplicado al medio ambiente que obligar, mediante una pol¨ªtica de impuestos y de infraestructuras, a un cambio ecol¨®gico a las grandes industrias". Pese a que el nuevo C¨®digo Penal espa?ol dedica un t¨ªtulo a los delitos contra la ordenaci¨®n del territorio y la protecci¨®n del patrimonio hist¨®rico y del medio ambiente, su aplicaci¨®n no siempre se traduce en condenas que satisfagan las demandas sociales. "El derecho espa?ol", explica Enrique Anarte, profesor de Derecho Penal de la Universidad de Huelva y coordinador del congreso, "atribuye a los ¨®rganos jurisdiccionales una amplia discrecionalidad para proteger el medio ambiente a trav¨¦s del derecho penal, y no es previsible, a la vista de la experiencia acumulada y el derecho comparado, que esta discrecionalidad se traduzca en condenas que vayan m¨¢s all¨¢ del chivo expiatorio o de la periferia econ¨®mico-empresarial, ni que permitan evaluar la capacidad preventiva de estas normas penales". Dicho de otro modo, son normas "simb¨®licas", como muestra el escaso ¨ªndice de intervenciones en delitos contra el medio ambiente. En la ¨²ltima Memoria de la Fiscal¨ªa General del Estado (1997), se anotan en toda Espa?a algo menos de 800 diligencias previas abiertas por delitos contra la naturaleza, de las que 74 corresponden a hechos imprudentes. Adem¨¢s, a lo largo de ese a?o, no se dict¨® ninguna sentencia condenatoria sobre la base del nuevo C¨®digo, si bien, advierten algunos especialistas, ello podr¨ªa deberse a la complejidad y demora de este tipo de procesos. Andaluc¨ªa destaca en este balance, ya que C¨¢diz (con 69 diligencias) y Granada (con 57), aparecen entre las cuatro provincias espa?olas donde se realizaron m¨¢s actuaciones. La viabilidad de la protecci¨®n penal del medio ambiente ser¨¢ tema de debate en el citado congreso, al que asistir¨¢n magistrados y fiscales de renombre, como Jim¨¦nez Villarejo, Siro Garc¨ªa o Vercher, adem¨¢s de rectores y catedr¨¢ticos de casi una veintena de universidades, y especialistas de pa¨ªses como M¨¦xico, Corea, Alemania o Italia. Otras cuestiones a debate tienen que ver con las penas previstas para estos delitos, ya que, por ejemplo, el derecho penal espa?ol est¨¢ dise?ado para ser aplicado a personas f¨ªsicas y no jur¨ªdicas, por lo que prevalecen las penas de prisi¨®n y no las sanciones. Esta cualidad complica el castigo a las empresas que han causado da?os al medio ambiente, y, en estos casos, hay que recurrir a otros instrumentos, como la responsabilidad civil por da?os ambientales, regida por el principio de quien contamina paga y cuya regulaci¨®n legal, actualmente en fase de borrador de proyecto de ley, estudia el Ministerio.
Tarea de especialistas
Uno de los problemas que dificulta la aplicaci¨®n del derecho penal en las agresiones al medio ambiente es la falta de especializaci¨®n judicial en esta materia. Por el contrario, advierte Enrique Anarte, la especializaci¨®n s¨ª ha llegado al ¨¢mbito de la fiscal¨ªa "y ha dado lugar a la asignaci¨®n de fiscales de medio ambiente o, en alg¨²n caso, a la creaci¨®n de secciones especializadas, y tambi¨¦n est¨¢ relativamente avanzada en el campo policial, con la puesta en marcha, por ejemplo, del Servicio de Protecci¨®n de la Naturaleza de la Guardia Civil". De cualquier modo, puntualiza Anarte, "esta especializaci¨®n no se corresponde con una mejora significativa en los medios materiales". Las cuestiones probatorias, en procesos penales que tienen que ver con este tipo de delitos, suelen exigir una peculiar cualificaci¨®n de jueces, fiscales y abogados, en materias en las que raramente son especialistas. En muchas ocasiones, como en los vertidos, seg¨²n Anarte, la prueba directa resulta sumamente dif¨ªcil y poco relevante la prueba testifical. Esto hace que, en t¨¦rminos de importancia probatoria, el peso recaiga sobre la prueba pericial, "pero la experiencia en procesos medioambientales demuestra que ¨¦sta es sumamente costosa, dif¨ªcil de controlar jur¨ªdicamente y bastante manipulable, en muchos casos, por la falta de acuerdo cient¨ªfico". Si en el ordenamiento jur¨ªdico espa?ol los informes t¨¦cnicos no vinculan al juez, ni siquiera cuando todos los peritos que concurren a juicio coinciden de forma un¨¢nime en sus valoraciones, mayores problemas se plantean cuando existe discrepancia entre los t¨¦cnicos. "A veces", explica Anarte, "resolver esta discrepancia reviste una especial dificultad, pr¨¢cticamente inaccesible fuera de c¨ªrculos cient¨ªficos".
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