Espa?a, condenada por la detenci¨®n ilegal de seis miembros de la secta Ceis en 1984
El Tribunal de Estrasburgo vincula a las autoridades con el intento de "desprogramaci¨®n"
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos, con sede en Estrasburgo, conden¨® ayer a Espa?a por vulnerar el derecho a la libertad de seis supuestos miembros de la secta Centro Esot¨¦rico de Investigaciones (Ceis), que en 1984 fueron conducidos por la polic¨ªa catalana a un hotel de Barcelona, en el que permanecieron 10 d¨ªas sometidos a un proceso de "desprogramaci¨®n". El Gobierno responsabiliz¨® a los familiares de los detenidos y a la asociaci¨®n antisectas Pro Juventud, pero el tribunal asegura que, sin la colaboraci¨®n de las autoridades catalanas, la privaci¨®n de libertad no se habr¨ªa producido. No examina si se viol¨® la libertad de religi¨®n.
Los seis demandantes -cinco mujeres y un hombre, de edades comprendidas entre los 42 y los 49 a?os en la actualidad- recibir¨¢n del Estado espa?ol 250.000 pesetas cada uno, en concepto de da?os morales, adem¨¢s de 500.000 pesetas en conjunto, por los gastos jur¨ªdicos de la tramitaci¨®n de la demanda ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, del Consejo de Europa.El origen de este caso se remonta a 1983, cuando la Direcci¨®n General de Seguridad Civil de la Generalitat catalana recibi¨®, a trav¨¦s de la asociaci¨®n Pro Juventud, de lucha contra las sectas, una petici¨®n de ayuda de varias personas, que afirmaban que sus familiares hab¨ªan sido captados por la secta Ceis. Acusaban a los dirigentes de Ceis de desarraigar a sus adeptos de sus respectivas familias y de incitarles a la prostituci¨®n y a la obtenci¨®n de dinero para la organizaci¨®n.
Las autoridades catalanas infiltraron a un funcionario en la secta y, a la vista de los resultados, se pusieron los hechos en conocimiento de la fiscal¨ªa y ¨¦sta, de las autoridades judiciales, que ordenaron una investigaci¨®n previa, incluido el registro del domicilio de los miembros de Ceis, que concluy¨® con la detenci¨®n de numerosas personas, entre ellas, los seis demandantes.
Equilibrio ps¨ªquico
Llevados ante el juez de guardia, los detenidos fueron puestos en libertad, pero el magistrado indic¨® a la polic¨ªa que les remitiera a sus familias y les indicara que ser¨ªa conveniente su internamiento voluntario en un centro psiqui¨¢trico para que recobraran su equilibrio ps¨ªquico.Al d¨ªa siguiente, la polic¨ªa catalana condujo a los supuestos miembros de Ceis a un hotel situado a 30 kil¨®metros de Barcelona, en el que, con el consentimiento de sus familiares, fueron instalados en habitaciones individuales con las ventanas cerradas herm¨¦ticamente y sometidos a un proceso de "desprogramaci¨®n" por un psic¨®logo y un psiquiatra solicitados por Pro Juventud.
A los 10 d¨ªas, los seis supuestos miembros de Ceis pudieron abandonar el hotel y plantearon una demanda por detenci¨®n ilegal y otros delitos contra varias autoridades catalanas. La Audiencia Provincial de Barcelona exculp¨® a los acusados, por estimar que su voluntad fue "filantr¨®pica, leg¨ªtima y bienintencionada". Ese mismo criterio lo mantuvo el Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional, al que pidieron amparo.
La sentencia del Tribunal de Estrasburgo, dictada por unanimidad de una sala de siete jueces -entre ellos el espa?ol Jos¨¦ Antonio Pastor Ridruejo-, condena a Espa?a por violar el art¨ªculo 5 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que exige "una base legal" para toda privaci¨®n de libertad.
Aunque el Gobierno espa?ol trat¨® de exculpar a los funcionarios catalanes y responsabilizar de los hechos a sus familiares, la sentencia del Tribunal de Estrasburgo considera que las autoridades "han consentido en todo momento la situaci¨®n de privaci¨®n de libertad de los demandantes" y asegura que, "sin la colaboraci¨®n activa de las autoridades catalanas, la privaci¨®n de libertad no habr¨ªa podido tener lugar". En cambio, el tribunal no cree necesario examinar separadamente el caso desde el ¨¢ngulo de la posible violaci¨®n del derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religi¨®n.
12 condenas
Con la sentencia de ayer, el Tribunal de Estrasburgo ha condenado en 12 ocasiones a Espa?a, desde que ¨¦sta acept¨® en 1981 demandas individuales por violaci¨®n de derechos humanos.La primera condena a Espa?a se produjo en 1988, por vulneraci¨®n del derecho a un juicio justo en el caso Bult¨®, y de las 10 restantes, siete lo fueron por irregularidades o retrasos judiciales.
Entre las condenas m¨¢s importantes figura el caso Castells, en el que Espa?a vulner¨® la libertad de expresi¨®n al condenar al ex senador de HB Miguel Castells por unas declaraciones sobre la guerra sucia; el caso L¨®pez Ostra, por violaci¨®n de la vida privada de una familia por los vertidos de una depuradora en Lorca (Murcia), y el caso Castillo Algar, sobre parcialidad de un tribunal militar, dos de cuyos jueces hab¨ªan instruido el asunto.
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