El Supremo juzgar¨¢ al diputado que se neg¨® a soplar en el alcohol¨ªmetro
El Tribunal Supremo ha abierto juicio oral contra el diputado socialista Javier Barrero, acusado del delito de haberse negado a someterse a la prueba de la alcoholemia. Se da la circunstancia de que Barrero era miembro de la Comisi¨®n de Justicia e Interior del Congreso que debati¨® el nuevo C¨®digo Penal y que introdujo el nuevo delito por el que ahora ser¨¢ juzgado. El propio Barrero vot¨® a favor de la tipificaci¨®n de esa conducta como un delito.El fiscal solicit¨® la pasada semana seis meses de prisi¨®n para Barrero por un delito de desobediencia grave en relaci¨®n con su negativa a someterse a la prueba de detecci¨®n alcoh¨®lica, prevista en el art¨ªculo 380 del C¨®digo Penal. La pena solicitada es la m¨ªnima, puesto que la que corresponde a ese precepto oscila entre seis meses y un a?o.
El instructor del Supremo, el magistrado Joaqu¨ªn Jim¨¦nez, ha dado un plazo de cinco d¨ªas a Barrero para que formule un escrito de defensa
El fuero
Los hechos ocurrieron el 28 de febrero de 1997, en la v¨ªa A-429, en el t¨¦rmino de Aljaraque (Huelva). Entre las cuatro y las cinco de la madrugada la Guardia Civil hab¨ªa montado un control preventivo de alcoholemia. Seg¨²n el escrito del fiscal, los agentes instaron a Barrero a que soplara en el alcohol¨ªmetro, pero se neg¨® y los agentes, que le dejaron continuar su marcha tras identificarle, hicieron constar en el parte que el diputado ol¨ªa a bebidas alcoh¨®licas y que le brillaban los ojos. El abogado de Barrero, Jos¨¦ Mar¨ªa Mohedano, anunci¨® ayer la presentaci¨®n de un recurso de queja por entender que el instructor no le ha contestado a una cuesti¨®n planteada con anterioridad: que Barrero se neg¨® a soplar por entender que su fuero le amparaba, ya que para que un procedimiento se dirija contra un diputado hay que tramitar un suplicatorio y para proceder a la prueba la C¨¢mara ha de conceder permiso. As¨ª, por ejemplo, no se puede tomar declaraci¨®n a los parlamentarios sin suplicatorio o efectuar registros en sus domicilios, salvo en caso de flagrante delito. El instructor no ha respondido a esta cuesti¨®n
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