Protecci¨®n de Datos abre 4 expedientes en defensa de la privacidad
La Agencia de Protecci¨®n de Datos (APD) comunic¨® el pasado 15 de julio a tres empresas y un particular que iniciaba contra ellos cuatro procedimientos sancionadores por el tratamiento automatizado de datos de car¨¢cter personal sin el consentimiento de los afectados, as¨ª como por otras supuestas infracciones que podr¨ªan acarrear multas por un importe global de 400 millones de pesetas. La APD insta a los expedientados a formular alegaciones.Uno de los cuatro procedimientos sancionadores lo dirige la APD, que dirige Juan Manuel Fern¨¢ndez L¨®pez, contra M¨²ltiple Choice, SL, e Iberian Compa?¨ªa Marketel, SL. En ambos casos, el motivo de la iniciaci¨®n del expediente es el "tratamiento automatizado de datos de car¨¢cter personal, sin contar con el consentimiento de los afectados", lo cual infringe la Ley Org¨¢nica que Regula el Tratamiento Automatizado de Datos (LORTAD). La consideraci¨®n de dicha infracci¨®n como falta grave permite sancionar a las mencionadas entidades con multa desde 10.000.001 a 50 millones de pesetas.
Datos de 8.000 personas
Otros dos procedimientos sancionadores son los iniciados por la APD contra Di¨¢spora Sistemas, SL. En este caso, el director de la APD justifica los dos expedientes en el hecho de que Di¨¢spora Sistemas ha cedido a la empresa Tele Postal Prex, SL, un soporte magn¨¦tico con datos relativos a unas 8.000 personas f¨ªsicas, sin contar con el consentimiento de los afectados.En este caso, la falta est¨¢ tipificada por la LORTAD como muy grave y, por tanto, la sanci¨®n que, en su caso, se impondr¨¢ en cada uno de los dos procedimientos sancionadores abiertos es una multa de 50.000.001 a 100 millones de pesetas.
Un cuarto procedimiento sancionador es el abierto por la APD contra Juan Antonio Rama Men¨¦ndez, por la cesi¨®n de datos de car¨¢cter personal a Consulting de Estudios B¨¢sicos sin contar con el consentimiento de los afectados, consentimiento con el que tampoco se cont¨® para el tratamiento automatizado de dichos datos de car¨¢cter personal.
La APD advierte que la primera de las posibles sanciones, por corresponder a una falta muy grave, consiste en multa desde 50.000.001 a 100 millones de pesetas, mientras que la segunda, por responder a una falta grave, puede acarrear multa desde 10.000.001 a 50 millones de pesetas.
El director de la APD insta a cada uno de los expedientados a que, en el plazo de 15 d¨ªas h¨¢biles, formulen las alegaciones y propongan las pruebas que estimen convenientes. Fern¨¢ndez L¨®pez les advierte igualmente que, en caso de no efectuar alegaciones, la iniciaci¨®n del procedimiento sancionador puede convertirse en propuesta de resoluci¨®n sancionadora.
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