Protecci¨®n y responsabilidad
Para nadie ser¨¢ novedad la condena penal de don Javier G¨®mez de Lia?o, establecida por el Tribunal Supremo. Para la gente que lee cierta prensa, oye ciertas radios y ve determinadas cadenas televisivas tampoco ser¨¢n novedad los ataques desmesurados contra los dos magistrados de esa mayor¨ªa condenatoria; los ataques han sido feroces, personalizados, injuriosos y calumniadores en algunos casos. Los disentimientos de la sentencia, obvios, pero en general se han manifestado mediante esos ataques personales m¨¢s que con razonamientos desvirtuadores del contenido de la misma. El Consejo del Poder Judicial ha dictado una nota llamando la atenci¨®n sobre la desmesura de esos ataques personales, digamos que ha amparado a los autores de la sentencia, y no a la sentencia, lo que no entra en sus funciones. El amparo es, por tanto, meramente declarativo o proclamatorio. Si los afectados quieren alg¨²n otro tipo de compensaci¨®n, v¨ªa penal o civil, tendr¨¢n que acudir a los tribunales, como cualquier otro ciudadano que se encuentre en situaci¨®n de ofendido o calumniado.Y se plantea, por algunos, la resurrecci¨®n del delito de desacato, que tiene mala prensa, sobre todo por el nombre y por el abuso pasado de los jueces en su aplicaci¨®n o, m¨¢s bien, invocaci¨®n. Pero, desde luego, los jueces necesitan m¨¢s protecci¨®n de la que tienen; un poder del Estado, concretado en miles de sujetos independientes, cuyas decisiones no pueden, ni deben, sustraerse al debate p¨²blico, pero que est¨¢n limitados en su defensa personal por la propia naturaleza e imagen de su funci¨®n, ya que esa beligerancia parece chocar con la idea de imparcialidad serena que es consustancial con el ejercicio de esa funci¨®n constitucional. De alguna manera habr¨¢ que conseguir que el ministerio p¨²blico tome cartas en el asunto, cuando se produzca, sin esperar a que el calumniado se decida a intervenir.
Pero no s¨®lo se trata de calumnias y otras invectivas, sino de coacciones. Por desgracia, parece dif¨ªcil evitar que los jueces sean, en muchos casos, condicionados por la prensa. Pero hay un paso m¨¢s, el de la coacci¨®n moral, que con frecuencia se da. Recordemos el antes y el despu¨¦s de los ataques personales a los jueces y magistrados que intervinieron en el caso Marey, y tanto si eran de la mayor¨ªa condenatoria como de la minor¨ªa que pretend¨ªa la absoluci¨®n de los all¨ª implicados. Las situaciones previas y posteriores llegan a veces al paroxismo, cuando el sentir period¨ªstico no est¨¢ de acuerdo con una decisi¨®n (el sentir, digo, y no el razonar) o ha dado ya su veredicto previo, tajante y definitivo. A veces, pero no es lo habitual, tambi¨¦n algunos pol¨ªticos han incurrido en este tipo de excesos. Los jueces han de ser protegidos de la coacci¨®n, de la imposici¨®n, de la amenaza, de la calumnia y de la vituperaci¨®n personal por algo m¨¢s que espor¨¢dicas declaraciones del Consejo. Y no es que este gremio sea especialmente simp¨¢tico o merezca un privilegio. Se trata de proteger al m¨¢s ecu¨¢nime y cumplido ejercicio de su funci¨®n constitucional.
Las limitaciones de esta columna no me permiten desarrollar la contrapartida que a los jueces y su organizaci¨®n hay que exigirles a cambio. Tambi¨¦n partir¨¦ del mismo ejemplo: si el se?or G¨®mez de Lia?o no hubiera sido condenado por un delito, sus actuaciones ilegales (revocadas) habr¨ªan quedado sin consecuencia alguna para ¨¦l. Entonces resulta que los errores y negligencias judiciales no tienen m¨¢s consecuencia: juez prevaricador o juez impoluto. Y en el error hay muchos grados y circunstancias, m¨¢s o menos excusables, inevitables o evitables, culposos o groseros. Y toda esa gama queda fuera de consideraci¨®n en la carrera de la persona que los comete, un titular de un poder del Estado. Ahora se apunta, por ejemplo, el posible error judicial cometido por un supuesto autor (condenado a 30 a?os y con unos cuantos cumplidos) del asesinato del se?or Brouard, me refiero a Rafael L¨®pez Oca?a, y con la exoneraci¨®n previa de otros que pudieran ser responsables. Pero, resulte lo que fuere en este caso, errores judiciales no faltan. Y se arreglan cuando se arreglan, con indemnizaciones que pagamos todos los ciudadanos. Antes de ayer se public¨® que el Tribunal Supremo obligaba al Estado (es decir, los contribuyentes) a pagar una deuda por la negligente actuaci¨®n de un Juzgado de Primera Instancia; del juez o jueces responsables, ni noticia. Y s¨®lo est¨¢ en manos de la organizaci¨®n judicial tener en cuenta los desafueros e ilegalidades que los jueces cometen; con consecuencias personalizadas para el autor; ?o da lo mismo, en esa profesi¨®n, el acierto del buen juez que el error o la negligencia, por burda que sea, con tal que no haya delito? Independencia no equivale a irresponsabilidad.
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