Una sentencia otorga la pensi¨®n de viudedad s¨®lo a la ¨²ltima esposa
La asociaci¨®n de viudas recibe la decisi¨®n como una victoria legal
Un matrimonio anulado cobra vida cuando uno de los c¨®nyuges muere. Tras un fallecimiento, la Seguridad Social reparte la pensi¨®n de viudedad de forma proporcional al tiempo de convivencia entre los c¨®nyuges del finado. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha otorgado el 100% de la pensi¨®n a la ¨²ltima viuda en una rara sentencia que una asociaci¨®n de reciente creaci¨®n ha recibido con alborozo.
La Asociaci¨®n de Viudas y Esposas Legales (AVIEL) lleva cuatro a?os luchando para que en Espa?a se reconozca como ¨²nico viudo legal al que est¨¢ casado con el fallecido en el momento de la muerte, y esta sentencia, dictada el 28 de septiembre pasado, la reciben como una primera victoria legal. Luis Zarraluqui, presidente de Abogados de Familia, no se atreve a afirmar que sea la primera sentencia, aunque s¨ª sostiene que es "de avanzadilla".El caso concierne a una mujer que, tras ocho a?os de matrimonio y otros tantos de convivencia, vio c¨®mo, tras la muerte de su marido, en 1995, la Seguridad Social s¨®lo le otorg¨® el 33% de la pensi¨®n de viudedad. El 67% restante le fue adjudicado a la primera esposa, que dej¨® de serlo en 1985 por una sentencia de divorcio. La resoluci¨®n de la Seguridad Social fue impugnada y la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Madrid ha dado ahora la raz¨®n a la ¨²ltima esposa.
La Ley del Divorcio de 1981 dict¨® "con car¨¢cter provisional" que los c¨®nyuges recibieran "en cuant¨ªa proporcional al tiempo vivido con el fallecido", con independencia de que hubiera habido divorcio.Los juristas consultados est¨¢n de acuerdo con AVIEL en que Espa?a tiene pendiente la labor de legislar a este respecto, lo que tambi¨¦n apoya el PSOE, pero defender la pensi¨®n completa s¨®lo para el ¨²ltimo c¨®nyuge no cuenta con unanimidad.
Convertido en b¨ªgamo
Para Zarraluqui es, sin duda, injusto que la Seguridad Social reparta de forma sistem¨¢tica la pensi¨®n de viudedad, aunque puede haber situaciones en las que sea recomendable. Para otra abogada especialista en derecho de familia, Mar¨ªa Jos¨¦ Varela, lo injusto es defender que sea el ¨²ltimo c¨®nyuge el que reciba sistem¨¢ticamente la pensi¨®n de viudedad, pues habitualmente es la primera esposa la que queda en situaci¨®n m¨¢s precaria tras un divorcio. "La primera suele ser la que se casa con el estudiante de Medicina y soporta la peor etapa. La segunda se casa ya con el jefe de servicio".
La tesis de AVIEL es que la situaci¨®n actual convierte en b¨ªgamo al c¨®nyuge que muere y respecto a anteriores v¨ªnculos matrimoniales alega que aqu¨¦llos est¨¢n anulados, que por sentencia judicial ya se fijaron en su d¨ªa pensiones de manutenci¨®n o compensatorias si hubo lugar a ellas y que la ¨²nica viuda es la que queda en tal situaci¨®n, es decir, la esposa legal del que fallece.
"Lo ideal", dice Mar¨ªa Jos¨¦ Varela, "ser¨ªa que nadie recibiera una pensi¨®n basada en una relaci¨®n amorosa, sino que todas las prestaciones se recibieran por uno mismo, en relaci¨®n con la situaci¨®n personal. No es tan dif¨ªcil de legislar al respecto. En asuntos m¨¢s complicados se ha hecho. Basta tener voluntad pol¨ªtica".
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