La Audiencia de Granada revoca la inhabilitaci¨®n de un objetor
La Audiencia de Granada ha revocado la sentencia de un juzgado de lo Penal que conden¨® a cuatro a?os de inhabilitaci¨®n a un objetor porque en su petici¨®n al Consejo Nacional de Objeci¨®n de Conciencia para quedar exento del servicio militar adelant¨® que tampoco har¨ªa la prestaci¨®n sustitutoria. La sentencia considera que el hecho de que Sergio David F.A, indicase en varios escritos su deseo de no hacer "ni el servicio militar ni ning¨²n sustitutorio de ¨¦ste" no debi¨® propiciar el archivo de su petici¨®n para ser reconocido como objetor. La Audiencia de Granada sostiene que el Consejo Nacional de Objeci¨®n de Conciencia debi¨® tramitar la petici¨®n de Sergio David "si concurr¨ªan los requisitos sustantivos precisos para ser reconocido como objetor (...) aun cuando no hiciera menci¨®n alguna sobre sus preferencias para la prestaci¨®n del servicio social sustitutorio".
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